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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de diciembre de 2010 430398 de gestión necesarios que regulen la organización y funcionamiento del Instituto, así como la pertinente modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Arequipa, aprobado a través de la Ordenanza Regional Nro. 010-AREQUIPA. Artículo 7º.- Publicación Ofi cial y Electrónica DISPONER la publicación de la presente Norma Regional tanto en el Diario Ofi cial El Peruano, como en el Diario de Avisos Judiciales “La República”; asimismo, SE ENCARGA a la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el Diario Ofi cial, inmediatamente, publique electrónicamente en la Página Web el texto íntegro y su Anexo de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del Decreto Supremo Nro. 001-2009-JUS. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los 29 días del mes de noviembre de 2010. CARMEN YAÑEZ FERNANDEZ Presidenta del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los uno (01) días del mes de diciembre del dos mil diez. JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES Presidente del Gobierno Regional Arequipa 573586-1 Aprueban Reglamento del Programa Regional de Pequeñas y Medianas Irrigaciones de la Región Arequipa ORDENANZA REGIONAL Nº 125-AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, a través de la Ordenanza Regional Nro. 117- AREQUIPA publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el día 24 de septiembre de 2010, se declaró de interés y prioridad público regional, la identifi cación, saneamiento, evaluación, promoción y ejecución de pequeñas y medianas irrigaciones ubicadas en el departamento de Arequipa, y en consecuencia, se aprobó la creación del Programa Regional de Pequeñas y Medianas Irrigaciones. Que, en atención a los objetivos del referido Programa y en cumplimiento del artículo 3 de la referida Ordenanza Regional, corresponde aprobar su Reglamento. Por lo tanto, siendo que en los actos de gobierno, los actos administrativos y el uso respecto de los bienes de propiedad del Estado, el Gobierno Regional debe velar porque sean concretos, medibles y verifi cables, los principios de: ((a)) “efi ciente gestión de los bienes”, ((b)) “máximo rendimiento económico y social de los bienes del Estado”, y, ((c)) “fi nalidad asignada a los bienes”; entonces, al amparo de lo regulado en la Ley 27783 / Ley de Bases de la Descentralización, la Ley 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y, en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001-2007-GRA/CR- AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 055-AREQUIPA; Estando al Dictamen de Comisión N° 020-2010-GFRA/ CR-CNAL. SE ORDENA: Artículo 1º.- Disposición Aprobatoria APROBAR el Reglamento del Programa Regional de Pequeñas y Medianas Irrigaciones de la Región Arequipa; Norma Regional cuyo Anexo consta de (III) Títulos, (19) Artículos y (01) Disposición Complementaria Final. Artículo 2º.- Vigencia La Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 3º.- Publicación Ofi cial y Electrónica DISPONER la publicación de la presente Norma Regional tanto en el Diario Ofi cial “El Peruano”, como en el Diario de Avisos Judiciales “La República”; asimismo, SE ENCARGA a la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el Diario Ofi cial, inmediatamente, publique electrónicamente en la Página Web su texto íntegro y Anexo de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del Decreto Supremo Nro. 001-2009-JUS. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los 29 días del mes de noviembre de 2010. CARMEN YAÑEZ FERNANDEZ Presidenta del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los uno (01) días del mes de diciembre del dos mil diez. JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES Presidente del Gobierno Regional Arequipa 573586-2 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Aprueban transferencia financiera de recursos del Gobierno Regional de Ucayali a favor de la Municipalidad Provincial de Atalaya para cofinanciar la ejecución de la Primera Etapa de la Obra Construcción del Sistema de Alcantarillado Sanitario del Centro Poblado Menor de Maldonadillo ACUERDO Nº 050-2010-GRU/CR Pucallpa, 23 de junio del 2010 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, en Sesión Ordinaria de fecha 22 de junio del 2010, con el voto Unánime del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 101° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobó el siguiente Acuerdo Regional: Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera de los recursos del Gobierno Regional de Ucayali a favor de