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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (12/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de diciembre de 2010 430843 propuesta de creación de un Juzgado de Paz con sede en el Centro Poblado San Antonio de Llactapampa, Distrito de Santo Tomás, Provincia de Luya, Departamento de Amazonas, a solicitud de las autoridades y pobladores de la referida circunscripción; Segundo: La solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 878 habitantes, conjuntamente con los Anexos San Juan de La Libertad y Agua Santa, así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz más próximo está ubicado en la localidad de San Salvador encontrándose a 30 kilómetros de distancia empleando para su desplazamiento seis horas por un camino agreste y de herradura; asimismo, dista a 80 kilómetros de distancia de la Provincia de Luya, sede de un Juzgado de Paz Letrado y Juzgado Mixto, empleando para su desplazamiento seis horas en vehiculo; por cuya razón no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia; Tercero: Que, el Informe N° 191-2010-SEP-GP-GG- PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creación del Juzgado de Paz con sede en el Centro Poblado San Antonio de Llactapampa, Distrito de Santo Tomás, Provincia de Luya, Departamento y Distrito Judicial de Amazonas; consignándose los límites geográfi cos del mencionado órgano jurisdiccional; Cuarto: Que, por el número de habitantes del centro poblado y localidades a los que benefi ciaría el Juzgado de Paz, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal, familiar y laboral; y encontrándose dentro de los objetivos principales de las políticas implementadas por este Poder del Estado, precisamente la de eliminar las barreras que impiden el acceso a la justicia a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82°, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Jorge Alfredo Solís Espinoza, por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado San Antonio de Llactapampa, con competencia además en los Anexos San Juan de La Libertad y Agua Santa; Distrito de Santo Tomás, Provincia de Luya, Departamento y Distrito Judicial de Amazonas. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ROBINSON O. GONZALES CAMPOS FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARIO PALACIOS DEXTRE 576625-8 Crean Juzgado de Paz en la Comunidad Campesina de Ahuaycha Casay, Distrito Judicial de Junín RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 363-2010-CE-PJ Lima, 05 de noviembre de 2010 VISTOS: El Ofi cio N° 443-2007-P-CSJJU/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín, y los Informes N° 188-2010-SEP-GP-GG-PJ y N° 65-2007- SEP-GP-GG-PJ, remitidos por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz con sede en la Comunidad Campesina de Ahuaycha Casay, Distrito de Pampas, Provincia de Tayacaja, Departamento de Huancavelica, a solicitud de las autoridades y pobladores de la referida circunscripción; Segundo: La solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 1095 habitantes, conjuntamente con las localidades de Uchuymarca, San Antonio (Barrio Uchuymarca) y Occobamba (Barrio Uchuymarca), teniendo en cuenta que los órganos jurisdiccionales más próximos se encuentran ubicados en el Módulo Básico de Justicia de Pampas a 17 kilómetros de distancia, empleando los pobladores para su desplazamiento seis horas a pie, y se encuentra a 107 kilómetros de distancia de la sede de la Corte Superior de Justicia de Junín; por cuya razón no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia; Tercero: Que, los Informes N° 188-2010-SEP-GP-GG- PJ y N° 65-2007-SEP-GP-GG-PJ remitidos por la Gerencia General del Poder Judicial, concluyen que es factible la creación del Juzgado de Paz con sede en la Comunidad Campesina de Ahuaycha Casay, Distrito de Pampas, Provincia de Tayacaja, Departamento de Huancavelica, Distrito Judicial de Junín; consignándose los límites geográfi cos del mencionado órgano jurisdiccional; Cuarto: Que, por el número de habitantes de la comunidad campesina y localidades a los que benefi ciaría el Juzgado de Paz, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal, familiar y laboral; y encontrándose dentro de los objetivos principales de las políticas implementadas por este Poder del Estado, precisamente la de eliminar las barreras que impiden el acceso a la justicia de las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82°, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Jorge Alfredo Solís Espinoza, por encontrarse de licencia, de conformidad con el informe obrante a fojas 81 a 82, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en la Comunidad Campesina de Ahuaycha Casay, con competencia además en las localidades de Uchuymarca, San Antonio (Barrio Uchuymarca) y Occobamba (Barrio Uchuymarca); Distrito de Pampas, Provincia de Tayacaja, Departamento de Huancavelica, Distrito Judicial de Junín. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en