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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (21/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 21 de diciembre de 2010 431280 b) Coordinar en las tareas de Defensa Civil, con sujeción a las normas establecidas en lo que respecta al Comité de defensa Civil Distrital. 7.- EN MATERIA DE PROGRAMAS SOCIALES, DEFENSA Y PROMOCION DE DERECHOS: a) Implementar y administrar la Ofi cina de Registro Civil. b) Impulsar la creación de la Defensoría del Niño y del Adolescente y OMAPED. c) Implementar, administrar el Programa del Vaso de Leche. d) Organizar y registrar el Comité del Club de Madres. e) Administrar el cementerio de su jurisdicción. f) Registrar organizaciones de transporte de vehículos menores. g) Mantener el registro de las organizaciones, comunidades y otros de su competencia dentro de la normatividad general. 8.- EN MATERIA DE PROMOCION DEL DESARROLLO ECONOMICO DEL CENTRO POBLADO: a) Diseñar un Plan Estratégico para el desarrollo económico sostenible del Centro Poblado y un Plan Operativo anual de la Municipalidad del Centro Poblado, implementándolo en función de los recursos disponibles a través de procesos participativos. b) Concertar con Instituciones del Sector Público y Privado sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorecen el desarrollo económico del Centro Poblado. c) Brindar la información económica necesaria sobre la actividad productiva del Centro Poblado en función de la información disponible, a las instancias Distritales, Provinciales y Regionales. REGIMEN DE ORGANIZACION INTERNA: Artículo 4º.- Aprobar el Régimen de Organización Interna de la Municipalidad del Centro Poblado de “Titire”, quedando establecidas de la siguiente manera: A.- ORGANIZACION INTERNA: De conformidad a la Estructura Básica de las Municipalidades, esta debe contar con órganos de Gobierno que lo integran el Concejo Municipal y la Alcaldía. a) CONCEJO MUNICIPAL: Corresponderá al Concejo Municipal ejercer la función normativa y fi scalizadora, siendo sus atribuciones las siguientes: 1.- Proponer a la Municipalidad Distrital de “San Cristóbal - Calacoa”, la creación, modifi cación, supresión y/o exoneración de tasas, contribuciones, arbitrios, licencias y derechos que les compete. 2.- Fiscalizar la gestión administrativa de la Municipalidad. 3.- Aceptar donaciones, legados, Etc. b) ALCALDIA: Corresponde al Alcalde del Centro Poblado de Titire ejercer las funciones ejecutivas y Representar a la Municipalidad; siendo sus atribuciones las siguientes: 1.- Elaborar el Presupuesto Anual referencial de funcionamiento, así como las Rendiciones de Cuentas por los ingresos recibidos 2.- Defender y cautelar los derechos e intereses de la Municipalidad. 3.- Convocar, presidir y dar por concluida las Sesiones de Concejo Municipal. 4.- Firmar y ejecutar los Acuerdos de Concejo Municipal. 5.- Dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las Leyes y Ordenanzas. 6.- Contratar los servicios necesarios para el normal funcionamiento de la Municipalidad 7.- Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el funcionamiento de la Institución. 8.- Atender y resolver los pedidos que formulen los vecinos y las organizaciones vecinales o de ser el caso tramitarlos ante los órganos competentes. B.- ESTRUCTURA ORGANICA: Comprende lo siguiente: 1.- Concejo Municipal. 2.- Alcaldía. 3.- Administración Municipal. 4.- Departamento de Servicios Locales. 5.- Departamento de Rentas. RECURSOS QUE SE ASIGNA: Artículo 5º.- La Municipalidad Distrital de “San Cristóbal” asignará del FONCOMUN en forma mensual un Presupuesto equivalente al monto de una Unidad Impositiva Tributaria a favor de la Municipalidad del Centro Poblado de “Titire”, para el cumplimiento de la prestación de los servicios públicos Delegados. Artículo 6º.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. EDMUNDO ELISEO COAYLA OLIVERA Alcalde 580150-1 Aprueban adecuación de funcionamiento de Municipalidad por la de Municipalidad del Centro Poblado de Sacuaya, ubicado en el distrito de Cuchumbaya ORDENANZA MUNICIPAL Nº 026-2010-MPMN Moquegua, 29 de octubre de 2010 EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”: VISTO, en “Sesión Ordinaria” del 27-10-2010, el Dictamen Nº 007-2010-COPV/MPMN de Registro Nº 17809-2010, sobre Adecuación de la Municipalidad del Centro Poblado Menor de “Sacuaya” como Municipalidad del Centro Poblado de “Sacuaya”. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la Décimo Segunda Disposición Complementaria de la Ley 27972, establece que las Municipalidades de Centros Poblados creadas a la vigencia de la presente Ley, adecuan su funcionamiento en lo que sea pertinente, manteniendo su existencia en mérito a la adecuación respectiva y las Ordenanzas que sobre el particular se expidan; Que, por Resolución Municipal Nº 46-98-MUNIMOQ de fecha 24-12-1998, se ha creado la Municipalidad del Centro Poblado Menor de “Sacuaya” en la jurisdicción