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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (21/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de agosto de 2010 424146 en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Interamericano de Finanzas, la apertura de tres (3) ofi cinas según se detalla: - Agencia denominada Ofi cina Magdalena, ubicada en el jirón Augusto Bolognesi Nº 397, distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima. - Agencia denominada Ofi cina Tacna, ubicada en la avenida San Martín Nº 625, distrito, provincia y departamento de Tacna. - Agencia denominada Ofi cina Angamos Open Plaza, ubicada en el Local LC 61 del Centro Comercial Angamos Open Plaza, sito en la avenida Tomás Marsano Nº 961, distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 532792-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Aceptan donación de equipos médicos que serán utilizados en el Hospital Regional de Cajamarca ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 049-2010-GR.CAJ-CR Cajamarca, 09 de agosto de 2010 El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Ordinaria de fecha 06 de agosto del año 2010; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen Nº 004- 2010-GR.CAJ-CR/CODESO, evacuado por la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, referente a la aprobación de la aceptación de la donación en equipos médicos, realizada por la ASOCIACIÓN PERUVIAN AMERICAN SOCIETY — PAMS DEL PERÚ, a favor del Gobierno Regional Cajamarca, con el voto unánime del Pleno, y; CONSIDERANDO: - Que, mediante Ley Nº 28905, “Ley de facilitación del despacho de mercancías donadas provenientes del exterior”, el artículo 1º establece que el objeto de esta ley es para facilitar el despacho aduanero de las mercancías provenientes del exterior que ingresan al país en el marco de la cooperación internacional no reembolsable a título de donación. De otro lado el mismo cuerpo normativo en el artículo 10º señala que “La Contraloría General de la República realiza las acciones de control sobre los actos de aceptación, de aprobación, de la entrega a sus benefi ciarios, y del cumplimiento del objeto que motivó la donación. Para los efectos del presente artículo la Contraloría General de la República coordina, en lo que corresponde, con la APCI y con los sectores respectivos”; - Que, el Decreto Supremo Nº 021-2008-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28905 - Ley de facilitación del despacho de mercancías donadas provenientes del exterior, en el artículo 3º prescribe que “Las donaciones de mercancías provenientes del exterior serán aprobadas mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 3º del Reglamento para la Inafectación del Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo y Derechos Arancelarios a las Donaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 096-2007-EF”. De otro lado en el artículo 4º señala que para la expedición de la Resolución de aprobación de donación, los Donatarios deberán presentar ante el Sector correspondiente, los documentos indicados en el artículo 4 del Reglamento para la Inafectación del Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo y Derechos Arancelarios a las Donaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 096-2007-EF; - Que, mediante Decreto Supremo Nº 096-2007-EF, se aprueba el Reglamento para la Inafectación del IGV, ISC y derechos arancelarios a las Donaciones, en el artículo 3º , numeral 3.1 establece que “Las donaciones que se efectúen a título gratuito a las entidades y dependencias del Sector Público serán aprobadas por Resolución Ministerial del Sector correspondiente”, y en el numeral 3.2 señala que para efecto de la Ley del IGV e ISC y la Ley General de Aduanas, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Relaciones Exteriores, y la Presidencia del Consejo de Ministros serán los Sectores que expedirán la Resolución Ministerial de aprobación correspondiente a las donaciones efectuadas a favor de Presidencia del Consejo de Ministros: Poder Legislativo, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Esta misma norma en el artículo 4º literal d) establece que para la expedición de las resoluciones ministeriales de aprobación de donaciones, los donatarios o los donantes, de ser el caso, deberán presentar, ante el Sector correspondiente, dentro de la documentación la Resolución de aceptación de la donación, Acuerdo de Concejo Municipal o Regional, de corresponder, mediante la cual se acepta la donación; - Que, mediante Carta de Donación de fecha 25 de mayo del año 2010, el Director de PAMS de la Misión de Cajamarca, Dr. Aníbal Zambrano Burga, solicita al Director Regional de Salud Cajamarca, Dr. Fredy Regalado Vásquez, que dentro del Convenio Marco de Cooperación interinstitucional entre el Gobierno Regional y PAMS, realice el trámite correspondiente para la expedición de la Resolución de Aceptación de la donación, así como la aprobación de la donación cuyas especifi caciones son las siguientes: - Entidad Donante: Peruvian American Medical Society - Misión Cajamarca, con domicilio en la ciudad de San Luis de Mosouri. - A benefi cio de: Gobierno Regional de Cajamarca — Hospital Regional de Cajamarca. - Mercancías: Unidad de electrocauterio ERBE-ICC- 200 Modelo 10128-204, una fuente de luz Olimpus excera, CU16O y una cámara Olimpus excera CU16O. - Valor económico del total de la donación: US$ 8,000 (Ocho Mil Dólares Americanos) - Destino de la donación: Para ser usado por el Departamento de Gastroenterología del Hospital Regional de Cajamarca. - Que, mediante Carta de Donación de fecha 25 de mayo del año 2010, el Director de PAMS de la Misión de Cajamarca, Dr. Aníbal Zambrano Burga, solicita al Director Regional de Salud Cajamarca, Dr. Fredy Regalado Vásquez, que dentro del Convenio Marco de Cooperación interinstitucional entre el Gobierno Regional y PAMS, realice el trámite correspondiente para la expedición de la Resolución de Aceptación de la donación, tal y como se realizará con la donación indicada en el párrafo precedente, así como la aprobación de la donación cuyas especifi caciones son las siguientes: - Entidad Donante: Peruvian American Medical Society - Misión Cajamarca, con domicilio en la ciudad de San Luis de Mosouri. - A benefi cio de: Gobierno Regional de Cajamarca — Hospital Regional de Cajamarca. - Mercancías: Equipo de Artroscopía con fuente de luz, cámara, sistema de rasuración eléctrico, sistema de rasuración manual, cables de fi bra óptica e instrumentos. - Valor económico del total de la donación: US$ 11,000 (Once Mil Dólares Americanos) - Destino de la donación: Proporcionar un equipo valioso para el departamento de Ortopedia, para ser usado en el Hospital Regional de Cajamarca.