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El Peruano Lima, domingo 10 de enero de 2010 410804 SERVICIO COLATERAL Unidad Costo S/. Costo Total S/. Factibllidad de servicio Cnx. 16.43 19.55 Factibilidad de servicio para nuevas habilitaciones urbanas Ha. 10.31 12.27 Revisión y aprobación de proyectos Ha. 76.46 90.99 Supervisión de obras Ha. 58.46 69.57 Nota: Los costos consideran Gastos Generales y el Impuesto General a las Ventas Costo = Costo directo + Gastos Generales (12% del Costo Directo) Impuesto General a las Ventas (I.G.V.) = (Costo directo + Gastos generales)*19% Costo Total = (Costo directo + Gastos generales + I.G.V.) 1 Publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”, el 5 de febrero de 2007. 2 Publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”, el 29 de noviembre de 2009. 443630-1 Proyecto de Resolución que aprueba los Precios de los Servicios Colaterales que EMSAPA CALCA S.R.L. presta a sus usuarios RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 002-2010-SUNASS-CD Lima, 5 de enero de 2010 VISTOS: El Ofi cio Nº 063-GG-EPS-EMSAPA CALCA S.R.L.-C- 2009, presentado por EMSAPA CALCA S.R.L., mediante el cual solicita la aprobación de los Precios de los Servicios Colaterales que prestan a sus usuarios. El Ofi cio N° 075-GG-EPS-EMSAPA CALCA S.R.L.-C- 2009, mediante el cual EMSAPA CALCA S.R.L. remite los documentos con los cuales subsana las observaciones formuladas por la SUNASS a través del Ofi cio N° 106- 2009-SUNASS-110. La Resolución N° 023-2009-SUNASS-GRT, mediante la cual la Gerencia de Regulación Tarifaria admite a trámite la solicitud de EMSAPA CALCA S.R.L. para la determinación de los Precios de los Servicios Colaterales, dando inicio al procedimiento establecido en la Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD1, El Memorándum N° 340-2009-SUNASS-110, de la Gerencia de Regulación Tarifaria, a través del cual presenta el análisis que contiene la propuesta de Precios de los Servicios Colaterales que serán de aplicación por EMSAPA CALCA S.R.L. para el próximo quinquenio; CONSIDERANDO: Que, el artículo 41º de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, establece que la SUNASS aprobará los procedimientos para la determinación de los precios que deben cobrarse por la prestación de servicios colaterales que, por su naturaleza, sólo pueden ser realizados por las entidades prestadoras; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 061- 2009-SUNASS-CD, de fecha 22 de diciembre de 20092, se aprobó la publicación del Proyecto de Resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por EMSAPA CALCA S.R.L. para el próximo quinquenio, no habiéndose incluido la propuesta tarifaria para los servicios colaterales; Que, la Primera Disposición Transitoria del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD, establece que las EPS que cuenten con fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión aprobadas por la SUNASS, pero que no hayan incluido la propuesta tarifaria para los servicios colaterales, podrán solicitar la aprobación de su propuesta tarifaria para los servicios colaterales, debiendo seguir el procedimiento descrito en el Capítulo 2 del Título 3 del citado Reglamento; Que, en virtud de lo dispuesto en los artículos 25º, 26º y la Primera Disposición Transitoria del Reglamento General de Tarifas, corresponde que en el presente procedimiento se lleve a cabo lo siguiente: (i) la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la SUNASS del Proyecto de Resolución que aprueba los Precios de los Servicios Colaterales que la EPS presta a sus usuarios, así como su exposición de motivos y la relación de informes que constituyen el sustento del referido Proyecto de Resolución; y, (ii) la convocatoria a audiencia pública para que la SUNASS sustente la propuesta de Precios de los Servicios Colaterales; Estando a lo acordado en la sesión de Consejo Directivo N° 001-2010-SUNASS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación del Proyecto de Resolución que aprueba los Precios de los Servicios Colaterales que EMSAPA CALCA S.R.L. presta a sus usuarios, así como su exposición de motivos y la relación de informes que constituyen el sustento del referido proyecto, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). Artículo Segundo.- Disponer la convocatoria a audiencia pública en la que la SUNASS sustentará la propuesta de los Precios de los Servicios Colaterales que EMSAPA CALCA S.R.L. presta a sus usuarios, debiendo publicarse el aviso de convocatoria correspondiente en el Diario Ofi cial El Peruano, en el diario de mayor circulación en el ámbito de prestación de servicios de EMSAPA CALCA S.R.L. y en la página web de la SUNASS. Artículo Tercero.- La audiencia pública a la que se refi ere el artículo anterior se llevará a cabo en el día, hora y lugar que la Gerencia General de la SUNASS oportunamente señale en el aviso de convocatoria y de acuerdo con las reglas aprobadas por la SUNASS, las cuales forman parte de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Los interesados podrán presentar sus comentarios sobre el Proyecto de Resolución a que se refi ere el artículo primero en el local institucional de la SUNASS, ubicado en la Calle Bernardo Monteagudo Nº 210-216, Magdalena del Mar, o por vía electrónica a audienciacalca@sunass.gob.pe, hasta cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de realización de la audiencia pública. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Usuarios efectuar las coordinaciones necesarias para el desarrollo de la audiencia pública. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ SALAZAR BARRANTES Presidente del Consejo Directivo RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° XX-XXXX-SUNASS-CD Lima, xx de xxxxx de xxxx VISTOS: La Resolución N° 023-2009-SUNASS-GRT, mediante la cual la Gerencia de Regulación Tarifaria admite a trámite la solicitud presentada por EMSAPA CALCA S.R.L. para la determinación de los Precios de los Servicios PROYECTO