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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (25/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de agosto de 2010 424391 de febrero del 2009, para que tenga la denominación de “Papa Juan Pablo II”, respecto a lo cual la Gerencia de Desarrollo Urbano informa que técnicamente es factible, en razón que cumple con las condiciones para dicho fi n, por tratarse de un personaje de gran representatividad reconocida en el Mundo, con un pontifi cado de 26 años, constituyendo el tercero más largo en la historia de la Iglesia Católica, visitó el Perú en dos oportunidades (1985-1988), su última actividad en Lima fue con los más pobres, con una liturgia en una explanada en los arenales de Villa El Salvador; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano también propone se evalúe la posibilidad de que la referida vía, a la cual también se la conoce como “Pista Nueva” lleve el nombre de Papa Juan Pablo II, informando que al respecto se ha llevado a cabo las reuniones de coordinación, el 21 de junio, 06 de julio, 14 de julio y 03 de agosto del 2010, al término de las mismas se concluyó con la elaboración del Número y Rangos de cuadras en el Plano para la Unifi cación de Nomenclatura Vial; Plano de Rangos de cuadras para la Unifi cación de Nomenclatura Vial; de la Vía Metropolitana que atraviesa los Distritos de Santiago de Surco, Villa María del Triunfo y San Juan de Mirafl ores que mantienen distintas nomenclaturas en todo su recorrido, conforme a las actas de las reuniones correspondientes; De conformidad con lo establecido en el literal u) del Artículo 36º Capítulo III de la Ordenanza N° 571- MML del Reglamento Interior del Concejo Metropolitano, la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y lo opinado por la Comisión de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen N° 129-2010-MML-CMDUVN. ACORDÓ: Artículo Primero.- Aprobar la Unifi cación de la Nomenclatura Vial de la Vía Metropolitana conformada por las Avenidas Agustín de la Rosa Lozano, Salvador Allende, Defensores de Lima y Nicolás de Piérola, que comprende en su recorrido a los Distritos de Santiago de Surco, San Juan de Mirafl ores y Villa María del Triunfo, Provincia y Departamento de Lima. Artículo Segundo.- Establecer el nombre de Juan Pablo II como única nomenclatura de la vía mencionada en el Artículo Primero del presente Acuerdo de Concejo, en toda su extensión. Artículo Tercero.- Aprobar el Plano N° P-1, (Anexo 01) el cual determina que la Avenida Juan Pablo II se inicia desde la Calle Los Cedros (San Juan de Mirafl ores) hasta la Avenida 26 de Noviembre (Villa María del Triunfo), haciendo un total de 29 cuadras. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General del Concejo remita copia del presente Acuerdo a: SEDAPAL, Luz del Sur, Telefónica del Perú, Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil y Ofi cina Registral de Lima y Callao, así como la publicación en la página web de la Municipalidad Metropolitana de Lima, tanto del Acuerdo con del Anexo 01. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 534305-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de La Victoria ORDENANZA Nº 114-2010/MLV La Victoria, 19 de agosto del 2010 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO; en sesión ordinaria de la fecha el dictamen conjunto Nº 007-2010-CPAFSFC-CPPPAL/MDLV emitido por las Comisiones Permanentes de Administración, Finanzas, Sistemas, Fiscalización y Control, y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 – las municipalidades son órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico. Asimismo, el numeral 1) del artículo 195° de la Carta Magna, reconoce a los gobiernos locales la competencia para aprobar su organización interna; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM se aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), señalando en el artículo 28º literal f), que se requiere la aprobación de este instrumento de gestión para optimizar o simplifi car los procesos de la entidad con la fi nalidad de cumplir con mayor efi ciencia su misión y funciones; Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – establece en su artículo 9º numerales 3) y 8) que es atribución del Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local, así como aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas; Que, mediante Ordenanza Nº 070-2008/MLV se aprobó el ROF de la Municipalidad y en consecuencia la estructura orgánica de la entidad, siendo publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 15 de enero del 2009; sin embargo tras la evaluación efectuada por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización se ha estimado pertinente efectuar diversas precisiones y modifi caciones a las funciones de la Subgerencia de Logística, la Subgerencia de Comercial Informal y Mercados, la Gerencia de Tecnología de la Información, y la Subgerencia de Administración Documentaria; Estando a los fundamentos expuestos y contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 203-2010-GAJ/MLV, de la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización mediante Informe Nº 029-2010-SGPR-GPP/MDLV y de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante Proveído de fecha 10 de agosto del 2010; en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – y en cumplimiento de la Ley Nº 29091 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, el Concejo Municipal por unanimidad ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones – ROF – de la Municipalidad de La Victoria que contiene la estructura orgánica de la entidad y consta de III Títulos, IX Capítulos y 164 artículos. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Tecnología de la Información la publicación de la presente Ordenanza y del texto completo del Reglamento de Organización y Funciones – ROF – de la entidad en el portal institucional www.munilavictoria.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe . Artículo Tercero.- Derogar la Ordenanza Nº 070- 2008/MLV, así como toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 534634-1