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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (01/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 66

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de diciembre de 2010 430154 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Amplían plazo de vigencia de Ordenanza N° 166-MDPP que estableció Beneficios de Regularización de Deudas Tributarias y No Tribuatrias, Licencias de Funcionamiento y de Edificación DECRETO DE ALCALDIA Nº 013-2010-MDPP Puente Piedra, 30 de noviembre del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: El Memorando Nº 225-2010-GAT/MDPP de la Gerencia de Administración Tributaria que propone se amplíen los plazos de vigencia de la Ordenanza Nº 166 que Establece “Benefi cios de Regularización de Deudas Tributarias y no Tributarias, Licencias de Funcionamiento y de Edifi cación” a favor de Contribuyentes del distrito, a fi n de la incorporación de mayor número de contribuyentes a la Política de Sinceramiento tributario efectuada por la Corporación Edil; CONSIDERANDO: Que, los Artículos 74º, 194º y numeral 4) del Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, así como el numeral 9) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, reconocen a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y les otorga potestad para administrar sus bienes y rentas; y que mediante Ordenanzas pueda crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdicción conforme a Ley; Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por D.S. Nº 135-99-EF y sus modifi catorias, establece que los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general el interés moratorio y las sanciones, respecto a los tributos que administra; Que el artículo 60 del Decreto Legislativo Nº 776 -Ley de Tributación Municipal “Aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004 –EF. establece que las Municipalidades crean, modifi can, suprimen tasas y contribuciones, y otorgan exoneraciones dentro de los límites que fi ja la Ley. Estableciéndose entre sus normas generales en inciso a) La creación de tasas y contribuciones se aprueban por ordenanza. E inciso b) para la supresión de tasas y contribuciones las municipalidades no tiene ningún límite legal; Que la Ordenanza 166-MDPP que establece “Benefi cios de Regularización de Deudas Tributarias y no Tributarias, Licencias de Funcionamiento y de Edifi cación” en su primera disposición transitoria precisa “Facúltese al Señor Alcalde a que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias y/o reglamentarias, incluyendo la ampliación de la vigencia del benefi cio de la presente ordenanza, de ser necesaria la misma”; Estando a lo expuesto, dando cumplimiento a la Ordenanza Nº 163 MDPP y a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Ley No.27972; Por expuesto se decreta: Artículo Primero.- Ampliar el plazo de vigencia de la Ordenanza que establece “Benefi cios de Regularización de Deudas Tributarias y no Tributarias, Licencias de Funcionamiento y de Edifi cación”, hasta la fecha del 27 de diciembre del año en curso, con todos sus considerandos, alcances y benefi cios establecidos según lo precisado en esta ordenanza. Artículo Segundo.- Ampliar como plazo límites para las deudas generadas en el caso de arbitrios municipales, impuesto predial y multas administrativas y tributarias, asi como para los alcances correspondientes a licencias de construcción y de funcionamiento de locales comerciales y otros hasta el 27 de diciembre, para el acogimiento a los alcances del presente. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Planeamiento y Administración Financiera, Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Tesorería, y a la Gerencia de Tecnologías de la Información. Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FERNANDO VILCA VARGAS Alcalde 572908-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA Aprueban que parte de los recursos correspondientes al Programa de Modernización Municipal se destinen a la adquisición de maquinaria y equipos ACUERDO DE CONCEJO Nº 099-2010/CMDPN Punta Negra, 20 de Noviembre de 2010. VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 099-2010/GSCyS/MDPN, de fecha 06 de Noviembre del 2010, de la Gerencia de Servicios a la Comunidad y Sociales y el Decreto de Urgencia Nº 071- 2010. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 071-2010, se establecen medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera a transferir recursos a favor de los gobiernos locales en el presupuesto del sector público para el año fi scal 2010 en el marco del Programa de Modernización Municipal y el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, precisando en su artículo 5º que mediante Acuerdo de Concejo Municipal, los recursos del Programa de Modernización Municipal podrán destinarse a otras fi nalidades, actividades y proyectos que la Municipalidad considere prioritarios, siempre que ello no limite el cumplimiento de las metas del mencionado programa. Que, según el artículo 3º del citado Decreto de Urgencia, se establece que los Titulares de los Pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 2.1. del artículo 2º de la norma en mención a nivel funcional programático, dentro de los (5) días calendario de la vigencia del dispositivo legal. Que, mediante Anexo del citado Decreto de Urgencia, se establece que los montos a transferir a favor de la Municipalidad de Punta Negra por el cumplimiento de metas de setiembre del 2010 del Programa de Modernización Municipal y por el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, asciende la suma de S/. 496,881.00 nuevos soles. Que, en cumplimiento al Decreto de Urgencia, se ha asignado en lo que corresponde para el Programa de Modernización Municipal, mediante Resolución de Alcaldía Nº 266-2010/AL/MDPN de fecha 09 de Noviembre de 2010, aprobando la desagregación de los recursos por un monto de S/. 368,854.00 nuevos soles, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados según detalle de Ingresos y Egresos. Que, lo desagregado según el punto anterior se ha dispuesto la suma de S/. 288,854.00 nuevos soles, para la adquisición de Maquinarias y Equipos diversos según lo requerido por la Gerencia de Servicios a la Comunidad y Sociales mediante Informe Nº 099-2010/GSCyS/MDPN de fecha 06 de Noviembre de 2010, para mejorar la prestación de los servicios de limpieza pública, recojo de desmonte