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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de febrero de 2010 413691 16. Programar, elaborar, dirigir y controlar los estudios y proyectos referidos a viabilidad y transporte urbano. 17. Elaborar estudios técnicos de tráfi co, características físicas y operacionales de las vías, análisis y capacidad de las vías, determinación de nivel de servicio de cada vía, entre otros. 18. Hacer cumplir las normas sobre materia de tránsito y transporte, aplicando la normatividad especial sancionadora en servicios de transporte público especial de pasajeros y/o carga en vehículos menores 19. Velar por el cumplimiento de la normatividad en materia de otorgamiento de licencias de vehículos menores y similares. 20. Autorizar, registrar y controlar a personas jurídicas para la presentación del servicio de transporte en vehículos menores, aplicando la normatividad especial sancionadora en servicios de transporte público especial de pasajeros y/o carga en vehículos menores. 21. Proponer al Gerente de Desarrollo Económico la ejecución de Cursos de Educación Vial y Capacitación a las Personas Naturales y jurídicas que cuentan con la debida Autorización de Operación para prestar servicio de Transporte menor. COMPETENCIAS: Las competencias de la Sub Gerencia de Transporte, Tránsito y Viabilidad Local son: 1. Formular y ejecutar el Plan Operativo de la unidad orgánica a su cargo 2. Proponer al Gerente Municipal el Plan Maestro de Movilidad Urbana. 3. Autorizar y registrar a personas jurídicas o naturales, según corresponda, para la prestación del servicio de transporte en vehículos menores. 4. Reglamentar, controlar y regular el servicio público de transporte urbano de rutas, zonas y paraderos de vehículos menores. 5. Promover el desarrollo del programa de educación y seguridad vial. 6. Proponer diseños de proyectos que permitan la mejora continua del tránsito y trasporte, en el corto, mediano y largo plazo; teniendo en consideración la normatividad vigente. 7. Emitir resoluciones Sub Gerenciales en los asuntos de su competencia. 8. Resolver en primera instancia los recursos impugnativos presentados en relación con los trámites de autorizaciones, certifi caciones y registros en el ámbito de su competencia. 9. Coordinar, supervisar, controlar y evaluar la correcta formulación y aplicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, en el ámbito de su competencia. 10. Proponer la mejora de procesos y de procedimientos en su área, propendiendo a la mejora continua de los mismos, a través de Directivas y Manuales de Procedimientos, elaborados en coordinación con la Gerencia de Planifi cación 11. Cumplir con las demás funciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funciones y las asignadas por el Gerente de Desarrollo Urbano. Artículo Noveno.- Los documentos de gestión municipal como son: Plan Operativo y Presupuesto, Cuadro de Asignación de Personal (CAP), Presupuesto Analítico de Personal (PAP), TUPA, RAS, serán adecuados progresivamente a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Décimo.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas complementarias en relación con las modifi caciones y normas complementarias a la presente Ordenanza, siempre que no desvirtúe los principios de ésta. Artículo Décimo Primero.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como su publicación en la Página Web de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho. Artículo Décimo Segundo.- Disponer la remisión de la presente Ordenanza al Consejo Nacional de Descentralización. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL