Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2010 (04/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

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como organismo de ambito y competencia regional que, de manera integral, permanente y sistematica, para que desde ese nivel tutele la gestion del recurso hidrico de conformidad con lo regulado el articulo 25 de la Ley 29338 / Ley de Recursos Hidricos, y, lo dispuesto en los articulos 15 y 33 del Decreto Supremo Nro. 001-2010-AG / Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos. Que, en atencion a la problematica senalada, y dado que son una necesidad fundamental e impostergable: ((a)) la adquisicion de conocimientos y la adopcion y desarrollo de tecnologias para la recuperacion, preservacion y aprovechamiento sostenible de los cuerpos de agua y/o acuiferos; ((b)) el incremento progresivo de inversiones y recursos financieros para la gestion de los recursos hidricos; y, ((c)) el fortalecimiento de los niveles de conciencia relacionada a la vulnerabilidad de los recursos hidricos y su uso eficiente; entonces, por estas consideraciones, al MORDAZA de lo regulado en la Ley 27783 / Ley de Bases de la Descentralizacion, la Ley 27867 / Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y, en observancia del MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001-2007-GRA/CRAREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 055-AREQUIPA; Estando al Dictamen de Comision N° 009-2010-GRA/ CR-CDE SE ORDENA: Articulo 1º.- Politica Regional en materia de Recursos Hidricos APROBAR la Politica Regional en materia de Recursos Hidricos de la Region MORDAZA, cuyo Anexo de (36) folios forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo 2º.- Instituto Regional APROBAR la creacion del INSTITUTO REGIONAL DE GESTION Y TECNOLOGIA DEL AGUA (IRGTA), como organo desconcentrado y dependiente de la Presidencia del Gobierno Regional, integrante del Sistema Regional de Recursos Hidricos, para lo cual tendra a su cargo: ((a)) el desarrollo de funciones y acciones de investigacion de MORDAZA cientifico y tecnologico, orientadas hacia la planificacion y gestion sostenible de los recursos hidricos de la Region; ((b)) la implementacion de la Politica Regional en materia de Recursos Hidricos; y, ((c)) la ejecucion de los (14) Programas senalados en el articulo 4 de la presente Ordenanza Regional. Articulo 3.- Objetivos Para el aseguramiento del agua, en terminos de calidad, cantidad y oportunidad, a favor de las generaciones actuales y futuras, y, con esta tutela garantizar: la cobertura de agua potable para el consumo humano, la disponibilidad de agua para la entrega de derechos de acuerdo a la prioridad de usos, el mantenimiento de los caudales ecologicos, y, el mantenimiento de la calidad del agua en las cuencas, el Instituto Regional de Gestion y Tecnologia del Agua (IRGTA), tendra los siguientes objetivos: 3.1. En materia de Gestion de los Recursos Hidricos a) Impulsar la institucionalidad para la gestion de las cuencas hidrograficas de la region. b) Gestionar un sistema regional de prevencion y mitigacion de eventos hidrologicos extremos, principalmente de fenomenos de sequias. 3.2. En materia de Investigacion, Desarrollo, Innovacion, Capacitacion y Desarrollo de una Cultura del Agua c) Incrementar la eficiencia en el uso del agua, mediante el desarrollo e implementacion de tecnologias de alta eficiencia, la investigacion y adaptacion de cultivos rentables de bajo consumo de agua, y, desarrollo de programas de capacitacion principalmente en los sectores de mayor consumo.

d) Desarrollo de una cultura del agua en la poblacion de la Region Arequipa. 3.3. En materia de Planes, Estudios y Desarrollo de Proyectos sobre Recursos Hidricos e) Recuperacion de la calidad del agua en todas las cuencas de la Region. f) Incremento del volumen de agua regulado en las cuencas de la Region MORDAZA, mediante la proteccion de los recursos hidricos y la cosecha de agua. Articulo 4.- Programas Para el cumplimiento de los objetivos senalados, el Instituto Regional de Gestion y Tecnologia del Agua (IRGTA), desarrollara (14) Programas conforme el siguiente detalle: 4.1. Para la Gestion de los Recursos Hidricos a) Programa de fortalecimiento para la Gestion Institucional de los Recursos Hidricos en las Cuencas de la Region. b) Programa para la implementacion del sistema de soporte de decisiones y monitoreo de los recursos hidricos. c) Programa de gestion de conflictos en materia de recursos hidricos. 4.2. Para la Investigacion, Desarrollo, Innovacion, Capacitacion y Desarrollo de una Cultura del Agua d) Programa de investigacion, desarrollo e innovacion en temas de recursos hidricos. e) Programa de formacion y capacitacion en gestion y manejo de recursos hidricos. f) Programa de agricultura en zonas aridas. g) Programa de vigilantes del agua. h) Programa de sensibilizacion a la poblacion para el desarrollo de una cultura del agua. 4.3. Para los Planes, Estudios y Desarrollo de Proyectos sobre Recursos Hidricos i) Programa de recuperacion de la calidad de los cuerpos de agua. j) Programa de construccion de micro represas y recuperacion de pasturas en zonas altoandinas. k) Programa de forestacion y reforestacion. l) Programa de uso eficiente del agua. m) Programa de estudios y aprovechamiento de las aguas subterraneas. n) Programa de pequenas y medianas irrigaciones. Articulo 5.- Financiamiento El funcionamiento del Instituto Regional de Gestion y Tecnologia del Agua (IRGTA), asi como el desarrollo de los Programas senalados en el articulo anterior, presupuestalmente, contara con (04) MORDAZA de financiamiento: - Recursos provenientes del tesoro publico con cargo a las partidas que para el efecto MORDAZA asignadas y/o aprobadas. - El 20% de la tarifa de agua por uso de infraestructura mayor de riego, para lo cual, debe incorporarse en los costos de la tarifa de agua, los costos que demanden las actividades de investigacion y conservacion de recursos hidricos en cada cuenca. - El Fondo MORDAZA, que estara constituido por donaciones del sector privado, MORDAZA cooperantes y/o proyectos que se financien con bonos de carbono. - Recursos Directamente Recaudados que se generaran por la elaboracion de estudios, realizacion de trabajos de investigacion, capacitaciones y/o asistencia tecnica a instituciones del sector publico y/o sector privado. Articulo 6.- Instrumentos de Gestion En el plazo de (60) dias calendario de publicada la presente Ordenanza Regional, el Ejecutivo Regional debera formular para su aprobacion, los instrumentos

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