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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de diciembre de 2010 430381 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN N° 262-2010-OS/CD Mediante Ofi cio N° 247-2010-OS/AAD, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución N° 262-2010-OS/CD, publicada en la edición del día 25 de noviembre de 2010. Página 429809 Rubro 3 del Anexo 1 de la Resolución N° 262-2010-OS/CD DICE: Rubro 3 ACCIDENTES Y/O PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Infracción Base Normativa Sanción Pecuniaria Sanción No Pecuniaria 3.4. Incumplimiento de las normas, compromisos y/u obligaciones relativas a Estudios Ambientales y/o Instrumentos de Gestión Ambiental. 3.4.2. Incumplimiento de las normas Art. 12° del Reglamento aprobado por D.S. Hasta 300 S.T.A. relativas a la adopción de medidas N° 015-2006-EM. UIT mitigadoras de impactos al ambiente, en Arts. 14° y 23° del Reglamento aprobado por D.S. aquellas actividades que no requieren N° 057-2008-EM. presentación de DEBE DECIR: Rubro ACCIDENTES Y/O PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE 3 Infracción Base Normativa Sanción Sanción No Pecuniaria Pecuniaria 3.4. Incumplimiento de las normas, compromisos y/u obligaciones relativas a Estudios Ambientales y/o Instrumentos de Gestión Ambiental. 3.4.2. Incumplimiento de las normas Art. 12° del Reglamento aprobado por D.S. Hasta 300 S.T.A. relativas a la adopción de medidas N° 015-2006-EM. UIT mitigadoras de impactos al ambiente, en Arts. 14° y 23° del Reglamento aprobado por D.S. aquellas actividades que no requieren N° 057-2008-EM. presentación de Estudio Ambiental. DICE: Rubro ACCIDENTES Y/O PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE 3 Infracción Base Normativa Sanción Sanción No Pecuniaria Pecuniaria 3.7. Incumplimiento de las normas sobre manejo y/o disposición fi nal de residuos sólidos. 3.7.1. Incumplimiento de las normas sobre Arts. 10°, 16°, 17°, 18°, 25°, 30°, 31°, 32°, 37°, 38°, Hasta 1000 C.I., S.T.A. manejo y/o 39°, 40°, 41°, 42°, 43°, 48°, 49°, 50°, 51°, 52°, 53°, UIT 54°, 60°, 77°, 78°, 82°, 85°, 86°, 87° y 88° del Reglamento aprobado por D.S. N° 057-2004-PCM. Art. 22° literal a) del Reglamento aprobado por D.S. N° 006-2005-EM. Art. 119° numeral 2 de la Ley N° 28611. Art.16° de la Ley N° 27314. Art. 3° del Reglamento aprobado por D.S. N° 015- 2006-EM. DEBE DECIR: Rubro ACCIDENTES Y/O PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE 3 Infracción Base Normativa Sanción Sanción No Pecuniaria Pecuniaria 3.7. Incumplimiento de las normas sobre manejo y/o disposición fi nal de residuos sólidos. 3.7.1. Incumplimiento de las normas sobre Arts. 10°, 16°, 17°, 18°, 25°, 30°, 31°, 32°, 37°, 38°, Hasta 1000 C.I., S.T.A. manejo y/o disposición fi nal de residuos 39°, 40°, 41°, 42°, 43°, 48°, 49°, 50°, 51°, 52°, 53°, UIT sólidos. 54°, 60°, 77°, 78°, 82°, 85°, 86°, 87° y 88° del