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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de agosto de 2010 424207 Proceso de Voladura Es un conjunto de tareas que comprende: el traslado del explosivo y accesorios de los polvorines al lugar del disparo, las disposiciones preventivas antes del carguío, el carguío de los explosivos, la conexión de los taladros cargados, la verifi cación de las medidas de seguridad, la autorización y el encendido del disparo. Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional Documento que contiene el conjunto de actividades a desarrollar a lo largo de un (01) año, sobre la base de un diagnóstico del estado actual del cumplimiento del sistema de gestión de seguridad y salud establecido en el presente reglamento y otros dispositivos, con la fi nalidad de eliminar o controlar los riesgos para prevenir posibles incidentes y/o enfermedades ocupacionales. Régimen de trabajo Es la actividad laboral desarrollada en determinado plazo o espacio de tiempo, conforme a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 007-2002-TR, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo. Reglas Son guías que se deberá cumplir siempre, con la fi nalidad de ser practicadas por un grupo de personas, sin ninguna excepción, para su protección individual o colectiva. Reglamento Es el conjunto de disposiciones que establecen la autorización de uso y la aplicación de una norma a través de los procedimientos, prácticas y/o disposiciones detallados, a las que la autoridad minera ha conferido el uso obligatorio. Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional Es el conjunto de disposiciones que elabora el titular minero en base a los alcances del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, adecuándolo a las características particulares de sus actividades mineras. Representante de los Trabajadores Es un trabajador con experiencia o capacitación recibida en seguridad, elegido mediante elecciones convocadas por la Junta Electoral formada por el Comité de Seguridad y Salud Ocupacional para representar a los trabajadores por un (01) año ante el referido Comité. Riesgo Es la combinación de probabilidad y severidad refl ejados en la posibilidad de que un peligro cause pérdida o daño a las personas, a los equipos, a los procesos y/o al ambiente de trabajo. Salud Ausencia de afecciones o enfermedades, incluyendo los elementos físicos y/o mentales, directamente relacionados con el desempeño competitivo del trabajador. Salud Ocupacional Rama de la Salud responsable de promover y mantener el más alto grado posible de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones, a fi n de prevenir riesgos en el trabajo. Seccionador Dispositivo de maniobra destinado a separar un circuito eléctrico de la fuente de energía en forma visible. No tiene capacidad de interrupción de corriente y está destinado a ser manipulado solamente después que el circuito ha sido abierto. Sobrecorriente Eléctrica Corriente eléctrica anormal, mayor que la de plena carga. Puede resultar por sobrecarga, cortocircuito o por falla a tierra. Supervisor Es el ingeniero o técnico que tiene a su cargo un lugar de trabajo o autoridad sobre uno o más trabajadores en la unidad minera, con los siguientes perfi les: • Técnico Supervisor: Califi cado por el titular minero o empresa contratista minera, de acuerdo a su conocimiento, capacitación, experiencia mínima de tres (03) años y desempeño para organizar el trabajo de la actividad a realizar en la unidad minera, bajo responsabilidad del titular minero o empresa contratista minera. Está familiarizado con las regulaciones que se aplica al desempeño de dichas actividades y tiene conocimiento de cualquier peligro potencial o real a la salud o seguridad en la unidad minera. • Ingeniero Supervisor: Es el ingeniero colegiado y habilitado en las especialidades de Ingeniería de Minas, Geología, Metalurgia y otras especialidades de acuerdo a las actividades mineras y conexas desarrolladas, con un mínimo de dos (02) años de experiencia en la actividad minera y/o seguridad y salud ocupacional. Tarea Es una parte específi ca de la labor asignada. Temperatura Efectiva Es el resultado de la combinación de tres factores: Temperatura, Humedad Relativa y Velocidad del Aire, que expresa en un solo valor el grado de confort termo - ambiental. Se defi ne también como la sensación de frío o calor del cuerpo humano. Tensión Es el valor efi caz de la diferencia de potencial entre dos conductores cualquiera del circuito eléctrico. Tensión Eléctrica Alta Es la tensión eléctrica de transmisión mayor de 35 kilo Voltios (35 kV). Tensión Eléctrica Baja Es la tensión eléctrica de utilización menor de 1 kilo Voltio (mil voltios = 1 kV). Tensión Eléctrica Media Es la tensión de distribución comprendida entre 1 kV y 35 kV. Titular Minero Persona natural o jurídica, nacional o extranjera, responsable de las actividades mineras. Top soil o suelo orgánico superfi cial Material orgánico que cubre la superfi cie del terreno donde se construirá obras superfi ciales propias de una operación minera (como relaveras, pads, desmonteras u otras) y que es extraído y almacenado para su posterior uso. Trabajo de Alto Riesgo Aquella tarea cuya realización implica un alto potencial de daño grave a la salud o muerte del trabajador. La relación de actividades califi cadas como de alto riesgo será establecida por el titular minero y por la autoridad minera. Trabajo en Caliente Aquél que involucra la presencia de llama abierta generada por trabajos de soldadura, chispas de corte, esmerilado y otros afi nes, como fuente de ignición en áreas con riesgos de incendio. Trabajador Para efectos del presente reglamento, comprende a la persona que realiza un trabajo de manera directa o indirecta, por cuenta del titular minero, de las empresas contratistas mineras o de las empresas contratistas de actividades conexas. Zonas de Alto Riesgo Son áreas o ambientes de trabajo donde están presentes las condiciones de peligro inminente, que