Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2010 (29/12/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

431870

NORMAS LEGALES
VISTO:

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de diciembre de 2010

600.00). Dicho monto MORDAZA no es aplicable para la contratacion de abogados y peritos independientes para la defensa del Estado en el exterior. 2.3 En ningun caso, el gasto mensual por servicios de telefonia movil, servicio de comunicaciones personales (PCS) y servicio de MORDAZA multiples de seleccion automatica (troncalizado) excedera al monto resultante de la multiplicacion del numero de equipos por Doscientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 200,00), considerando dentro de dicho monto el costo del alquiler del equipo, asi como al valor agregado al servicio, segun sea el caso. La diferencia de consumo en la facturacion es abonada por el funcionario o servidor que tenga asignado el equipo conforme al procedimiento que se establezca en la mencionada Directiva. Esta restriccion no es aplicable al Titular de la Entidad, Gerente General y Gerente Adjunto de Regulacion Tarifaria. 2.4 La operacion y uso de los telefonos fijos se hace mediante codigos individuales que permiten predeterminados privilegios de acceso (llamadas locales, nacionales o internacionales y a telefono movil), cuya utilizacion es de absoluta responsabilidad del propio usuario. En tal sentido, se dispone que: a) Las llamadas a telefonos celulares, servicio nacional y servicio internacional estaran permitidas solo a los telefonos asignados en los despachos de los titulares de la Alta Direccion, Gerencia General, Gerente Adjunto, Gerentes, Jefes de Oficina o funcionarios del mismo rango, Jefes de Unidad o de Area, asi como sus respectivas secretarias. La excepcion a esta MORDAZA sera autorizada por el Gerente General. b) La Oficina de Sistemas informara mensualmente a cada Gerencia y Jefe de Oficina acerca del record de llamadas telefonicas del personal de las mismas, a fin de procurar un mejor control sobre dichos gastos. c) El servicio de roaming internacional no estara sujeto a restricciones cuando un funcionario de OSINERGMIN realice viajes al exterior y cuente con autorizacion expresa del Titular de la Entidad para la utilizacion de este servicio. d) La Oficina de Administracion y Finanzas debera proponer a la Gerencia General medidas de racionalizacion respecto de las lineas telefonicas actualmente contratadas. 2.5 La Oficina de Administracion y Finanzas del OSINERGMIN, se sujeta a los dispuesto por el numeral 10.6 del articulo 10º de la Ley de Presupuesto y las normas que para tal efecto emita el MINAM y los procesos del Sistema Integrado de Gestion (SIG) que incluyen temas de Ecoeficiencia, a fin de contribuir con el ahorro en el gasto publico. Articulo 3°.- La presente Resolucion rige a partir del 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2011. Articulo 4°.- La presente Resolucion debera publicarse en la pagina WEB del OSINERGMIN y en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 583035-1

El Memorando N° 798-2010 de la Gerencia de Fiscalizacion Minera, por el cual se remite la propuesta de Tipificacion de infracciones y escala de multas y sanciones de seguridad y salud ocupacional para las actividades mineras; CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto por el articulo 1º de la Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, el Consejo Directivo esta facultado para tipificar los hechos y omisiones que configuran infracciones administrativas, asi como aprobar la Escala de Multas y Sanciones. Que mediante Decreto Supremo N° 016-2009-EM, se establecen disposiciones para las auditorias de los sistemas de gestion en seguridad y salud en el trabajo en empresas mineras. Que mediante Decreto Supremo Nº 055-2010-EM publicado el 22 de agosto de 2010, se ha aprobado el MORDAZA Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional el cual entrara en vigencia el 1 de enero de 2011. Que la disposicion complementaria transitoria tercera del Decreto Supremo Nº 055-2010-EM, modificada por el Decreto Supremo Nº 060-2010-EM, dispone que el OSINERGMIN en un plazo MORDAZA que no excedera el 31 de diciembre de 2010, debera aprobar la tipificacion de las infracciones administrativas y determinar las sanciones a aplicar. Que, conforme al articulo 13° de la Ley Nº 28964, para el ejercicio de las funciones de fiscalizacion y supervision de las actividades mineras, el Consejo Directivo de OSINERGMIN esta facultado para tipificar los hechos y omisiones que configuran infracciones administrativas. Que, conforme al articulo 22º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo del OSINERGMIN a traves de resoluciones. Que, la Gerencia de Fiscalizacion Minera ha presentado el proyecto de Tipificacion de infracciones y escala de multas y sanciones de seguridad y salud ocupacional para las actividades mineras, con la finalidad de facilitar la labor de supervision y fiscalizacion de las actividades mineras y que las empresas supervisadas puedan prever aquellas conductas generadoras de infracciones administrativas. Que, vista la propuesta presentada por la Gerencia de Fiscalizacion Minera con opinion favorable de la Gerencia Legal y la Oficina de Estudios Economicos: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion: Apruebese la Tipificacion de infracciones y escala de multas y sanciones de seguridad y salud ocupacional para las actividades mineras. Articulo 2°.- Publicacion: Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano", en el MORDAZA del Estado Peruano y en el MORDAZA institucional del OSINERGMIN. Articulo 3°.- Vigencia La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4°.- Derogacion Deroguese la Resolucion de Consejo Directivo N° 2602009-OS/CD y el rubro 2 del anexo 2 de la Resolucion de Consejo Directivo N° 211-2009-OS/CD. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN

Aprueban Tipificacion de infracciones y escala de multas y sanciones de seguridad y salud ocupacional para las actividades mineras
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 286-2010-OS/CD MORDAZA, 21 de diciembre de 2010

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.