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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (04/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de diciembre de 2010 430388 modifi catorias del 08 de febrero y 31 de octubre de 2003, cuya transcripción corre de fojas 82 a 87, acompañando al Ofi cio N° 016-2010-P-JDCAP de fecha 23 de agosto de 2010 de fojas 81, suscrito por el doctor José Antonio Ñique De La Puente, en atención al requerimiento que le formuló la Presidencia de este Órgano de Gobierno por resolución de fecha 17 de agosto del año en curso, de fojas 73; Duodécimo: En consecuencia, se colige que la elección del doctor Manuel Alejandro Montoya Hernández no deriva de un acto asociativo formal y sustancialmente válido que imprima efi cacia legal y fuerza vinculante para el Poder Judicial en la pretensión de incorporarlo como miembro del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de conformidad con el inciso quinto del artículo 81° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; atributos que sí posee la elección llevada a cabo en el marco de la Asamblea General Extraordinaria de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados u Orden de Colegios de Abogados del Perú realizada el 30 de abril de 2010 cuyas incidencias aparecen transcritas en el acta de fojas 06 a 13 de estos actuados; Décimo Tercero: Que, sin perjuicio de los señalado precedentemente, y para efectos informativos, estando a la necesidad de analizar la relación de parentesco existente entre el doctor Esmelín Chaparro Guerra, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Junín, y el doctor Ayar Felipe Chaparro Guerra, representante electo de la Junta Nacional de Decanos de Colegios de Abogados del Perú u Orden de Colegios de Abogados del Perú ante este Órgano de Gobierno, es del caso precisar que la incompatibilidad por parentesco establecida en el artículo 42° de la Ley 29277, Ley de Carrera Judicial es de aplicación exclusiva para los jueces que han recibido de acuerdo con dicha ley la potestad de administrar justicia a nombre de la nación, sea por nombramiento en caso de Jueces Titulares o por designación en caso de Jueces Provisionales y Supernumerarios, no confi gurándose la misma por la incorporación a este Colegiado del representante de los Colegios de Abogados debido a que no ha sido investido de la potestad de impartir justicia, además porque en su condición de miembro del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial está llamado a ejercer corporativamente funciones de carácter administrativo, y en razón de que aplicar la norma legal citada determina establecer una restricción al derecho consagrado en el inciso 17 del artículo segundo de la Constitución del Estado con sustento en la aplicación analógica de una norma legal, lo que se encuentra prohibido por el artículo cuarto del Título Preliminar del Código Civil; razón por la cual no se presenta en el presente caso incompatibilidad por parentesco; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el Informe del señor Consejero Jorge Alfredo Solís Espinoza, sin la intervención del señor Consejero Flaminio Vigo Saldaña por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Incorporar al doctor Ayar Felipe Chaparro Guerra, representante de la Junta Nacional de Decanos de Colegios de Abogados del Perú u Orden de Colegios de Abogados del Perú, como miembro integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial para completar el período de sesiones que fi nalizará en el mes de agosto de 2011. Artículo Segundo.- Desestimar la solicitud de fojas 59 formulada por el doctor José Antonio Ñique De La Puente para que se reconozca al doctor Manuel Alejandro Montoya Hernández, como representante de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; e improcedente la solicitud de fojas 80 formulada por el doctor Manuel Alejandro Montoya Hernández, para que se señale fecha y hora para prestar el juramento de ley como representante de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú ante este Órgano de Gobierno. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Congreso de la República; Ministerio de Justicia, Fiscalía de la Nación, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Decanato del Colegio de Abogados de Lima, Presidencia de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú u Orden de Colegios de Abogados del Perú, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia, y a la Gerencia General del Poder Judicial; para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ROBINSON O. GONZALES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA DARÍO PALACIOS DEXTRE 573992-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Oficializan Acuerdo y proclaman Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao para el período 2011-2012 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 335-2010-P-CSJCL/PJ. Callao, 2 de diciembre del 2010. LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTO: El Ofi cio Circular Nº118-2010-SG-CS-PJ, cursado por la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia de la República; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo señala el artículo 88º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los Presidentes de las Cortes Superiores son elegidos por un período de dos años por los Jueces Superiores de la respectiva Corte, reunidos en Sala Plena por mayoría absoluta. La elección se realiza conforme al segundo y tercer párrafo del artículo 74º de la norma antes acotada. No hay reelección inmediata. Que, mediante ofi cio de Vistos, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República, órgano supremo de deliberación del Poder Judicial, en mérito a las atribuciones conferidas por el artículo 79º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, comunica que en Sesión Extraordinaria de fecha 22 de noviembre del año en curso, acordaron que la elección del Presidente del Poder Judicial y de la Corte Suprema de Justicia de la República, así como de los Presidentes de los 30 Distritos Judiciales de la República, se llevará a cabo el día jueves 02 de diciembre del año en curso. Que, ante tal disposición, esta Presidencia convocó a los señores Jueces Superiores Titulares de esta Corte