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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de diciembre de 2010 430156 311-2010-GAJ/MSJL, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Único.- Prorrogar hasta el 30 de diciembre del 2010 el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 203 de fecha 25/10/2010, según los considerandos expuestos. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 572376-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Amplían plazo de vigencia de la Ordenanza N° 109-MDSL, mediante la cual se regula el Beneficio Temporal para el Pago de Deudas Tributarias y No Tributarias en el distrito de San Luis DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2010-MDSL San Luis, 29 de noviembre de 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS VISTO: El Informe Nº 133-2010-MDSL-GM de la Gerencia Municipal de fecha 29 de Noviembre de 2010 y el Informe Nº 057-2010-MDSL-GR de la Gerencia de Rentas de fecha 29 de Noviembre de 2010, el Informe Nº 467-2010-MDSL- GAL de la Gerencia de Asesoría Legal;y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el órgano ejecutivo de la Municipalidad; Que, mediante Ordenanza N° 109-MDSL publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 21 de Octubre de 2010 se aprobó el Benefi cio Temporal para el Pago de Deudas Tributarias y No Tributarias en el Distrito de San Luis, con la fi nalidad de incentivar el pago de las obligaciones vencidas de parte de los contribuyentes y administrados en la jurisdicción de nuestro distrito; Que, en la Segunda Disposición Final de la citada Ordenanza faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y prorrogue los plazos para la adecuada aplicación de la norma municipal; Que, mediante Informe Nº 057-2010-MDSL-GR del 29 de Noviembre de 2010 la Gerencia de Rentas refi ere que estando por vencer la fecha de vigencia del Benefi cio establecido en la Ordenanza N° 109-MDSL y teniendo en cuenta que los contribuyentes y administrados de nuestro distrito aún no han tenido la oportunidad de cumplir con cancelar sus obligaciones tributarias y no tributarias, se hace necesario prorrogar dicho plazo hasta el veintiuno (21) de Diciembre de 2010; Que, mediante Informe N° 123-2010-MDSL-GM del 29 de Octubre de 2010 la Gerencia Municipal, opina que el señor Alcalde está facultado para que mediante Decreto de Alcaldía disponga la ampliación a la prórroga del plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 109-MDSL, a fi n de dar mayores facilidades a los contribuyentes y administrados del distrito para que cumplan con el pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias; Que, el Artículo 42 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”, y el Párrafo Tercero del Artículo 44 de la citada norma establece que “Las normas municipales rigen a partir del día siguiente de su publicación, salvo que la propia norma postergue su vigencia”. Estando a lo antes expuesto y en virtud a lo dispuesto en el numeral 6 del Artículo 20 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; D E C R E T A: Artículo Primero.- AMPLIAR los alcances de la Ordenanza Nº 109-MDSL hasta el 21 de diciembre de 2010, mediante el cual se regulan el Benefi cio Temporal para el Pago de Deudas Tributarias y No Tributarias en el Distrito de San Luis. Artículo Segundo.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas el cumplimiento de la presente norma municipal; y a la Gerencia de Administración y Finanzas, su debida publicación en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal institucional de la Entidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FERNANDO DURAND MEJIA Alcalde 572520-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Establecen facilidades para la regularización de obligaciones sustanciales y formales en el distrito ORDENANZA Nº 300-MDSMP San Martín de Porres, 29 de noviembre del 2010 LA TENIENTE ALCALDESA DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES POR CUANTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 29.NOVIEMBRE.2010, bajo la presidencia de la señora teniente alcaldesa Carmen Rosa Beas Aranda y con el quórum reglamentario de los señores regidores, se trató sobre el proyecto de ordenanza que otorga facilidades a los contribuyentes del distrito; y CONSIDERANDO: Que, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha se trató sobre el proyecto de ordenanza que otorga facilidades para la regularización de obligaciones sustanciales y/o formales en el ámbito jurisdiccional, cuya fi nalidad es brindar a los contribuyentes del distrito, con carácter de excepcional, óptimos mecanismos y mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones sustanciales de naturaleza tributaria y administrativa, así como formales; contándose para tal efecto con los informes favorables de la Gerencia de Administración Tributaria (Informe Nº 291- 2010-GAT/MDSMP) y de la Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe N° 1017-2010-GAJ/MDSMP); De conformidad con los artículos 9, incisos 8) y 9), así como 40 de la Ley N° 27972 - Orgánica de Municipalidades; artículos 36 y 41 del Código Tributario - y artículo 60 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF; y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución de Alcaldía Nº 287-2010/MDSMP; con el voto Unánime de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo