Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2010 (22/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

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Articulo 5º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 534046-7

De conformidad con la Ley Nº 29158, la Ley Nº 27332, el Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM; el Decreto Supremo Nº 014-2008-PCM, modificado por los Decretos Supremos Numeros 022-2008-PCM y 054-2010-PCM; y, la Resolucion Ministerial Nº 183-2010-PCM, modificada por la Resolucion Ministerial Nº 219-2010-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de Economia y Finanzas, y Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 534046-8

ECONOMIA Y FINANZAS
Designan miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS
RESOLUCION SUPREMA Nº 091-2010-EF MORDAZA, 21 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, se establecio los lineamientos y las normas de aplicacion general para todos los organismos reguladores; Que, de acuerdo con el articulo 6º de la citada Ley Nº 27332, los organismos reguladores cuentan con un Consejo Directivo como organo de direccion MORDAZA, cuyos miembros son designados por un periodo de cinco anos; Que, el numeral 6 del articulo 32º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que los organismos reguladores son dirigidos por un Consejo Directivo, cuyos miembros deben ser designados mediante concurso publico; Que, por Decreto Supremo Nº 014-2008-PCM, modificado por los Decretos Supremos Numeros 0222008-PCM y 054-2010-PCM se aprobo el reglamento del concurso publico para la designacion de los miembros de los consejos directivos de los organismos reguladores de la inversion privada en los servicios publicos; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 183-2010PCM, modificada por la Resolucion Ministerial Nº 2192010-PCM se conformo la Comision de Seleccion para la eleccion de dos miembros faltantes en el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS; Que, de conformidad con el articulo 14º del Decreto Supremo Nº 014-2008-PCM culminada la evaluacion, la citada Comision de Seleccion debe elegir a los candidatos que hayan obtenido la mejor evaluacion personal y que han de conformar la lista que debe ser presentada ante el Presidente del Consejo de Ministros; Que, asimismo, el articulo 16º del Decreto Supremo Nº 014-2008-PCM dispone que el Presidente del Consejo de Ministros debe presentar al Presidente de la Republica la lista final con los candidatos elegidos, con el fin que designe al miembro o a los miembros del Consejo Directivo de los organismos reguladores, segun corresponda, mediante Resolucion Suprema, la cual debe ser refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro del sector al que pertenece la actividad economica regulada;

ENERGIA Y MINAS
Dejan sin efecto Decretos Supremos Nº 030-2009-EM y Nº 031-2009-EM
DECRETO SUPREMO Nº 054-2010-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, el articulo 11º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos establece que los Contratos podran celebrarse, a criterio del Contratante, previa negociacion directa o por convocatoria, y, que los mismos se aprobaran por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas, en un plazo no mayor de sesenta (60) dias de iniciado el tramite de aprobacion ante el Ministerio de Energia y Minas por la Entidad Contratante, de acuerdo a lo dispuesto en su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 045-2008-EM; Que, el articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, establece que las empresas extranjeras, para celebrar Contratos al MORDAZA de dicha Ley, deberan establecer sucursal o constituir una sociedad conforme a la Ley General de Sociedades, fijar domicilio en la capital de la Republica del Peru y nombrar Mandatario de nacionalidad peruana, con domicilio en la capital de la Republica del Peru; Que, de acuerdo a las Constancias de Calificacion emitidas por PERUPETRO S.A. se certifico que GLOBAL MORDAZA HOLDINGS LIMITED poseia la necesaria capacidad legal, tecnica, economica y financiera para asumir, a traves de GLOBAL HYDROCARBONS PERU S.A., el 95% de participacion en el Contrato de Licencia para el Lote 149, asi como en el Contrato de Licencia para el Lote 152. Igualmente, se certifico que PETROLERA MONTERRICO S.A. posee la necesaria capacidad legal, tecnica, economica y financiera para asumir el 5% en ambos Contratos;

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