Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2010 (21/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, martes 21 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

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4.- Autorizacion Provisional para el funcionamiento del comercio ambulatorio en lugares publicos. 5.- Autorizacion para la realizacion de bailes, polladas, parrilladas y similares, en ambientes cerrados previa Autorizacion del Comite Distrital de Defensa Civil. Articulo 7º.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA COAYLA MORDAZA MORDAZA 580149-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de la obra del Proyecto de inversion "Construccion de Boulevard Del MORDAZA, Pistas y Veredas en el Distrito de Pueblo MORDAZA, Provincia y Departamento de Ica"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 021-2010-MDPN Pueblo MORDAZA, 17 de diciembre del 2010 VISTO: En Sesion Extraordinaria del Concejo Municipal de fecha Dieciseis de Diciembre del 2010, la propuesta del senor MORDAZA para la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion en situacion de emergencia para la contratacion de la obra del Proyecto de Inversion Publica "Construccion del Boulevard del MORDAZA, Pistas y Veredas en el Distrito de Pueblo MORDAZA, Provincia y Departamento de Ica; Convenio de Financiamiento entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Pueblo MORDAZA ­ Ica. CONSIDERANDO: Que, el dia miercoles 15 de agosto del ano 2007, se registro en la Region de Ica, terremoto de grado 7.9 el cual causo gran mortandad en la provincia de MORDAZA, Ica y Chincha, ademas de causar graves danos materiales, en las citadas provincias; y sus distritos, entre los que se incluye el Distrito de Pueblo MORDAZA, cuyo Local de la Municipalidad, instituciones publicas, MORDAZA de los vecinos, vias, MORDAZA de regadio, pozos de agua, alcantarillas colapsaron y/o fueron seriamente afectadas. Que, el Informe Nº 252-2010-D.O.P-MDPN-ICA, de fecha 03 de Diciembre del 2010, del encargado del Departamento de Obras del Departamento de obras Publicas de la Municipalidad Distrital de Pueblo MORDAZA de Ica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, donde indica en dicho informe la Necesidad de Aprobar la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion en para la contratacion de la obra del Proyecto de Inversion Publica "Construccion del Boulevard del MORDAZA, Pistas y Veredas en el Distrito de Pueblo MORDAZA, Provincia y Departamento de Ica. Que, el informe Tecnico Nº 020-OMOH ­ 2010, de fecha 06 de Diciembre del 2010, del Asesor Tecnico, Ingeniero Civil MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, donde emite opinion favorable por la procedencia en la exoneracion por causal de emergencia, del MORDAZA de seleccion para la ejecucion de la obra "Construccion del Boulevard Del MORDAZA, Pistas y Veredas en el Distrito de Pueblo MORDAZA, Provincia y Departamento de Ica", facultad que corresponde al concejo municipal en uso de sus atribuciones; de tal manera

que en forma efectiva e inmediata pueda solucionar los problemas que han servido como antecedentes para la elaboracion del presente informe. Que, el informe legal AJ-025-2010 del Abogado MORDAZA F. MORDAZA Jhong del estudio Abogado MORDAZA Jhong, quien emite opinion legal favorable a la procedencia de contratar via MORDAZA de exoneracion por causal de situacion de emergencia, para la contratacion de la obra, del proyecto de Inversion publica "Construccion del Boulevard Del MORDAZA, Pistas y Veredas en el Distrito de Pueblo MORDAZA, Provincia y Departamento de Ica". Asi mismo indico que el presente acuerdo de consejo que apruebe la exoneracion indicada, debera ser publicado en el sistema electronico de Contrataciones del Estado (SEACE), conforme dispone el reglamento de Contrataciones del Estado. Que, el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado ­ D.S.N° 184-2008-EF en su Articulo 128° precisa que la situacion de emergencia es aquella en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro o que afecten la defensa y seguridad nacional, la entidad debera contratar en forma inmediata lo estrictamente necesario para prevenir y atender los requerimientos generados como consecuencia directa del evento producido, asi como para satisfacer las necesidades sobrevinientes. Posterior, debera convocar los respectivos procesos de seleccion. Cuando no corresponda realizar un MORDAZA de seleccion posterior, en el informe tecnico legal respectivo se debe fundamentar las razones que motivan la contratacion definitiva. Toda contratacion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de efectuada la entrega del bien o la primera entrega en el caso de suministros, o del inicio de la prestacion del servicio o del inicio de la ejecucion de la obra, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Contrataciones de la Entidad, publicando la resolucion o acuerdo correspondientes y los informes tecnico y legal sustentatorios en el SEACE, debiendo remitir dicha informacion a la Contraloria General de la Republica, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de ejecucion de las prestaciones". Por estos fundamentos y de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por MAYORIA y con dispensa del tramite de lectura del acta y aprobacion de acta, el Concejo Distrital de Pueblo Nuevo: SE ACUERDA: Articulo Primero.- Exonerar del MORDAZA de seleccion para la contratacion del Proyecto de inversion "Construccion del Boulevard Del MORDAZA, Pistas y Veredas en el Distrito de Pueblo MORDAZA, Provincia y Departamento de Ica", bajo la modalidad de Situacion de Emergencia de conformidad con lo establecido en el articulo 133º del decreto supremo Nº 184-2008-FF, dispone que el acuerdo que dispone la exoneracion del MORDAZA de seleccion requiere de uno o mas informes previos de caracter tecnico-legal que justifiquen la necesidad y procedencia de la exoneracion. Articulo Segundo.- Publicar el Acuerdo de Concejo a expedirse, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de su aprobacion a traves del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE, de conformidad con lo establecido en el articulo 134º del Reglamento de la Ley, D. S. Nº 184-2008-EF. Articulo Tercero.- Remitir el referido Acuerdo, asi como los Informes Tecnicos-Legales, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion a la Contraloria General de la Republica, de conformidad con lo dispuesto en el numeral (2) de la Directiva Nº 0012009-CG/CA. Registrese, comuniquese y publiquese. FREDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA 580090-1

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