Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (12/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de diciembre de 2010 430855 San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. De conformidad con el Plano de Lotización y el Plano de Ubicación y Localización, signados para efectos de Registros como Plano Nº 032-2010-HU-SGHU- GDU/MDSJL y Nº 033-2010-HU-SGHU-GDU/MDSJL, respectivamente; solicitada por el Sr. Héctor José Carlos Edmundo León Belli en calidad de representante de TRANSTAURO S.A.C. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a TRANSTAURO S.A.C. a culminar en el plazo de treinta y seis (36) meses las Obras de Habilitación Urbana de conformidad con los planos signados con el Nº 032-2010-HU-SGHU-GDU/ MDSJL y Nº 033-2010-HU-SGHU-GDU/MDSJL, debiendo sujetarse los trabajos a los planos fi rmados y sellados por los entes ofi ciales, teniendo en cuenta lo siguiente: DISEÑO URBANO.- El Cuadro de Áreas que se aprueba es el siguiente: ÁREA BRUTA DEL TERRENO 2,645.00 m2 ÁREA ÚTIL DE LOTE 1,775.99 m2 ÁREA CEDIDA PARA VÍA 869.01 m2 PAVIMENTOS.- Las características de las obras de Pavimentación serán las siguientes: Materiales.- Cemento Portland, agregado fi no para hormigón, agregado grueso, barras de transferencia de cargas. La mezcla del hormigón será de calidad uniforme y su transporte, colocación, compactación y curado se realizará de tal manera que la losa resulte compacta, de textura uniforme, resistente y durable. Las proporciones necesarias para preparar las mezclas serán especifi cadas por el contratista y se establece un contenido de 320 kg. por metro cúbico de hormigón por razones de desgaste. Perfi lado y preparación de la Subrasante.- La Subrasante deberá compactarse de manera que, en los 30 cm. superiores, se alcance como mínimo la densidad especifi cada en el proyecto. Construcción de la base.- La capa de base granular no deberá extenderse sobre superfi cies que presenten capas blandas, heladas o con nieve. La base granular deberá construirse por capas, de espesor compactado no superior a 30 cm. ni inferior a 15 cm. El material extendido deberá tener la granulometría especifi cada. La compactación de la capa base se realizará con rodillo liso vibratorio. El área de compactación de la base debe contemplar un sobre ancho de al menos 1.0 m a cada lado del pavimento de hormigón para proporcionar un apoyo fi rme al equipo de pavimentación. VEREDA.- Estas serán de concreto de 175 kg./cm2. correspondiente a una proporción de mezcla 1:2 de cemento, arena fi na respectivamente, y de un centímetro de espesor, bruñada cada 1.00 metro y con juntas cada cinco metros, construidos sobre un terraplén compactado, constituido de material limpio de buena calidad y que no contenga restos orgánicos. El desnivel de la vereda con respecto a la calzada terminada será de 0.20 m. SARDINELES.- En el extremo libre de la vereda se construirá en forma homogénea y monolítica, un sardinel de concreto de calidad y acabado semejante a la vereda y de dimensión 0.15 x 0.45 m. ACONDICIONAMIENTO DE BERMA.- Quedara en tierra de chacra nivelada y compactada para el sembrío de grass y arbustos. Artículo Tercero.- DISPONER que TRANSTAURO S.A.C., deberá efectuar la inscripción del lote único en el Registro de Predios de acuerdo al Plano de Lotización signado con el Nº 032-2010-HU-SGHU-GDU/MDSJL y a la siguiente descripción: Nº Lote Único AREA (m2) Frente Lado Derecho Lado Izquierdo Fondo Parcela A-5 1,775.99 43.19 ml. 39.71 ml. 42.18 ml. 43.51 ml. Artículo Cuarto.- ACEPTAR el pago de la redención en dinero del défi cit de aportes reglamentarios, hasta antes de la expedición de la Resolución que apruebe la Recepción de Obras, por tratarse la presente de una Habilitación Urbana Ejecutada en Vías de Regularización de Lote Único, según el siguiente cuadro: Cuadro General de Aportes, según Ordenanza Nº 836-MML ZONIFICACIÓN : Comercio Metropolitano – CM. ÁREA AFECTA A LOS APORTES : 2,645.00 m2 APORTE % ORD 836-MML PROYECTO DEFICIT PARQUES ZONALES (SERPAR) 5.00 132.25 m2 - 132.25 m2 RENOVACIÓN URBANA (FOMUR) 3.00 79.35 m2 - 79.35 m2 Servicios Públicos Complementarios (MUNICIPALIDAD DISTRITAL) 2.00 52.90m2 - 52.90m2 TOTAL 10.00 264.50 m2 - 264.50 m2 NOTA.- (*) El Défi cit de aportes reglamentarios por Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) ha sido redimido en dinero. (**) El Défi cit de aportes reglamentarios por Parques Zonales (SERPAR) y Renovación Urbana (FOMUR) serán redimidos en dinero. Artículo Quinto.- DÉJESE, como carga inscrita en el Registro de Predios, el pago pendiente por el défi cit de Aportes Reglamentarios correspondientes a Parques Zonales (SERPAR) de 132.25 m2 y Renovación Urbana (FOMUR) de 79.35 m2, dicha carga será levantada cuando se cumpla con los pagos de los défi cit de aportes. Artículo Sexto.- DISPONER que TRANSTAURO S.A.C., al concluir con las obras del proyecto de habilitación urbana deberá solicitar la recepción de obras, de acuerdo a lo indicado en el Numeral c. Artículo 13º de la Ley Nº 29090. Artículo Sétimo.- ESTABLECER que la presente licencia de Habilitación Urbana tiene una vigencia de treinta y seis (36) meses, conforme lo estipula el Artículo 11º de la Ley Nº 29090. Artículo Octavo.- REMITIR, un original del FUHU, copias de la presente resolución, un juego del Plano de Lotización, Plano de Ubicación y Localización y la Memoria Descriptiva, a la Municipalidad Metropolitana de Lima, asimismo, al Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA y a la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima S.A. – EMILIMA S.A., para su conocimiento, según lo establecido en el Artículo 18º del Decreto Supremo Nº 024 Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación, y su modifi catoria D.S. Nº 003- 2010-Vivienda. Artículo Noveno.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro incorporar la presente Habilitación Urbana en el Plan Urbano del distrito de San Juan de Lurigancho, siendo esta su competencia según lo establece el ROF vigente. Artículo Décimo.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano a cargo de los interesados en un plazo no mayor de (30) días calendario contados a partir de la notifi cación de la presente. Artículo Décimo Primero.- DISPONER el cumplimiento y notifi cación pertinente y de acuerdo a Ley, al administrado, del contenido de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RENZO GARCIA VERGARA Subgerente de Habilitaciones Urbanas 576632-1