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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (01/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 70

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de diciembre de 2010 430158 CAPITULO III DEL FRACCIONAMIENTO Artículo Sétimo: Del fraccionamiento de la deuda Los obligados podrán fraccionar la totalidad de sus deudas tributarias que se encuentren en cobranza ordinaria. El número máximo de cuotas aplicables es de 15 cuotas de acuerdo a los tramos señalados; la cuota inicial es del 10% del total de la deuda, no pudiendo fraccionarse las deudas que hayan sido materia de fraccionamiento previo aun en el caso de acumulación con otras, salvo el caso de fusiones, transformaciones y/o similares debidamente sustentadas: Monto total insoluto de la deuda Nro. Cuotas De S/. 150.00 Hasta S/. 5,000.00 02 - 10 cuotas Más de S/. 5,000.00 11 – 15 cuotas El monto mínimo de las cuotas de fraccionamiento será equivalente al 1.5% de la UIT (S/. 150.00). A dicho monto deberá agregarse el interés de fraccionamiento correspondiente a la Tasa de Interés de Fraccionamiento (TIF). Por excepción, los pensionistas acogidos al benefi cio prescrito por el artículo 19 de la Ley de Tributación Municipal aprobada por el Decreto Legislativo Nº 776, podrán fraccionar sus deudas con una cuota inicial del cinco por ciento (5%) del insoluto adeudado, no pudiendo fraccionarse las deudas que hayan sido materia de fraccionamiento previo. Artículo Octavo: Requisitos 1 Copia simple del documento de identidad del deudor y/o representante (según sea el caso). 2 Poder con fi rma legalizada que acredite la representación invocada, en caso de persona natural. 3 Copia certifi cada de la fi cha registral actualizada de inscripción del poder o de escritura pública, para el caso del representante legal de personas jurídicas. Artículo Noveno: De la pérdida del fraccionamiento El incumplimiento en el pago de dos (02) cuotas seguidas o alternadas, entendiéndose por no pago, el pago parcial de una de las cuotas, o el no pago de la última cuota del fraccionamiento, automáticamente da lugar a la emisión de la Resolución de Pérdida del Benefi cio y a la posterior ejecución de las medidas de cobranza coactiva por la totalidad de la amortización e intereses correspondientes que se encuentren pendientes de pago, actualizados con el 100% de la Tasa de Interés Moratorio (TIM) desde la fecha de suscripción del fraccionamiento. Artículo Décimo: De la Tasa de Interés de Fraccionamiento (TIF) A la deuda tributaria fraccionada se le aplicará un interés equivalente al 80% mensual de la Tasa de Interés Moratorio (TIM) vigente. Artículo Décimo primero: Facultad discrecional La Gerencia de Administración Tributaria de manera excepcional podrá autorizar el otorgamiento de un mayor número de cuotas o la modifi cación del monto de la cuota inicial, según las modalidades de fraccionamiento descritas en la presente Ordenanza, teniendo en cuenta los criterios precedentes que correspondan a cada caso. CAPITULO IV PAGOS A CUENTA DE LA DEUDA EN COBRANZA COACTIVA Artículo Décimo segundo: Pagos a cuenta de la deuda en cobranza coactiva Los contribuyentes u obligados podrán realizar el pago a cuenta de las deudas tributarias y no tributarias en proceso de cobranza coactiva, hasta el 100% del monto de la deuda, previo pago de costas, condonándose los gastos administrativos, conforme al siguiente tramo: a) Deudas hasta S/. 1,000.00 nuevos soles, máximo 3 pagos a cuenta mensuales, incluido el pago a cuenta inicial, el mismo que no podrá ser inferior al 30% de la deuda. b) Deudas mayores a S/. 1,000.00 nuevos soles, máximo de 6 pagos a cuenta, incluido el pago a cuenta inicial, el mismo que no podrá ser inferior al 35% de la deuda. c) Deuda con medida cautelar fi rme, siempre y cuando el monto embargado no cubra la totalidad de la deuda. En estos casos se aplicará sobre el saldo de la deuda no embargada un máximo de 4 pagos a cuenta mensuales incluido el pago a cuenta inicial, el mismo que no podrá ser inferior al 30% de dicho saldo. Al incumplimiento de un pago a cuenta, se continuará la cobranza coactiva por el saldo pendiente en el estado en que se encuentre, incluyendo costas y gastos administrativos. El compromiso de los pagos a cuenta no suspende el procedimiento de cobranza coactiva. Los contribuyentes que se acojan a esta forma de pago deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo Octavo y estarán sujetos a la tasa de intereses señalados en el artículo Décimo de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera: Del cumplimiento Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Gerencia de Desarrollo Económico y Fiscalización, así como a la Gerencia de Administración y Finanzas, a través de sus unidades orgánicas respectivas, el cumplimento de la presente Ordenanza, encargándose a la Ofi cina de Secretaría General, a través de la Subgerencia de Comunicaciones, su difusión. Segunda: De la prioridad Dejar sin efecto toda disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza, facultándose a que, mediante Decreto de Alcaldía, el Señor Alcalde dicte las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para su cumplimiento y prórroga de su vigencia. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARMEN ROSA BEAS ARANDA (e) Alcaldía 572857-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Aprueban la Décima Primera Modificación al Presupuesto Institucional 2010 ACUERDO DE CONCEJO N° 001-039/2010 La Punta, 18 de noviembre del 2010. VISTO: El informe del Señor Alcalde; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 – Ley Nº 29465, en el artículo 1 numeral 1.4 literales a) y b) aprueba el fi nanciamiento para el presente año del Programa de Modernización Municipal y Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal correspondiente al presente año; Que, el Decreto Supremo Nº 002-2010-EF que aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa