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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (11/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 100

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de febrero de 2010 413690 7. Autorizar los espectáculos públicos no deportivos. 8. Proponer normas y procedimientos para el reordenamiento y formalización del comercio informal. 9. Mantener actualizado el registro de los comerciantes de todos los mercados de abastos. 10. Otorgar la autorización de uso y celebración de contratos de alquiler de puestos de venta y servicios de almacenamiento y refrigeración en mercados minoristas. 11. Vigilar el cumplimiento de las normas legales referentes a la calidad de los alimentos y bebidas así como las condiciones de higiene de quienes los distribuyen y comercializan. 12. Facilitar la comercialización de productos, bajo los estándares de calidad correspondientes, evitando la especulación, adulteración y acaparamiento de los productos alimenticios, así como el falseamiento de pesas y medidas. 13. Emitir opinión al respecto de las solicitudes de instalación de elementos publicitarios en aéreas de dominio público. 14. Controlar el correcto uso del espacio y garantizar un diseño urbano armónico de los anuncios en la vía pública. 15. Representar a la Municipalidad entre los organismos públicos y privados en los asuntos de su competencia. 16. Brindar la información económica necesaria sobre la actividad empresarial en su jurisdicción, en función de la información disponible, a las instancias provinciales, regionales y nacionales. 17. Disponer el fomento de la realización de ferias de producción y turismo. 18. Formular la política de generación de nuevas empresas y la consolidación de las empresas existentes, motivando su capacidad de innovación para hacerlos más competitivos. 19. Establecer y Dirigir el servicio de información y orientación en defensa de consumidores, 20. Coordinar permanentemente con las Agencias de Fomento de la Inversión privada para la programación de actividades orientadas a promocionar la inversión en el distrito. 21. Promover y supervisar la elaboración de estudios de investigación sobre Recursos Humanos, Mercado de trabajo local, Mercado de Recursos Naturales, Medio Ambiente y Mercado de Bienes y Servicios y de la actividad productiva, así como la formulación y gestión de proyectos económicos. 22. Concertar y promover la participación de los Empresarios, en la ejecución de los programas y proyectos que permitan incrementar los recursos económicos de la Municipalidad. 23. Fomentar la asociación de las empresas para mejorar su competitividad e incursión a nuevos mercados, 24. Coordinar y concertar con los organismos del sector público y el sector privado la formulación de estudios y proyectos referentes a las potencialidades del Distrito en determinadas actividades económicas que permitan su manejo y replicabilidad en las diferentes zonas del distrito. 25. Diseñar y ejecutar programas de generación de empleo productivo y sostenido en el distrito 26. Realizar campañas conjuntas para facilitar la formalización de la micro y pequeñas empresas de su circunscripción territorial con criterios homogéneos y de simplifi cación administrativa. 27. Crear, organizar y mantener actualizado el directorio empresarial y demás actividades económicas del distrito. 28. Coordinar con entidades fi nancieras la asignación de créditos promocionales a los ciudadanos, para el desarrollo de las acciones que tienen interés prioritario para la gestión municipal. 29. Emitir resoluciones Sub Gerenciales en los asuntos de su competencia. 30. Resolver en primera instancia los recursos impugnativos presentados en relación con los trámites de autorizaciones, certifi caciones y registros en el ámbito de su competencia. 31. Coordinar, supervisar, controlar y evaluar la correcta formulación y aplicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, en el ámbito de su competencia. 32. Proponer la mejora de procesos y de procedimientos en su área, propendiendo a la mejora continua de los mismos, a través de Directivas y Manuales de Procedimientos, elaborados en coordinación con la Gerencia de Planifi cación 33. Cumplir con las demás funciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funciones y las asignadas por el Gerente de Desarrollo Económico. Artículo Octavo.- MODIFICAR el Artículo 66º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, el mismo que quedará como sigue SUB GERENCIA DE TRANSPORTE, TRANSITO Y VIALIDAD Artículo 66.- La Sub Gerencia de Transporte, Tránsito y Viabilidad es un órgano de línea dependiente de la Gerencia de Desarrollo Económico, tiene como objetivo la supervisión de las actividades relacionadas el servicio de transporte, así como garantizar la atención de las autorizaciones de movilidad urbana en el ámbito de su competencia y jurisdicción en concordancia con las normas legales vigentes; teniendo como misión el propiciar el ordenamiento del transporte, acorde a la normatividad técnica – legal a través de la señalización y conforme a las políticas de desarrollo. FUNCIONES: Las funciones de la Sub Gerencia de Transporte, Tránsito y Viabilidad Local son: 1. Planifi car, organizar, dirigir y controlar los procesos de movilidad urbana, asegurando una adecuada infraestructura vial, de circulación y tránsito y especialmente de transporte público masivo, en vehículos menores y medios no motorizados. 2. Planifi car, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con el otorgamiento de autorizaciones para el transporte público en vehículos menores. 3. Planifi car, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la señalización vial, debiendo asegurar y mantener un alto rendimiento de las vías y garantizando la seguridad y el libre tránsito de peatones y vehículos en todo el distrito. 4. Planifi car, organizar, dirigir, reglamentar, supervisar y regular las actividades relacionadas con el servicio de transporte de vehículos menores. 5. Planifi car, organizar, dirigir y supervisar las actividades relacionadas con la modifi cación del recorrido de rutas de transporte de vehículos menores para el cumplimiento de la normatividad vigente. 6. Establecer medidas de seguridad vial, controlando su cumplimiento de acuerdo a la normatividad y sus competencias. 7. Contribuir a la racionalización del transporte urbano así como la descongestión del tránsito en el distrito en coordinación con los organismos competentes 8. Realizar el estudio del Plan Vial de vehículos menores. 9. Proponer a la Municipalidad Metropolitana de Lima el Plan Distrital del Sistema de Semaforización y Señalización de Vías que le competen 10. Formular el Plan distrital de Señalización Vial Horizontal y vertical y solicitar opinión técnica ante la Municipalidad Metropolitana de Lima específi camente de las vías metropolitanas (expresas, arteriales, colectoras) 11. Formular el Plan de Fiscalización Vial en el distrito (vehículos menores, transporte de carga, transporte público) y coordinar con la Municipalidad Metropolitana de Lima y las dependencias de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, las acciones pertinentes para la ejecución del Plan. 12. Evaluar, otorgar y controlar los permisos de operación para la prestación del servicio público de transporte de pasajeros en vehículos menores, así como los paraderos respectivos. 13. Coordinar con la Municipalidad Metropolitana de Lima las propuestas y modifi caciones de los planes de transporte urbano de acuerdo a las necesidades y realidades del distrito en el marco al Plan Integral de Desarrollo Concertado del distrito. 14. Elaborar y mantener actualizado la estadística del parque automotor de vehículos menores que circulan en el radio urbano del distrito. 15. Evaluar y autorizar las solicitudes de elementos de seguridad y la instalación de gibas.