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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de febrero de 2010 413682 MUNICIPALIDAD DE ATE Disponen recepción de obras de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE SUB GERENCIA Nº 004 Ate, 12 de enero de 2010 EL SUB GERENTE DE PLANIFICACION URBANA Y CATASTRO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 25867-2009, seguido JOSE ARECHE LANDEO casado con la señora MARIA OLIVA ASCATE; CIRILO ARECHE LANDEO casado con la señora CLOTILDE ARONI BREÑA; CRECENCIANO MIRANDA CALDERON casado con la señora JOSEFINA LUDEÑA ARANA; ALEJANDRO ARECHE LANDEO casado con la señora NILDA ELIZABETH GARCIA MORALES; JESUS LANDEO ESCOBAR casado con la señora TEODORA NAVARRO TANTAHUILLCA, AGRIPINA SULLCA GUTIERREZ, SABINA LANDEO SULLCA; CLEMENCIA LUDEÑA ARANA; AUGUSTO ZAMBRANO BEJAR casado con la señora BECINCIA SEGOVIA CHUQUIYAURI, VIRGINIA ZAMBRANO BEJAR; por el cual solicitan la Recepción de Obra de Habilitación Urbana de tipo progresivo de la denominada Urbanización Los Frutales de Barbadillo, para Uso Residencial de Densidad Media “R-4”, del terreno de 10,935.00 m2 constituido por el Lote N° 1 de la Manzana “P” con frente a la calle C de la Habilitación Pre-Urbana Barbadillo, ubicado en el Distrito de Ate, cuyos proyectos fueron aprobados por esta Municipalidad Distrital mediante Resolución de Gerencia Nº 00046 de fecha 23 de julio de 2007 y confi rmada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Resolución Nº 282-2007-MML-GDU-SPHU de fecha 14 de Agosto de 2007, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 00046 de fecha 23 de Julio de 2,007, la Municipalidad Distrital de Ate, aprobó de acuerdo con el Plano signado con el N° 036-2007-SGPUC-GDU/MDA la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada denominada Urbanización Los Frutales de Barbadillo, para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” del terreno de 10,935.00 m2 constituido por el Lote N° 1 de la Manzana “P” con frente a la calle “C” de la Habilitación Pre-Urbana Barbadillo, ubicado en el Distrito de Ate, disponiéndose en el Artículo Cuarto que los lotes del 1 al 8; y del 9 al 17 de la manzana “P” queden en garantía de pago en efectivo del défi cit de los aportes al Ministerio de Educación y Parques Zonales respectivamente; correspondiéndole a cada uno el área de 218.70 m2; los mismos que deberán ser cancelados antes de la ejecución total de las obras de habilitación urbana. Asimismo se señala en los considerandos que los aportes de Recreación Pública con 765.45 m2 y de Otros Fines con 218.70 m2 fueron cancelados en esta Municipalidad Distrital, Que, mediante Resolución Nº 282-2007-MML-GDU- SPHU de fecha 14 de Agosto de 2007, la Municipalidad Metropolitana de Lima establece la Conformidad de la Resolución de Gerencia Nº 00046 de fecha 23 de Julio de 2,007 emitida por la Municipalidad Distrital de Ate, donde se aprobó la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de la Urbanización Los Frutales de Barbadillo, para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” del terreno de 10,935.00 m2 constituido por el Lote N° 1 de la Manzana “P” con frente a la calle “C” de la Habilitación Pre-Urbana Barbadillo en Ate, Que, mediante Carta Nº 418-2009/EOMR-AV de fecha 25 de junio de 2009 emitido por SEDAPAL, otorgan la existencia y sufi ciencia del Servicio de Agua potable y alcantarillado del terreno constituido por el Lote N° 1 de la Manzana “P” con frente a la calle Lancaster y calle Húsares de Junín, en el distrito de Ate, Que, mediante Carta DPHC.09.0819784 de fecha 16 de Julio de 2009, emitido por la empresa LUZ DEL SUR, otorga la conformidad de obra de Servicios Eléctricos para el predio ubicado en la urbanización Los Frutales de Barbadillo Manzana “P” Lote 1 del distrito de Ate, Que, el aporte reglamentario de Renovación Urbana con 109.35 m2 correspondiente a la presente Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada se valorizó en la suma ascendente a S/. 