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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (14/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de agosto de 2010 423809 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Crean el Registro de Supervisores y Fiscalizadores y aprueban Directiva “Procedimiento para la Contratación de Terceros Supervisores y Fiscalizadores para labores de Supervisión y Fiscalización Ambiental” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 004-2010-OEFA/CD Lima, 13 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fi scalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental; Que, a través de la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, se otorga al OEFA la calidad de ente rector del citado sistema, el cual tiene por fi nalidad asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental por parte de todas las personas naturales o jurídicas, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fi scalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental, a cargo de las diversas entidades del Estado, se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y efi ciente; Que, el artículo 11º de la Ley Nº 29325 establece que son funciones generales del OEFA, entre otras, (i) la función supervisora directa, que comprende la facultad de realizar acciones de seguimiento y verifi cación con el propósito de asegurar el cumplimiento de las normas, obligaciones e incentivos establecidos en la regulación ambiental por parte de los administrados, (ii) la función supervisora de entidades públicas, que comprende la facultad de realizar acciones de seguimiento y verifi cación del desempeño de las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional o Local, (iii) la función fi scalizadora y sancionadora, que comprende la facultad de investigar la comisión de posibles infracciones administrativas sancionables y de imponer sanciones por el incumplimiento de obligaciones derivadas de los instrumentos de gestión ambiental, así como de las normas ambientales y de los mandatos o disposiciones emitidas por el OEFA, y (iv) la función normativa, que comprende la facultad de dictar en el ámbito y en materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, y otras de carácter general referidas a intereses, obligaciones o derechos de las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que fi scaliza; Que, el artículo 12º de la Ley Nº 29325, señala que las funciones asignadas al OEFA, con excepción de la normativa y la sancionadora, podrán ser ejercidas a través de terceros en lo que corresponda, estableciendo expresamente en el numeral 12.2 del artículo 12º que el OEFA establecerá los criterios y procedimientos específi cos para la califi cación y clasifi cación de los terceros que podrán ejercer dichas funciones, así como los procedimientos para la contratación, designación y ejecución de las tareas que realizarán; Que, en tal sentido, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184- 2008-EF, serán de aplicación supletoria a la normativa especial de contratación de terceros supervisores y fi scalizadores en materia ambiental a cargo del OEFA; Que, en el marco del proceso de transferencia de las funciones de supervisión, fi scalización y sanción en materia ambiental del OSINERGMIN al OEFA, y con el fi n de garantizar la continuidad del ejercicio de dichas funciones, es necesario establecer un procedimiento que regule la contratación de los terceros supervisores y fi scalizadores para que realicen las labores de supervisión y fi scalización ambiental; Que, son funciones del Consejo Directivo como máximo órgano del OEFA, entre otras, defi nir la política institucional y emitir resoluciones en el ámbito de su competencia, según lo establecido en los incisos a) y n) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM; Que, en Sesión Ordinaria Nº 005-2010, el Consejo Directivo del OEFA adoptó el acuerdo de aprobar la Directiva “Procedimiento para la Contratación de Terceros Supervisores y Fiscalizadores para labores de Supervisión y Fiscalización Ambiental” y crear el Registro de Supervisores y Fiscalizadores; Con el visto de la Dirección de Evaluación, Dirección de Supervisión, la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos, la Ofi cina de Administración, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y la Secretaría General del OEFA; De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013 y el artículo 12º de la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 022- 2009-MINAM y la Resolución Suprema Nº 017-2009- MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Crear el Registro de Supervisores y Fiscalizadores, a cargo del OEFA, donde se inscribirán las personas naturales o jurídicas que serán contratados como Terceros Supervisores o Fiscalizadores. Artículo 2º.- Aprobar la Directiva “Procedimiento para la Contratación de Terceros Supervisores y Fiscalizadores para labores de Supervisión y Fiscalización Ambiental”, que forma parte integrante de la presente resolución, que además regula el Registro de Supervisores y Fiscalizadores creado en el Artículo 1º. Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional del OEFA. Regístrese y comuníquese. WALTER V. GARCÍA ARATA Presidente Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA 530762-1 SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO Aprueban Disposiciones Complemen- tarias para el Reconocimiento de las Áreas de Conservación Privadas RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 144-2010-SERNANP Lima, 12 de agosto de 2010