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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (25/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de agosto de 2010 424389 fl uida y permanente; así como iniciar una nueva etapa de reforma institucional que procure la intensifi cación de las acciones de fi scalización en mejora de los servicios públicos que brinda el Estado, la efi cacia y efi ciencia en la ejecución e impacto de las obras públicas y la lucha frontal contra la corrupción; Que, no obstante la modifi cación del Reglamento Interno del Consejo –RIC, siendo parte y esencia de un proceso de largo alcance, complementado con otros instrumentos de gestión como el Reglamento de Comisiones, Plan de Fiscalización y aplicación del Código de Ética de la función pública, procura mejorar las relaciones de coordinación, concertación y diálogo con los actores de la Sociedad Civil, los Gobiernos Locales y demás entidades públicas del Gobierno Central; Que, asimismo es necesario acoger de ofi cio las recomendaciones de ofi cio formuladas por el Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Ayacucho, mediante Ofi cio Nº 631-2008-GRA/OCI su fecha 18 de septiembre del 2008, en lo pertinente a la regulación en el pago de las dietas a los Consejeros Regionales, por la asistencia puntual a las Sesiones Ordinarias convocada en el mes; Que, habiéndose publicado en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Ayacucho por el lapso de 15 días calendario, el texto completo y la exposición de motivos del Ante Proyecto de Modifi catoria del Reglamento Interno del Consejo Regional, para conocimiento y opinión de la ciudadanía durante el mes de Junio del año 2009; Que, no obstante la vigencia del literal o) del Artículo 21º de la Ley Nº 27867 –Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modifi cada por la Ley Nº 29053, que faculta al Presidente Regional observar en el plazo de quince (15) días hábiles la presente Ordenanza Regional, ratifi ca por la presente su compromiso de hacer cumplir lo acordado con intervención de las distintas instancias y niveles del Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Ayacucho; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27783 Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias Ley Nº 27902, Ley Nº 29053 y Ley Nº 28968; el Consejo Regional con el voto mayoritario de sus miembros aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- MODIFICAR, en parte el “Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho” aprobado por Ordenanza Regional Nº 002-2008-GRA/CR de fecha 31 de enero del 2008, respecto a los siguientes Artículos: 5º, 6º, 8º, 12º, 13º,16º, 18º, 25º, 26º, 29º, 32º, 35º, 36º, 42º, 49º, 60º, 61º, 100º, 114º y 152º, Primera Disposición Transitoria y la Disposición Única Final, que en calidad de Anexo se adjunta a la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, los artículos 21º, 31º, 37º, 41º, y 129º al 140º, y la Segunda Disposición Transitoria, del “Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho” aprobado por Ordenanza Regional Nº 002-2008-GRA/CR de fecha 31 de enero del 2008. Artículo Tercero.- INCLÚYASE, en el Reglamento Interno de Consejo Regional Modifi cado, motivo de la presente aprobación, nuevas disposiciones signadas como son Artículos 8º, 10º, 18º, 36º, 37º, 41º al 44º, 156º al 159º y Primera Disposición Final. Artículo Cuarto.- INCORPÓRESE, las modifi caciones a que contrae los anteriores artículos de la presente Ordenanza Regional en el texto fi nal del “Reglamento Interno Modifi cado del Consejo Regional de Ayacucho” debidamente concordado, sumillado y numerado correlativamente por párrafo, Artículo, Capítulo y Título, expresados en un total de 7 Títulos, 22 Capítulos, 159 Artículos, 1 Disposición Transitoria y 2 Disposiciones Finales. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Presidencia del Gobierno Regional Ayacucho la publicación de la presente Ordenanza Regional y su respectivo Anexo en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional del Gobierno Regional Ayacucho www.regionayacucho.gob.pe y en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho para su promulgación. En la ciudad de Ayacucho, a los 29 días del mes de enero del año dos mil diez. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ZONIA MENESES DE YARANGA Consejera Delegada Consejo Regional Dado en Ayacucho, en la Sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los 29 días del mes de enero del año dos mil diez. ERNESTO MOLINA CHÁVEZ Presidente 532851-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Modifican disposiciones complemen- tarias, transitorias y finales y precisan artículos de las Ordenanzas Nºs. 1338 y 1365-MML ORDENANZA Nº 1419 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 12 de agosto del 2010 los Dictámenes Nos. 191-2010-MML-CMAEO, 083-2010-MML-CMAL y 006-2010-MML-CMCDCYTU, de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Económicos y Organización, Asuntos legales y Comercialización, Defensa del Consumidor y Transporte Urbano; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Y PRECISA ARTÍCULOS DE LAS ORDENANZAS NºS. 1338 Y 1365-MML Artículo Primero.-Modifíquese en la Ordenanza Nº 1338-MML modifi cada por la Ordenanza 1365-MML las Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales, por el texto siguiente: “Sétima.- Disponer que la Gerencia de Transporte Urbano, hasta el 31 de marzo del 2011, publique el Plan Regulador de Rutas, determinando la condición de las mismas e indicando expresamente si son rutas urbanas o rutas periféricas”. “Décimo Quinta.- Los procesos de transferencias de funciones, acervo documentario e inventario deberá concluir el 30 de junio de 2011. Dicha transferencia se encontrará a cargo de cada área interviniente. Los procedimientos que se inicien dentro del período de transferencia serán concluidos en el área en la que se iniciaron”.