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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (14/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de agosto de 2010 423794 servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley No. 29465, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, entre otros, habiéndose previsto que las excepciones adicionales a lo dispuesto en el citado numeral serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley No. 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y dentro de sus competencias se encuentra la de ejecutar la política aérea nacional; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe No. 046- 2010-MTC/12.CPO del 17 de junio de 2010, se efectuará el curso de “Actualización de Procedimientos de Radar”, en el Pan Am International Flight Academy, del 06 al 10 de setiembre de 2010, en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América; Que, el citado curso tiene como objetivo capacitar a los inspectores de navegación aérea para que mantengan y actualicen su nivel de competencia profesional y se encuentren en condiciones de cumplir con el programa de vigilancia de la Seguridad Operacional, en consideración a la próxima adquisición de nuevos Sistemas Radar por parte del Estado Peruano; Que, el costo del referido viaje será fi nanciado dentro del marco del Convenio de Gestión de Servicios PER/07/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI, organismo técnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Ley No. 29132, de conformidad con los términos de la Autorización de la Beca/Misión Int. No. 014-07-2010, suscrita por el Coordinador Nacional del Proyecto OACI; De conformidad con la Ley No. 27619, el Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, y a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Fredy Núñez Munárriz y Juan Rodríguez Dominick, Inspectores de Navegación Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, del 05 al 11 de setiembre de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje serán cubiertos por el Convenio de Gestión de Servicios PER/07/801, de acuerdo a la Autorización de Beca/Misión Int. No. 014-07-2010 y al siguiente detalle: Pasajes Aéreos (para dos personas) US$ 2,022.20 Viáticos (para dos personas) US$ 2,640.00 Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto (para dos personas) US$ 62.00 Artículo 3º.- Dentro de los siete (07) días calendario siguientes de su retorno al país, los profesionales mencionados, deberán presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, los profesionales mencionados en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema, deberán presentar dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, un informe detallado al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 530928-13 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 132-2010-MTC Lima, 13 de agosto de 2010 VISTO: El Informe No. 451-2010-MTC/12 del 19 de julio de 2010 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley No. 29465, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, entre otros, habiéndose previsto que las excepciones adicionales a lo dispuesto en el citado numeral serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley No. 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y dentro de sus competencias se encuentra la de ejecutar la política aérea nacional; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe No. 044- 2010-MTC/12.CPO del 14 de junio de 2010, se efectuará el curso “A-320 Flight Crew Recurrent Training Course”, en el Airbus Training Center, del 13 al 24 de setiembre de 2010, en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América; Que, el citado curso tiene como objetivo capacitar a los inspectores para que mantengan vigente las habilitaciones en la aeronave Airbus A-320 y puedan continuar con los respectivos chequeos a tripulaciones de las empresas que operan dichos equipos; Que, el costo del referido viaje será fi nanciado dentro del marco del Convenio de Gestión de Servicios PER/07/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI, organismo técnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Ley No. 29132, de conformidad con los términos de la Autorización de