Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2010 (25/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de agosto de 2010

Que, sobre la valoracion del predio materia de analisis debe hacerse mencion que, de acuerdo con el Informe Tecnico de Tasacion, de fecha 23 de marzo del 2010, este fue valorizado en S/. 226,878.81 Nuevos Soles, monto sobre el que se solicito, a traves del Oficio Nº 306-2010GRA/GRI, de fecha 14 de MORDAZA del 2010, su revision y rectificacion por considerarse que el valor por m2 de US$ 50.00 tenia una diferencia con los demas predios rusticos que fueron valuados en $ 70.00 por m2, por lo que, con fecha 09 de junio del 2010, se emitio un MORDAZA Informe Tecnico de Tasacion, el que determino un valor comercial que ascendio a US$ 86,481.08 o S/. 244,741.46 nuevos soles. Que, la documentacion correspondiente al mencionado predio, vale decir el area afectada, las coordenadas UTM, el valor de tasacion comercial actualizada y la documentacion tecnico legal del Predio de los propietarios MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, se encuentra adjunta en el Anexo Nº 1. Que, en ese contexto el procedimiento de adquisicion debera sujetarse a lo establecido por el Articulo 1º de la Ley Nº 27628, "Ley que Facilita la Ejecucion de Obras Publicas Viales" que establece: "La adquisicion de inmuebles afectados por trazos en vias publicas se realizara por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones"; De conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por Ley N° 27902, el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento, la Ordenanza Nº 10-AREQUIPA, y en uso de las facultades conferidas por Ley; SE RESUELVE: Articulo Unico.- APROBAR la ejecucion de la expropiacion del terreno, ubicado en el Sector de Pago de Chilina del Distrito de Alto MORDAZA MORDAZA, cuyas coordenadas UTM son: Area 1: lado: A-B; d=15.88 (229,708.539; 8,187,512.140), lado: B-C; d=14.00 (229,723.666; 8,187,507.315), lado: C-D ; d=13.75 (229,719.380; 8,187,493.987), lado: D-A d=14.11 (229,706.293; 8.187,498.207), Area 2: lado: 40-41; d=1.89 (229,634.162; 8,187,456.149), lado: 39-40; d=1.76 (229,636.040; 8,187,456.018), lado: 38-39; d=4.11 (229,637.467; 8,187,454.998), lado: 37-38 d=3.73 (229,641.137; 8,187,453.148) lado: 36-37; d=5.73 (229,643.594; 8,187,450.339), lado: 35-36; d=3.58 (229,6 46.935;8,187,445.678), lado: 34-35; d=4.82 (229,649.103; 8,187,442.840), lado: 33-34; d=6.05 (229,652.573; 8,187,439.362), lado: 32-33; d=5.74 (229,657.798; 8.,187,436.309), lado: 31-32; d=5.19 (229,662.783; 8,187,433.482), lado: 30-31; d=3.96 (229,667.128; 8,187,430.653), lado: 29-30; d=3.23 (229,669.923;8.187,4 27.854), lado: 28-29; d= 2.42 (229,671.572; 8,187,430.753), lado: 27-28; d=10.48 (229,672.793; 8,187,432.843), lado: 26-27; d=18.68 (229,678.317; 8,187,441.751), lado: 25-26; d=12.52 (229,668.448; 8,187,458.567), lado: 24-25; d=15.79 (229,692.830; 8,187,469.335), lado: 23-24; d=8.93 (229,698.157; 8,187,484.202), lado: 22-23; d=9.82 (229,700.870; 8,187,492.710), lado: 21-22; d=17.60 (229,704.020; 8,187,502.009), lado: 20-21; d=11.20 (229,706.881; 8,187,519.375), lado: 19-20; d=7.66 (229,709.272; 8,187,530.313), lado: 18-19; d=12.20 (229,710.600; 8,187,537.851), lado: 18-E; d=98.02 (229,712.397; 8,187,549.919), lado: E-D; d=3.29 (229,678.203; 8,187,458.627), lado: D-C; d=4.87 (229,675.373; 8,187,460.309), lado: CB; d=4.68 (229,672.965; 8,187,456.080), lado: B-A; d=34.12 (229,668.823; 8,187,453.910), lado: A-41; d=8.87 (229,635.871; 8,187,462.780). Area 3: lado: A-B; d=15.51 (229,678.874; 8,187,435.064), lado: B-C; d=5.58 (229,693.218; 8,187,429.060), lado: CD; d=7.04 (229,691.012; 8,187,423.937), lado: D-E d=5.00 (229,684.845; 9,187,427.326) lado: E-F; d=9.81 (229,682.603; 8,187,422.857), lado: F-A; d=8.30 (229,674.329; 8,187,428.126), objeto de la pericia por el Departamento de Valuaciones de la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion

y Saneamiento, correspondiente a los propietarios MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Vilca. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional MORDAZA, a los diez (10) dias del mes de agosto del dos mil diez. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente (e) 534158-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Modifican Reglamento Interno Consejo Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2010-GRA/CR MORDAZA, 29 de enero de 2010 LA CONSEJERA DELEGADA REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 18 de enero de 2010; trato como tema de Agenda la modificacion del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 002-2008-GRA/CR de fecha 31 de enero del 2008 y publicado en el Diario Oficial El Peruano el 14 de febrero del 2008; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Dictamen Nº 01-2010-GRA/CRCPPATDI, la Comision Revisora del Reglamento Interno del Consejo Regional MORDAZA conformada por Acuerdo Regional Nº 067-2008-GRA/CR, presenta ante el Consejo Regional las conclusiones y recomendaciones con respecto a la propuesta de Modificacion del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza Regional Nº 002-2008-GRA/CR, dictaminando en forma favorable, con la exposicion respectiva de sometio a consideracion del Pleno del Consejo Regional; Que, el Articulo 2º de la Ley Nº 27867 ­ Organica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales emanan de la Voluntad Popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, los literales a) y e) del Articulo 15º de la Ley Nº 27867, establece que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, asi como aprobar su Reglamento Interno; Que, el Consejo Regional MORDAZA, mediante Ordenanza Regional Nº 002-2008-GRA/CR su fecha 31 de enero del 2008, aprobo el Reglamento Interno del Consejo Regional MORDAZA - RIC, en la que establece la Estructura Organizativa, funciones y competencias, asi como los derechos y obligaciones de sus miembros, las causales de vacancia y reemplazo de los mismos, y finalmente precisa las disposiciones sobre el desarrollo de las Sesiones del Consejo Regional, de las comisiones y procedimientos para la aprobacion de las normas regionales; Que, siendo objetivo de la actual Administracion Regional, la de modernizar, dinamizar y democratizar las decisiones publicas, y empenado que el Colegiado como MORDAZA Organo de Gobierno se reencuentre con las mayorias regionales mediante una comunicacion directa, DEL CONSEJO

del

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