Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2010 (04/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de diciembre de 2010

modificatorias del 08 de febrero y 31 de octubre de 2003, cuya transcripcion corre de fojas 82 a 87, acompanando al Oficio N° 016-2010-P-JDCAP de fecha 23 de agosto de 2010 de fojas 81, suscrito por el doctor MORDAZA MORDAZA Nique De La MORDAZA, en atencion al requerimiento que le formulo la Presidencia de este Organo de Gobierno por resolucion de fecha 17 de agosto del ano en curso, de fojas 73; Duodecimo: En consecuencia, se colige que la eleccion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no deriva de un acto asociativo formal y sustancialmente valido que imprima eficacia legal y fuerza vinculante para el Poder Judicial en la pretension de incorporarlo como miembro del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de conformidad con el inciso MORDAZA del articulo 81° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; atributos que si posee la eleccion llevada a cabo en el MORDAZA de la Asamblea General Extraordinaria de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados u Orden de Colegios de Abogados del Peru realizada el 30 de MORDAZA de 2010 cuyas incidencias aparecen transcritas en el acta de fojas 06 a 13 de estos actuados; Decimo Tercero: Que, sin perjuicio de los senalado precedentemente, y para efectos informativos, estando a la necesidad de analizar la relacion de parentesco existente entre el doctor Esmelin Chaparro MORDAZA, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y el doctor Ayar MORDAZA Chaparro MORDAZA, representante MORDAZA de la Junta Nacional de Decanos de Colegios de Abogados del Peru u Orden de Colegios de Abogados del Peru ante este Organo de Gobierno, es del caso precisar que la incompatibilidad por parentesco establecida en el articulo 42° de la Ley 29277, Ley de MORDAZA Judicial es de aplicacion exclusiva para los jueces que han recibido de acuerdo con dicha ley la potestad de administrar justicia a nombre de la nacion, sea por nombramiento en caso de Jueces Titulares o por designacion en caso de Jueces Provisionales y Supernumerarios, no configurandose la misma por la incorporacion a este Colegiado del representante de los Colegios de Abogados debido a que no ha sido investido de la potestad de impartir justicia, ademas porque en su condicion de miembro del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial esta llamado a ejercer corporativamente funciones de caracter administrativo, y en razon de que aplicar la MORDAZA legal citada determina establecer una restriccion al derecho consagrado en el inciso 17 del articulo MORDAZA de la Constitucion del Estado con sustento en la aplicacion analogica de una MORDAZA legal, lo que se encuentra prohibido por el articulo MORDAZA del Titulo Preliminar del Codigo Civil; razon por la cual no se presenta en el presente caso incompatibilidad por parentesco; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el Informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Saldana por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Incorporar al doctor Ayar MORDAZA Chaparro MORDAZA, representante de la Junta Nacional de Decanos de Colegios de Abogados del Peru u Orden de Colegios de Abogados del Peru, como miembro integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial para completar el periodo de sesiones que finalizara en el mes de agosto de 2011. Articulo Segundo.- Desestimar la solicitud de fojas 59 formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA Nique De La MORDAZA para que se reconozca al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Peru ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; e improcedente la solicitud de fojas 80 formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que se senale fecha y hora para prestar el juramento de ley como

representante de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Peru ante este Organo de Gobierno. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Congreso de la Republica; Ministerio de Justicia, Fiscalia de la Nacion, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Decanato del Colegio de Abogados de MORDAZA, Presidencia de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Peru u Orden de Colegios de Abogados del Peru, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia, y a la Gerencia General del Poder Judicial; para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 573992-1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Oficializan Acuerdo y proclaman Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao para el periodo 2011-2012
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 335-2010-P-CSJCL/PJ. Callao, 2 de diciembre del 2010. LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTO: El Oficio Circular Nº118-2010-SG-CS-PJ, cursado por la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo senala el articulo 88º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, los Presidentes de las Cortes Superiores son elegidos por un periodo de dos anos por los Jueces Superiores de la respectiva Corte, reunidos en Sala Plena por mayoria absoluta. La eleccion se realiza conforme al MORDAZA y tercer parrafo del articulo 74º de la MORDAZA MORDAZA acotada. No hay reeleccion inmediata. Que, mediante oficio de Vistos, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, organo supremo de deliberacion del Poder Judicial, en merito a las atribuciones conferidas por el articulo 79º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, comunica que en Sesion Extraordinaria de fecha 22 de noviembre del ano en curso, acordaron que la eleccion del Presidente del Poder Judicial y de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, asi como de los Presidentes de los 30 Distritos Judiciales de la Republica, se llevara a cabo el dia jueves 02 de diciembre del ano en curso. Que, ante tal disposicion, esta Presidencia convoco a los senores Jueces Superiores Titulares de esta Corte

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