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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (22/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de diciembre de 2010 431294 Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 1745/INC de fecha 17 de noviembre de 2009, se declaró patrimonio cultural de la Nación, entre otros, a la zona arqueológica monumental El Purgatorio, ubicada en el distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash; Que, mediante Informe N° 1604-2010-CSBG-SDIC- DA-DREPH/INC de fecha 09 de agosto de 2010, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología da cuenta de la delimitación en campo de los monumentos arqueológicos prehispánicos El Purgatorio, Pampa de las Llamas – Moxeke, Pampa Rosario, Cerro Sechín, Sechín Alto, Sechín Bajo y Las Aldas, comunicando que por falta de tiempo no se pudo delimitar el sitio arqueológico Pampa Colorada, existiendo una serie de afectaciones a los monumentos; Que, mediante Acuerdo N° 0994 de fecha 12 de agosto de 2010, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura lo siguiente: 1. Modifi car el Artículo 1° de la Resolución Directoral Nacional N° 408/INC de fecha 02 de junio de 2004, en el extremo referido a la clasifi cación del monumento arqueológico prehispánico Las Aldas. 2. Modificar el Artículo 1° de la Resolución Directoral Nacional N° 057/INC de fecha 19 de enero de 2006, en el extremo referido a la clasificación y ubicación política del monumento arqueológico prehispánico Sechín Alto. 3. Declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos Pampa de las Llamas – Moxeque, Cerro Sechín, Pampa Rosario y Sechín Bajo, ubicados en el distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash. 4. Aprobar los expedientes técnicos (plano de delimitación, memoria descriptiva y ficha técnica) de los monumentos arqueológicos prehispánicos Las Aldas, Sechín Bajo, Pampa Rosario, Sechín Alto, El Purgatorio, Cerro Sechín y Pampa de las Llamas – Moxeke. Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley N° 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público. Asimismo, a través del Decreto Supremo N° 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decretó la fusión en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorción, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo proceso concluyó el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nación, material e inmaterial; Que, el literal a) del Artículo 14° de la Ley N° 29565 señala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, “Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional”; Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, declara de interés social y de necesidad pública la identifi cación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; Que, estando a lo señalado en el inciso 3º del Artículo 26º de la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Resolución Ministerial Nº 016-2010-MC de fecha 06 de octubre de 2010, a través de la cual se autoriza al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales a expedir resoluciones correspondientes a los procedimientos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos que correspondía aprobar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, en tanto se aprueben los documentos de gestión del Ministerio de Cultura; Que, de acuerdo a los considerandos precedentes, corresponde emitir la Resolución Viceministerial que formalice lo acordado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley N° 29565 – Ley de creación del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo N° 001-2010-MC, que aprueba la fusión de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura; Resolución Suprema N° 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modificada por Resolución Suprema N° 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modificar el Artículo 1° de la Resolución Directoral Nacional N° 408/INC de fecha 02 de junio de 2004, en el extremo referido a la clasificación del monumento arqueológico prehispánico Las Aldas, debiendo corresponderle la de Sitio Arqueológico, ratificando los demás extremos del precitado Artículo. Artículo 2°.- Modifi car el Artículo 1° de la Resolución Directoral Nacional N° 057/INC de fecha 19 de enero de 2006, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1°.- Declarar patrimonio cultural de la Nación al sitio arqueológico Sechín Alto, ubicado entre los distritos de Casma y Buena Vista Alta, provincia de Casma, departamento de Ancash” Artículo 3°.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos cuya ubicación se detalla en los siguientes cuadros: Departamento Ancash Provincia Casma Nombre de la zona arqueológica monumental Distrito Datum PSAD56 Zona 17 Datum WGS84 Zona 17 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Pampa de las Llamas – Moxeke Casma 0804385.4028 (SPLL) 8948974.2503 (SPLL) 0804127.0893 (SPLL) 8948610.9088 (SPLL) 0804144.0786 (SM) 8947825.2392 (SM) 0803885.7603 (SM) 8947461.9061 (SM) Cerro Sechín Casma 0800246.8788 8950545.9466 0799988.5961 8950182.6441 Departamento Ancash Provincia Casma Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 17 Datum WGS84 Zona 17 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Pampa Rosario Casma 0802981.2312 8950726.4594 0802722.9220 8950363.1286 Sechín Bajo Casma 0800309.0839 8953239.3477 0800050.7841 8952876.0216 Artículo 4°.- Aprobar los expedientes técnicos (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de los siguientes monumentos arqueológicos prehispánicos de acuerdo a los planos, áreas y perímetros que a continuación se consignan: Nombre del sitio arqueológico Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Las Aldas PP-054-INC_ DREPH-DA-SDIC- 2010 PSAD56 PP-054-INC_ DREPH-DA- SDIC- 2010 WGS84 1244979.94 124.4980 5194.11 Sechín Bajo PP-058-INC_ DREPH-DA-SDIC- 2010 PSAD56 PP-058-INC_ DREPH-DA- SDIC-2010 WGS84 877187.88 87.7188 4115.81 Pampa Rosario PP-056-INC_ DREPH-DA-SDIC- 2010 PSAD56 PP-056-INC_ DREPH-DA- SDIC-2010 WGS84 1072379.55 107.2380 4335.89 Sechín Alto PP-057-INC_ DREPH-DA-SDIC- 2010 PSAD56 PP-057-INC_ DREPH-DA- SDIC-2010 WGS84 178122.00 17.8122 2195.82