Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2010 (21/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, martes 21 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES
SUR OESTE:

431279

Que, la Ley 28458 del 07-01-2005 senala que el MORDAZA de Adecuacion de las Municipalidades de Centros Poblados a la Ley 27972 se inicia a solicitud de las Municipalidades de Centros Poblados o de Oficio por las Municipalidades Provinciales; Que, la solicitud de Adecuacion de Funcionamiento de la Municipalidad Delegada del Centro Poblado Menor de "Titire" a lo dispuesto en la Ley 27972 se ha iniciado a peticion de parte, para cuyo efecto la Municipalidad Provincial de "Mariscal Nieto" ha brindado el apoyo tecnico necesario a fin de que en dicho MORDAZA se cumpla con lo dispuesto por la Ley; Que, en consecuencia la Municipalidad Distrital de "San Cristobal" por Acuerdo de Concejo Nº 012-2009MDSCC-C del 07-12-2009 ha aprobado la Delegacion de Competencias y Funciones para la Adecuacion de la Municipalidad Delegada del Centro Poblado Menor de "Titire" conforme a Ley; asimismo, por Acuerdo de Concejo Nº 004-2010-MDSCC-C de fecha 25-022010 han aprobado la Transferencia de Recursos a la Municipalidad del Centro Poblado de "Titire", asi como los documentos de Gestion y el Plano Perimetrico contenido en el Expediente del Estudio de la "Demarcacion Territorial del Centro Poblado de Titire; Que, el area de Catastro de la Subgerencia de Planeamiento, Control MORDAZA y Acondicionamiento Territorial de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA Ambiental y Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Provincial de "Mariscal Nieto" ha formulado el Informe Nº 111-2010-OC/MPMN de fecha 20-07-2010, sobre la Propuesta de la Delimitacion Jurisdiccional del Centro Poblado de "Titire"; POR CUANTO: El Concejo Provincial de "Mariscal Nieto" en uso de las facultades concedidas por el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru promulgada el 29-12-1993 y modificada por Ley 27680 de fecha 06-03-2002, al MORDAZA de la Ley Organica de Municipalidades 27972 del 2605-2003, Ley 8230 de fecha 03-04-1936, Ley 28458 del 07-01-2005, Resolucion Municipal 028-2002-MUNIMOQ de fecha 27-11-2002, Acuerdo de Concejo 012-2009MDSCC-C del 07-12-2009 y Acuerdo de Concejo 0042010-MDSCC-C de fecha 25-02-2010, ha aprobado en "Sesion Ordinaria" del 17-09-2010, la siguiente: ORDENANZA: "ADECUACION DE LA MUNICIPALIDAD DELEGADA DEL CENTRO POBLADO MENOR DE TITIRE POR LA DE MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE TITIRE" Articulo 1º.- Aprobar la Adecuacion de la Municipalidad Delegada del Centro Poblado Menor de "Titire" por la de Municipalidad del Centro Poblado de "Titire", ubicado en la jurisdiccion del Distrito de "San Cristobal" de la Provincia de "Mariscal Nieto" del Departamento de "Moquegua". DELIMITACION TERRITORIAL: Articulo 2º.- Aprobar el Plano Perimetrico del Centro Poblado de "Titire" segun contenido en el Expediente del Estudio de la "Demarcacion Territorial del Centro Poblado de Titire", conforme a las siguientes colindancias y medidas perimetricas: NORTE ESTE: Con la Region MORDAZA sobre la divisoria de agua, punto E=359793.2203, N=8179580.9682, Cerro Jaralaya, MORDAZA Chelacache, Cerro Huantanani, Cerro Pinquillolaca, MORDAZA Quihuire. SUR ESTE: Con el MORDAZA Quihuire, CP. Aruntaya (Comunidad Campesina de Aruntaya), Rio Vizcachas.

Con el CP. Aruntaya (Comunidad Campesina Aruntaya), Rio Vizcachas hasta la Interseccion con el Rio Titire. NOR OESTE: Con la Interseccion del Rio Vizcachas con el Rio Titire sigue el limite Provincial de General MORDAZA Cerro hasta el limite con la Region MORDAZA (Punto E=359793.2203, N=8179580.9682). AREA PERIMETRO FUNCIONES DELEGAN: : 23,664.20 Has. : 82.27 Km. Y COMPETENCIAS QUE SE

Articulo 3º.- Aprobar las Funciones y Competencias que Delega la Municipalidad Distrital de "San Cristobal" a la Municipalidad del Centro Poblado de "Titire", quedando establecida de la siguiente manera: 1.- EN MATERIA DE ORGANIZACION DEL ESPACIO FISICO Y USO DEL SUELO: a) Otorgamiento de licencia de construccion, remodelacion o demolicion. b) Elaboracion y mantenimiento del catastro urbano. c) Autorizacion para ubicacion de anuncios, avisos publicitarios y propaganda turistica entre otros. 2.- EN MATERIA DE SANEAMIENTO, SALUBRIDAD Y SALUD: a) Controlar y ejecutar el servicio de limpieza publica utilizando los rellenos sanitarios determinados para la Municipalidad del Centro Poblado. b) Ejecutar la limpieza y mantenimiento de parques y jardines de su jurisdiccion. c) Implementar, reglamentar y responsabilizarse del servicio de abastecimiento de agua potable y alcantarillado. 3.- EN MATERIA DE EDUCACION, CULTURA, DEPORTE Y RECREACION: a) Promover el desarrollo humano sostenible en su jurisdiccion, propiciando el desarrollo de sus comunidades educativas. b) Fortalecer el MORDAZA solidario y el trabajo colectivo orientado hacia el desarrollo de la convivencia social, armonica y productiva, a la prevencion de desastres naturales y a la Seguridad Ciudadana. c) Organizar y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros, talleres de arte en el Centro Poblado. d) Impulsar una cultura civica de respeto a los bienes comunales, de mantenimiento, de limpieza, de conservacion y mejora de ornato local. 4.- EN MATERIA DE ABASTECIMIENTO Y COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS Y SERVICIOS: a) Realizar el control de pesas y medidas, asi como evitar el acaparamiento, la especulacion y adulteracion de productos y servicios. b) Otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales y profesionales con excepcion de las licencias para la apertura de establecimientos industriales y locales de diversion nocturna. 5.- EN MATERIA DE TRIBUTACION MUNICIPAL: a) Recaudar los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines, en el ambito de su jurisdiccion 6.- EN MATERIA DE SEGURIDAD CIUDADANA: a) Contribuir con el establecimiento de un sistema de seguridad ciudadana, con participacion de la sociedad civil y de la PNP.

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