Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2010 (11/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES

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de pistas, veredas y las rampas para personas con discapacidad, conforme a lo dispuesto en la R.M. N° 0692001-MTC/15.04 de fecha 07 de Febrero de 2001; para ser ejecutado por los adquirientes de los lotes en un plazo MORDAZA de 5 anos contados a partir de la notificacion de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- DISPONER el levantamiento de la carga senalada en el Articulo MORDAZA de la Resolucion de Gerencia Nº 00046 de fecha 23 de MORDAZA de 2007, donde se dispuso que los lotes del 1 al 8; y del 9 al 17 de la manzana "P" queden en garantia de pago en efectivo del deficit de los aportes al Ministerio de Educacion y Parques Zonales respectivamente, al haberse cancelado el deficit de todos los aportes reglamentarios. Articulo MORDAZA - INCORPORAR en la jurisdiccion del distrito de Ate, la Habilitacion MORDAZA que se recepciona con la presente Resolucion. Articulo Quinto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el diario Oficial "El Peruano", en el plazo MORDAZA de 30 dias calendario de notificados, por cuenta de los interesados. Articulo Sexto.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion de Sub Gerencia al Registro de Propiedad de Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao ­ SUNARP para los efectos de su Inscripcion correspondiente; y a los interesados para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA YAFAC MORDAZA Subgerente Planificacion MORDAZA y Catastro 456265-1

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a Ejecutora Coactiva y Auxiliar Coactivo
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 053-2010-MDPH Punta MORDAZA, 10 de febrero de 2010 VISTO: Informe Nº 001-2010-CEPAD-MDPH, de fecha 18 de enero 2010, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA, facultados mediante Resolucion de Alcaldia Nº 578-2009-MDPH de fecha 30 de diciembre de 2009; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28607 Establece.- Las Municipalidades son organos de Gobierno Local, emanados de la voluntad popular, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo cual es concordante con lo dispuesto en el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, es en este contesto el articulo VII del Titulo Preliminar de la de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Establece.- Los gobiernos locales estan sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico; asi como a las normas tecnicas referidas a los servicios y bienes publicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios ­ CEPAD de la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA, procedio al estudio del Informe Nº 0032009-MDPH-EC de fecha 28 de diciembre de 2009,

emitido por la Oficina de Ejecucion Coactiva, que describe las acciones realizadas por los funcionarios Dra. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA en su calidad de Ejecutora Coactiva, y Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su calidad de Auxiliar Coactivo sobre los procedimientos de ejecucion coactiva aperturados, y el mismo que previa evaluacion de sus antecedentes, vinculados con los hechos, observaciones y recomendaciones efectuados por dicha comision teniendo en consideracion que el informe derivado constituye prueba pre-constituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que MORDAZA recomendados en los mismos, MORDAZA si se tiene en consideracion la Opinion vertida en el Informe Nº 004-2010-MDPH- OAJ de fecha 14 de enero de 2010. Que, en este orden de ideas, de acuerdo al Informe de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios ­ CEPAD de la Municipalidad Distrital de Punta, se ha determinado la existencia de una serie de hechos que constituyen falta administrativas disciplinarias por parte de los funcionarios de esta entidad edil; Que, la existencia, naturaleza y gravedad de la falta administrativa, deben ser evaluadas y determinadas en un MORDAZA Administrativo Disciplinario conforme a lo previsto en los articulo 25º, 27º y 28º de la Ley Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, Decreto Legislativo Nº 276 y los articulos 150º, 152º, 153º y 166º de su reglamento, Decreto Supremo Nº 005-90PCM, debiendose agregar que todas estas presuntas faltas estan vinculadas a competencias funcionales. Que, del correspondiente Informe emitido por la CEPAD se colige, en primer lugar la presunta existencia de faltas administrativas vinculadas al incumplimiento de disposiciones legales y reglamentarias, y en aplicacion a lo dispuesto por el numeral 6.2 del articulo 06º de la Ley Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, es sustento del presente acto administrativo, razon por la cual debe ser incorporado como parte integrante de la presente resolucion; Que, estando lo expresado en el parrafo que antecede y teniendo Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios las atribuciones conferidas por los articulos 152º y 166º del Reglamento, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, de la Ley Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, Decreto Legislativo Nº 276, ha opinado por la apertura de MORDAZA administrativo disciplinario para: Dra. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA en su calidad de Ejecutora Coactiva, y Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su calidad de Auxiliar Coactivo; Ello de acuerdo a los fundamentos y conclusiones precisados en el Informe Nº 001-2010-CEPAD/MDPH y, que es parte integrante del presente acto administrativo; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6 del articulo 20º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero: DISPONER, que el Informe Nº 0012010-CEPAD/MDPH emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, forma parte integrante del presente acto administrativo; en aplicacion a lo dispuesto por el numeral 6.2 del articulo 06º de la Ley Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444. Articulo Segundo: INSTAURAR, MORDAZA administrativo Disciplinario por negligencia en el desempeno de las funciones contra: Dra. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA en su calidad de Ejecutora Coactiva, y Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su calidad de Auxiliar Coactivo; Articulo Tercero: REMITIR, MORDAZA de los actuados a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, para que proceda segun sus funciones y atribuciones, establecidas en la Ley Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Articulo Cuarto: NOTIFICAR, la presente Resolucion de Alcaldia a los interesados dentro del plazo conferido en el articulo 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, Decreto Legislativo Nº 276; siendo facultad de los mismos, ejercer su derecho de defensa y presentar sus respectivos descargos,

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