1,858.95 la cual fue cancelada en la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima S.A. – EMILIMA S.A. de conformidad con la Constancia de Cancelación de Aporte por Renovación Urbana otorgada por la mencionada Entidad. Que, mediante Resolución Jefatural Nº 2393-2007- ED, de fecha 27 de Setiembre de 2007 el Ministerio de Educación aprobó la Valorización ascendente a la suma de S/. 9,855.28 correspondiente al défi cit del aporte del Ministerio de Educación por el proceso de habilitación urbana del terreno de 10,935.00 m2 constituido por el Lote N° 1 de la Manzana “P” con frente a la calle “C” de la Habilitación Pre-Urbana Barbadillo en Ate, y con la Boleta de Venta 001-Nº 000146 pagado en la tesorería de dicha institución acreditan la cancelación de dicho aporte, Que, mediante Ofi cio Nº 018-2009/SERPAR-LIMA/ GG/GAPI/MML de fecha 07 de Enero de 2009, el Servicio de Parques de Lima, nos comunica que el aporte para Parques Zonales de 218.70 m2 correspondiente a la habilitación urbana ejecutada denominada “Urbanización Los Frutales de Barbadillo” para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” del terreno de 10,935.00 m2 constituido por el Lote N° 1 de la Manzana “P” con frente a la calle “C” de la Habilitación Pre-Urbana Barbadillo en Ate, ha sido cancelado, Que, mediante Informe Técnico Nº 002-2010-JLCHG de fecha 06 de Enero de 2010 emitido por el Área de Habilitaciones Urbanas de la Subgerencia de Planifi cación Urbana y Catastro que el presente trámite corresponde a una Recepción de Obras de Habilitación Urbana de tipo progresivo al haberse verifi cado la ejecución de las obras básicas y la cancelación de todos los aportes reglamentarios cumplido con presentar los requisitos según el Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente. Estando A Los Fundamentos Expuestos En La Parte Considerativa Y En Uso De Las Facultades Conferidas Por El Artículo 79°, Inciso 3.6.1 Del Capítulo Ii De La Ley Orgánica De Municipalidades Ley N° 27972; Artículo 75° De La Ley De Procedimiento Administrativo General Ley N° 27444, Así Como, De Conformidad Con Lo Dispuesto Por La Ley De Regulacion De Habilitaciones Urbanas Y Edifi caciones Ley Nº 29090, Su Reglamento Aprobado Mediante Decreto Supremo Nº 024-2008-vivienda Y Por El Reglamento Nacional De Edifi caciones. SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECEPCIONAR de conformidad con el Plano de Replanteo signado con el Nº 003-2010- SGPUC-GDU/MDA que forma parte de la presente Resolución; las Obras de Habilitación Urbana de tipo progresivo de la denominada Urbanización Los Frutales de Barbadillo, para Uso Residencial de Densidad Media “R-4”, del terreno de 10,935.00 m2 constituido por el Lote N° 1 de la Manzana “P” con frente a la calle C de la Habilitación Pre-Urbana Barbadillo, ubicado en el distrito de Ate, cuyos proyectos fueron aprobados por esta Municipalidad Distrital mediante Resolución de Gerencia Nº 00046 de fecha 23 de julio de 2007 y confi rmada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Resolución Nº 282-2007-MML-GDU-SPHU de fecha 14 de Agosto de 2007; y en consecuencia autorícese la independización de los lotes que conforman la presente habilitación urbana y otorgar la libre disponibilidad de los mismos; Del Area Bruta Total del terreno de 10,935.00 m2, al descontar el área cedida a Vías de 55.80 m2 queda un Área Útil de 10,879.20 m2; distribuidos de la siguiente manera: MANZANA CANTIDAD LOTES NUMERACION ÁREA Única 17 1 al 17 10,879.20 m2 Artículo Segundo.- CONSIDERAR, de Tipo Progresivo la presente Habilitación Urbana, dejándose diferidas la ejecución de las obras de pavimentación