Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2010 (25/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de agosto de 2010

"Vigesimo Tercera.- Deroguese y dejese sin efecto, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza: - La Ordenanza Nº 104, sus modificatorias y complementarias con excepcion de los titulos II, III, IV y V y solo para efectos de aplicacion de estos titulos los articulos 86º, 88º y 89º. "Vigesimo Octava.- Disponer que para efectos de la debida aplicacion e implementacion de la Ordenanza Nº 1338MML, el Servicio de Administracion Tributaria mantendra las competencias en materia de transporte hasta el 30 de junio del 2011, correspondiendole la notificacion, evaluacion de los descargos, la emision de las resoluciones de sancion y de archivamiento de ser el caso, y la resolucion del recurso de apelacion correspondiente, derivadas de la aplicacion de Actas de Control establecidas en la Ordenanza Nº 1338. Complementariamente, hasta el 31 de marzo del 2011 se suspendera la aplicacion del Procedimiento Administrativo Sancionador y la aplicacion de la tabla de infracciones y sanciones establecidas en la Ordenanza Nº 1338-MML, con la finalidad que el Servicio de Administracion Tributaria desarrolle el sistema informatico necesario para la aplicacion e implementacion de dicha MORDAZA, plazo durante el cual se continuara aplicando el procedimiento sancionador y la tabla de infracciones de la Ordenanza 104-MML y normas complementarias y modificatorias. Una vez concluido el plazo establecido en el primer parrafo de la presente disposicion, las funciones en materia de fiscalizacion y aplicacion del procedimiento administrativo sancionador establecidos en la Ordenanza 1338-MML y modificatorias, deberan ser asumidas por la Gerencia de Transporte MORDAZA, para cuyo efecto el Servicio de Administracion Tributaria, debera proveer gratuitamente el sistema informatico desarrollado". Articulo Segundo.- Modifiquese en la Ordenanza 1338-MML, modificada por la Ordenanza 1365-MML, los articulos 10º y 25º de la manera siguiente: "Articulo 10º.- Requisitos para solicitar la Autorizacion de Servicio: (...) 6. La relacion de las placas de los vehiculos con los que pretende prestar el servicio acreditando como minimo el 90% de la flota requerida para prestar el servicio en la ruta solicitada; la antiguedad MORDAZA de los vehiculos, para acceder a prestar el servicio de transporte sera de 03 anos, contados a partir del 01 de enero del ano siguiente a la fecha de fabricacion que figura en la tarjeta de propiedad". "Articulo 25º.- Requisitos para Obtener la TUC (...) 2. MORDAZA de la Tarjeta de Propiedad - En la que conste que el vehiculo se encuentra a nombre de la empresa. - En la que figure como antiguedad MORDAZA de la unidad vehicular tres (03) anos; contados a partir del ano siguiente a la fecha de su fabricacion o en los que figure como antiguedad MORDAZA de la unidad vehicular veinte (20) anos, contados a partir del primero de enero del ano siguiente a la fecha de fabricacion. (...)" Articulo Tercero.- Precisese que el articulo 2º de la Ordenanza 1365-MML modifico en su totalidad el articulo 82 de la Ordenanza Nº 1338-MML. Articulo Cuarto.- Dejense sin efecto todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA, 13 de agosto de 2010 MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 534307-1

Aprueban unificacion de nomenclatura vial de via metropolitana con el nombre de MORDAZA MORDAZA II, que comprende en su recorrido a los distritos de MORDAZA de MORDAZA, San MORDAZA de Miraflores y MORDAZA MORDAZA del Triunfo
ACUERDO DE CONCEJO N° 314 MORDAZA, 13 de agosto de 2010 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 12 de agosto del 2010, el Dictamen N° 129-2010-MMLCMDUVN de la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA Vivienda y Nomenclatura, referente a la Propuesta de Unificacion de la Nomenclatura Vial de la Av. MORDAZA de La MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Defensores de MORDAZA y MORDAZA de Pierola, que se ubica en los Distritos de MORDAZA de MORDAZA, San MORDAZA de Miraflores y MORDAZA MORDAZA del Triunfo, Provincia y Departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Capitulo II Articulo 79° inciso 1.4.5 de la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972, son funciones especificas exclusivas de las Municipalidades en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, aprobar la regulacion provincial respecto al otorgamiento de la nomenclatura de calles, parques y vias; Que, mediante Ordenanza Nº 341-MML del 06 de diciembre del 2001, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprobo la Actualizacion del Plano del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, en donde establece que la via conocida como Pista Nueva, conformada por las Avenidas MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA ­ MORDAZA MORDAZA ­ Defensores de MORDAZA ­ MORDAZA de Pierola, es una Via Metropolitana y en tal sentido se encuentra bajo la administracion de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, dicha Via no mantiene en todo su desarrollo, una numeracion continua ni una numeracion unica, causando problemas en el ordenamiento MORDAZA, contando a la fecha con cuatro nombres en todo su trayecto: Av. MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, Av. MORDAZA MORDAZA, Av. Defensores de MORDAZA y MORDAZA de Pierola, que se ubica en los Distritos de MORDAZA de MORDAZA, San MORDAZA de Miraflores y MORDAZA MORDAZA del Triunfo, Provincia y Departamento de Lima; Que, a efectos de sustentar una nueva denominacion y la asignacion de una numeracion ordenada y unica en toda la via, personal de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, ha sostenido hasta 4 reuniones de trabajo con las Gerencias de Desarrollo MORDAZA de los Distritos de MORDAZA de MORDAZA, San MORDAZA de Miraflores y MORDAZA MORDAZA del Triunfo, las cuales reconocen la competencia de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para modificar la denominacion de la referida via metropolitana; por otro lado, de la informacion proporcionada por los funcionarios de los referidos distritos, se ha tomado conocimiento que no se ha expedido mayor numero de certificados de numeracion y, una vez aprobada la modificacion de la denominacion de la via, sus comunas expedirian las ordenanzas respectivas que permitan la entrega gratuita de los Certificados de Numeracion; Que, en tal sentido, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA mediante Oficio Nº 610-2010-MML-GDU del 11 de agosto del 2010, remite el Informe Nº 313-10-MML-GDU-SAUDNN de la Division de Nomenclatura y Numeracion de la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas, sustentando tecnicamente, la procedencia de la Unificacion de la Nomenclatura Vial y se justifica dado que una misma via recibe distintos nombres y tiene distinta numeracion, en cada distrito por donde va su recorrido, lo cual es incorrecto y debe ser corregido con la MORDAZA correspondiente que debe emitir el Concejo Metropolitano que disponga su unificacion respecto a su Nomenclatura y Numeracion; Que, en cuanto a la Nomenclatura de la citada via, se ha recibido la propuesta que efectua el Cardenal Arzobispo de MORDAZA mediante Carta Prot. Nº 014/2009 de fecha 12

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