Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2010 (22/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

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de la Nacion, debera contar con la aprobacion previa del organo competente del Ministerio de Cultura. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA fedateada de la presente resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

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Aprueban expedientes tecnicos de monumentos arqueologicos prehispanicos ubicados en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 252-2010-VMPCIC-MC
MORDAZA, 13 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nacional N° 848/ INC de fecha 15 de junio de 2009, se declaro patrimonio cultural de la Nacion, entre otros, a los monumentos arqueologicos prehispanicos Uquira V, Uquira VI, Uquira VII y Uquira VIII, ubicados en el distrito de Coayllo, provincia de Canete, departamento de Lima; Que, mediante Informe N° 1937-2010-KMAG-SDICDA-DREPH/INC de fecha 20 de setiembre de 2010, la Sub Direccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia recomienda que los expedientes tecnicos de los monumentos arqueologicos prehispanicos Uquira V, Uquira VI, Uquira VII y Uquira VIII MORDAZA derivados a la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia para su evaluacion y aprobacion; Que, mediante Acuerdo N° 1196 de fecha 23 de setiembre de 2010, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura aprobar los expedientes tecnicos (plano de delimitacion, memoria descriptiva y ficha tecnica) de los monumentos arqueologicos prehispanicos Uquira V, Uquira VI, Uquira VII y Uquira VIII, ubicados en el distrito de Coayllo, provincia de Canete, departamento de Lima; Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, declara de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley N° 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, mediante Ley N° 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico. Asimismo, a traves del Decreto Supremo N° 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decreto la fusion en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorcion, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo MORDAZA concluyo el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nacion, material e inmaterial; Que, el literal a) del Articulo 14° de la Ley N° 29565 senala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional"; Que, estando a lo senalado en el inciso 3º del Articulo 26º de la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Resolucion Ministerial Nº 016-2010-MC de fecha 06 de octubre de 2010, a traves de la cual se autoriza al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales a expedir resoluciones

correspondientes a los procedimientos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos que correspondia aprobar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, en tanto se aprueben los documentos de gestion del Ministerio de Cultura; Que, de acuerdo a los considerandos precedentes, corresponde emitir la Resolucion Viceministerial que formalice lo acordado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Arqueologia y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley N° 29565 ­ Ley de creacion del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo N° 001-2010-MC, que aprueba la fusion de entidades y organos en el Ministerio de Cultura; Resolucion Suprema N° 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, modificada por Resolucion Suprema N° 012-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar los expedientes tecnicos (plano de delimitacion, memoria descriptiva y ficha tecnica) de los siguientes monumentos arqueologicos prehispanicos de acuerdo a los planos, areas y perimetros que a continuacion se consignan:
Nombre del sitio N° de Plano en N° de Plano en arqueologico Datum PSAD56 Datum WGS84 Uquira V PP-103-INC_ DREPH/DA/ SDIC-2010 PSAD56 PP-104-INC_ DREPH/DA/ SDIC-2010 PSAD56 PP-105-INC_ DREPH/DA/ SDIC-2010 PSAD56 PP-103-INC_ DREPH/DA/ SDIC-2010 WGS84 PP-104-INC_ DREPH/DA/ SDIC-2010 WGS84 PP-105-INC_ DREPH/DA/ SDIC-2010 WGS84 Area (m2) Area (ha) Perimetro (m) 1040.03

43972.33 4.3972

Uquira VI y UquiraVII

19274.18 1.9274

905.2

Uquira VIII

66501.36 6.6501

1216.41

Articulo 2°.- Encargar a la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de los planos senalados en el Articulo 1° de la presente resolucion. Articulo 3°.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueologicos prehispanicos mencionados en la presente resolucion, debera contar con la aprobacion previa del organo competente del Ministerio de Cultura. Articulo 4°.- Remitir MORDAZA fedateada de la presente resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

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DEFENSA
Asignan al Viceministerio de Recursos para la Defensa competencias relacionadas con la planificacion, el presupuesto, el analisis economico y las inversiones para la Defensa y delegan facultades en materia presupuestal al Viceministro de Recursos para la Defensa
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1502-2010-DE/SG
MORDAZA, 20 de diciembre de 2010

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