Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2010 (11/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES

413675

POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Visto en la Sesion Ordinaria del Concejo de fecha 28 de enero del 2010, los Dictamenes Nos. 017-2010MML-CMAEO, 154-2009-MML-CMAL y 009-2009-MMLCMMASBS, de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Economicos y Organizacion, Asuntos Legales y Medio Ambiente, Salud y Bienestar Social; y, De conformidad con el articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar, articulos 9°, 56° y 161° de la Ley Organica de Municipalidades; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MORDAZA NORMATIVO PARA IMPULSAR EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL MECANISMO DE DESARROLLO LIMPIO - MDL TITULO I GENERALIDADES CAPITULO I DEL OBJETO, AMBITO Y DEFINICIONES Articulo 1°.- Objeto La presente Ordenanza tiene por objeto establecer el MORDAZA normativo para impulsar el desarrollo de proyectos del Mecanismo de Desarrollo Limpio en el ambito de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, con el objeto fundamental de contribuir a estabilizar las concentraciones de Gases de Efecto Invernadero en la atmosfera y colateralmente, obtener los Certificados de Emisiones Reducidas ­ CERs para su venta en el MORDAZA Internacional del Carbono. Articulo 2°.- Ambito Las disposiciones establecidas en la presente Ordenanza son de aplicacion a todos los proyectos que se desarrollen en los bienes de propiedad de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA o se relacionen con la prestacion de servicios publicos, cuya regulacion es competencia exclusiva de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, que MORDAZA susceptibles de calificar como Mecanismo de Desarrollo Limpio de acuerdo con la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre Cambio Climatico, el Protocolo de Kyoto y normas conexas en el MORDAZA de las regulaciones vigentes a nivel nacional sobre estos aspectos. Articulo 3°.- Definiciones Las definiciones de terminos relacionados con la materia a regular y que requieren mayor explicacion para su comprension, figuran en el Anexo N° 1, el mismo que sera publicado en la pagina web de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (www.munlima.gob.pe) y que forma parte de la presente Ordenanza. TITULO II AUTORIDAD NACIONAL DESIGNADA PARA EL MECANISMO DE DESARROLLO LIMPIO CAPITULO I DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE Articulo 4°.- Del Ministerio del Ambiente El Ministerio del Ambiente como autoridad ambiental, y especificamente como Autoridad Nacional Designada en materia de cambio climatico y Mecanismo de Desarrollo Limpio, tiene las siguientes atribuciones y funciones para apoyar al sector publico y privado, a nivel nacional, regional y local, en la promocion y operacion de proyectos en estos rubros: Promover y coadyuvar en el fortalecimiento de capacidades tecnicas de las Unidades Formuladoras de Proyectos de Mecanismo de Desarrollo Limpio, de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Canalizar los recursos de financiamiento internacional, para el desarrollo de proyectos del Mecanismo de Desarrollo Limpio, en el ambito de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Apoyar a las Unidades Ejecutoras de proyectos del Mecanismo de Desarrollo Limpio de la Municipalidad

Metropolitana de MORDAZA, en los procesos de toma de decisiones, en el MORDAZA del desarrollo de proyectos del Mecanismo de Desarrollo Limpio. Fortalecer la capacidad institucional de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para desarrollar procesos de monitoreo y verificacion, confiables, con sujecion a los estandares internacionales del Mecanismo de Desarrollo Limpio y las normas nacionales en la materia. TITULO III DEL COMITE DEL MECANISMO DE DESARROLLO LIMPIO CAPITULO I NATURALEZA Y ATRIBUCIONES DEL COMITE DEL MECANISMO DE DESARROLLO LIMPIO Articulo 5°.- Del Comite Mecanismo de Desarrollo Limpio El Comite del Mecanismo de Desarrollo Limpio, es el organo especializado al interior de la Corporacion Municipal, encargado de formular los lineamientos de politicas ambientales para impulsar el desarrollo de proyectos Mecanismo de Desarrollo Limpio en el MORDAZA de los lineamientos de politica ambiental nacional, la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre Cambio Climatico, el Protocolo de Kyoto, acuerdos internacionales o nacionales y demas normas que se aprueben sobre el Mecanismo de Desarrollo Limpio. El Comite del Mecanismo de Desarrollo Limpio, estara integrado por funcionarios encargados de las Unidades Formuladoras de Proyectos (Organos de Linea, Organismos Publicos Descentralizados y Empresas Municipales), cuyas funciones o competencias esten vinculadas con el desarrollo de proyectos del Mecanismo de Desarrollo Limpio. Articulo 6°.- Responsabilidades del Comite del Mecanismo de Desarrollo Limpio - Establecer los lineamientos de funcionamiento del Comite Tecnico; - Coordinar con los organismos publicos o privados, nacionales o internacionales, la identificacion de MORDAZA de financiamiento para el desarrollo de Proyectos Mecanismo de Desarrollo Limpio. - Supervisar de manera integral, el desarrollo de Proyectos que se ejecuten en bienes de propiedad de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA o se relacionen con la prestacion de servicios publicos, cuya gestion sea de competencia exclusiva de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y que contribuyan a la reduccion de las emisiones de Gases de Efecto Invernadero. - Emitir criterios y lineamientos para la ejecucion de proyectos de reduccion de emisiones de Gases de Efecto Invernadero y de captura de carbono, de acuerdo a los lineamientos tecnicos y normas emitidas por el Ministerio del Ambiente. - Garantizar los mecanismos de comunicacion. - Revisar los informes y recomendaciones del Secretariado Tecnico. - Aprobar su Reglamento Interno. CAPITULO II DE LA PRESIDENCIA DEL COMITE MECANISMO DE DESARROLLO LIMPIO Articulo 7°.- De la Presidencia del Comite del Mecanmismo de Desarrollo Limpio El Comite Mecanismo de Desarrollo Limpio estara presidido por el Gerente de Servicios a la MORDAZA, quien asume la responsabilidad de su direccion y funcionamiento. Sus Miembros son designados por Resolucion de Alcaldia. Articulo 8°.- De las Responsabilidades del Presidente Son responsabilidades del Presidente del Comite Mecanismo de Desarrollo Limpio: - Convocar las reuniones ordinarias y extraordinarias. - Presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias que convoque. - Representar al Comite del Mecanismo de Desarrollo Limpio, en los eventos relacionados con las actividades del mismo. - Designar al Secretario Tecnico. - Otras que le asigne el Comite Mecanismo de Desarrollo Limpio.

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