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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de diciembre de 2010 430858 OBRAS SANITARIAS.- Se realizaron de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado aprobados por SEDAPAL. OBRAS DE ELECTRIFICACIÓN.- Se realizaron de conformidad con los proyectos de la Empresa Concesionaria EDELNOR. Artículo Tercero.- DISPONER que el Sr. Horacio Cárdenas Estrada, Sra. Elia Dorotea Choque Aquino, Sr. Andrés Alejandro Acero Cárdenas y el Sr. Antonio Rojas Zevallos, deberá efectuar la apertura e inscripción individualizada de los lotes en el Registro de Predios de acuerdo al plano de Lotización signado con el Nº 038-2010- HU-SGHU-GDU/MDSJL y a la siguiente descripción: Cuadro Resumen de Áreas: MANZANA “A” Nº DE LOTES AREA (m2) 01 122.33 m2 02 122.13 m2 03 120.78 m2 04 120.86 m2 05 123.20 m2 06 120.38 m2 07 120.77 m2 08 120.82 m2 09 121.04 m2 10 121.62 m2 11 120.97 m2 12 121.08 m2 13 120.95 m2 14 120.96 m2 15 120.91 m2 16 120.69 m2 17 120.81 m2 18 120.76 m2 19 121.05 m2 TOTAL = 19 2,302.11 m2 Artículo Cuarto.- ACEPTAR el pago de la redención en dinero del défi cit de aportes reglamentarios, por tratarse la presente de una Habilitación Urbana en Vías de Regularización y al haberse comprobado la inexistencia de áreas para destinarlas a los aportes Reglamentarios, según el siguiente cuadro: Cuadro General de Aportes, según Ordenanza 836- MML ÁREA BRUTA DE TERRENO : 5,062.20 m2 ÁREA AFECTA A LOS APORTES : 5,062.20 m2 APORTE % ORD 836-MML PROYECTO DEFICIT RECREACIÓN PÚBLICA 7.00 354.36 m2 --- 354.36 m2 PARQUES ZONALES – SERPAR 2.00 101.24 m2 --- 101.24 m2 RENOVACIÓN URBANA - FOMUR 1.00 50.62 m2 --- 50.62 m2 Servicios Públicos Complementarios (MINISTERIO DE EDUCACIÓN) 2.00 101.24 m2 --- 101.24 m2 Servicios Públicos Complementarios (MUNICIPALIDAD DISTRITAL) 2.00 101.24 m2 --- 101.24 m2 TOTAL 14.00 708.70 m2 --- 708.70 m2 NOTA.- (*) El Défi cit de aportes reglamentarios por Recreación Pública y Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) han sido redimidos en dinero. (**) El Défi cit de aportes reglamentarios por Parques Zonales (SERPAR), Renovación Urbana (FOMUR) y Servicios Públicos Complementarios (Ministerio de Educación) serán redimidos en dinero. Artículo Sexto.- DÉJESE, como carga inscrita en el Registro de Predios, el pago pendiente por el défi cit de Aportes Reglamentarios correspondientes a Parques Zonales (SERPAR) de 13.97 m2, Renovación Urbana (FOMUR) de 50.62 m2 y Servicios Públicos Complementarios (Ministerio de Educación) de 13.97 m2, dicha carga será levantada cuando se cumpla con los pagos de los défi cit de aportes. Artículo Sétimo.- DISPONER que el Sr. Horacio Cárdenas Estrada, Sra. Elia Dorotea Choque Aquino, Sr. Andrés Alejandro Acero Cárdenas y el Sr. Antonio Rojas Zevallos, al concluir con las obras del proyecto de habilitación urbana deberá solicitar la recepción de obras, de acuerdo a lo indicado en el Numeral c. Artículo 13º de la Ley Nº 29090. Artículo Octavo.- ESTABLECER que la presente licencia de Habilitación Urbana tiene una vigencia de treinta y seis (36) meses, conforme lo estipula el Artículo 11º de la Ley Nº 29090. Artículo Noveno.- REMITIR, un original del FUHU, copias de la presente resolución, un juego del Plano de Lotización, Plano de Ubicación y Localización y la Memoria Descriptiva, a la Municipalidad Metropolitana de Lima, asimismo, al Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA, Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima S.A. – EMILIMA S.A. y Ministerio de Educación, para su conocimiento, según lo establecido en el Artículo 18º del Decreto Supremo Nº 024 Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación, y su modificatoria D.S. Nº 003-2010- Vivienda. Artículo Decimo.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro incorporar la presente Habilitación Urbana en el Plan Urbano del distrito de San Juan de Lurigancho, siendo esta su competencia según lo establece el ROF vigente. Artículo Décimo Primero.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano a cargo de los interesados en un plazo no mayor de (30) días calendario contados a partir de la notifi cación de la presente. Artículo Décimo Segundo.- DISPONER el cumplimiento y notifi cación pertinente y de acuerdo a Ley, a la administrada, del contenido de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RENZO GARCIA VERGARA Subgerente de Habilitaciones Urbanas 576176-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Prorrogan la vigencia del Seguro Puntual Surcano ORDENANZA Nº 372-MSS Santiago de Surco, 30 de noviembre del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales