Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2010 (12/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 12 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

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para la desafectacion de Uso de Suelo, opina que es improcedente la desafectacion solicitada, por cuanto dicha area es un Bien de Uso Publico local y por ello son inalienables, imprescriptibles e inembargables; ademas dicho bien no pierde la condicion a la categoria de area para uso de Biblioteca que fue asignada por COFOPRI. Que, mediante Informe Nº 694-2010-MDA/OGAJ la Oficina General de Asesoria Juridica, es de la opinion que se remitan los actuados a la Comision de Desarrollo MORDAZA del Concejo Municipal, con la finalidad de que sea evaluada la propuesta de desafectacion presentada por la organizacion recurrente, y posteriormente se emita el Acuerdo de Concejo correspondiente, en observancia de las consideraciones tecnicas senaladas por la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, y el citado Informe Legal, disponiendose ademas la remision de los actuados a la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana, de acuerdo al procedimiento establecido en la Ordenanza Nº 296/MML, modificada por Ordenanza Nº 786/MML. Que, mediante Ordenanza Nº 786-MML, Ordenanza que modifica el articulo 29º de la Ordenanza Nº 296-MML; establece que las desafectaciones en todos los casos, inclusive las de bienes de uso publico cuyos titulares MORDAZA las Municipalidades Distritales, seran aprobadas mediante Ordenanza Metropolitana con Dictamenes de las Comisiones de Desarrollo MORDAZA y Asuntos Legales del Concejo Metropolitano y previa opinion de la Municipalidad Distrital. Que, el inciso 6) del articulo 56º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que son bienes de propiedad municipal los aportes provenientes de las habilitaciones urbanas. De igual modo los articulos 59° y 65° del referido precepto legal establece que los bienes municipales pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotacion, arrendados o modificado su estado de posesion o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por Acuerdo de Concejo Municipal, estando facultadas las municipalidades para ceder en uso o conceder en explotacion bienes de su propiedad, a favor de personas juridicas del sector privado, a condicion de que MORDAZA destinados exclusivamente a la realizacion de obras o servicios de interes, o necesidad social, fijando un plazo, que segun lo establece el Codigo Civil en su articulo 1001°, en el caso de uso, disfrute, explotacion del bien ajeno, su plazo no podra exceder de treinta (30) anos. Que, mediante Dictamen Nº 032-2010-MDA/CDUyOP la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, recomienda Desaprobar la Desafectacion de Uso de Suelo para fines de vivienda del Lote B1 de la UCV 206, II Etapa, destinado a uso de Biblioteca; el cual cuenta con un area total de terreno de 347.70 m2 cuya area a desafectar es la totalidad, ubicado en la MORDAZA "R" del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de MORDAZA, solicitando se eleve al Pleno del Concejo Municipal para su debate y aprobacion correspondiente. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y de acuerdo a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y contando con el MORDAZA por mayoria de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, SE ACUERDA: Articulo 1º.- APROBAR el Dictamen Nº 032-2010MDA/CDUyOP de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, sobre Desaprobar la Desafectacion de Uso de Suelo para fines de vivienda del Lote B1 de la UCV 206, II Etapa, destinado a uso de Biblioteca; que cuenta con un area total de terreno de 347.70 m2, cuya area a desafectar es la totalidad, ubicado en la MORDAZA "R" del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima; y en merito a las consideraciones MORDAZA expuestas. Articulo 2º.DISPONGASE la Trascripcion y publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial "El Peruano" y poner en conocimiento del presente a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, y Sub Gerencia de Fiscalizacion Municipal para los fines convenientes.

Articulo 3º.- DISPONGASE a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, remitir los actuados a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para la continuacion del procedimiento, conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 296-MML y Ordenanza Nº 786-MML. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 576417-1

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Modifican Parametros Urbanisticos y Edificatorios aprobados por la Ordenanza Nº 235-MDL
ORDENANZA Nº 279-MDL Lince, 30 de noviembre del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTOS, en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 05, de fecha 24 de Noviembre del 2010, emitido por la Comision de Desarrollo MORDAZA, con el MORDAZA unanime de los senores regidores y, con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LOS PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS APROBADOS POR LA ORDENANZA Nº 235-MDL Articulo Primero.- Modificar de la Ordenanza Nº 235-MDL que aprueba los parametros urbanisticos y edificatorios para la aplicacion de la Ordenanza Nº 1017MML en el distrito de Lince, el penultimo y ultimo parrafo del articulo 4º; el MORDAZA parrafo del articulo 5º; el primer parrafo del articulo 11º; los articulos 12º, 13º, los incisos a.2 y b.2 del articulo 14º; el primer parrafo del articulo 15º, el primer parrafo del articulo 18º; el articulo 20º y el primer parrafo del articulo 21º, en los terminos siguientes: "Articulo 4º.ZONIFICACION (...) APLICACION DEL PLANO DE

En todo proyecto a desarrollarse en las zonas residenciales de densidades media y alta (RDM y RDA) y zonas comerciales (CV, CZ y CM) se debera presentar la certificacion de factibilidad de servicio de infraestructura de agua, desague y electricidad emitida por las respectivas empresas. Para anteproyectos y/o proyectos de: Conjuntos Residenciales o edificaciones con caracteristicas similares en zonificacion VT, RDM y RDA; Estaciones de Servicios (Grifos); Centros Educativos de mas de 500 alumnos; Centros Comerciales, Tiendas por Departamentos, Galerias Comerciales; Hoteles y Hostales a partir de cuatro estrellas; Hospitales, Centros de Salud y Clinicas, se debera presentar el Estudio de Impacto Ambiental y Estudio de Impacto Vial como requisito indispensable para su aprobacion por parte de la Comision Tecnica Distrital. Cuando el anteproyecto y/o proyecto se desarrolle con frente a Vias Metropolitanas la aprobacion sera de competencia de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 1268-MML. Articulo 5º.- ALTURAS DE EDIFICACION (...)

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