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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de febrero de 2010 413684 en el término de 05 (cinco) días hábiles computados a partir del día siguiente de la notifi cación del referido acto administrativo. Artículo Quinto: ENCARGAR a la Secretaria General y demás unidades Orgánicas competentes, el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese, notifíquese y cúmplase CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde 456356-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Aprueban Ordenanza sobre derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del Impuesto Predial del ejercicio 2010 ORDENANZA Nº 438-MSB San Borja, 15 de diciembre de 2009 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA VISTO; en la XXIV-2009 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15.12.2009, el Dictamen Nº 038-2009-MSB- CAL y Dictamen Nº 016-2009-MSB-CER, de la Comisión de Asuntos Legales y de la Comisión de Economía y Rentas, respectivamente, sobre el Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación y Distribución a Domicilios de la Declaración Jurada y Liquidación de Impuesto Predial del Ejercicio 2010. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 28607, establece en su artículo 194º que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Organos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, en concordancia con la norma IV del Título Preliminar del Texto Unico Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, dispone que mediante Ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias y contribuciones dentro de los límites establecidos por la Ley. Asimismo, precisa que las ordenanzas son normas de carácter general por medio de las cuales se regulan las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. Que, asimismo el citado artículo menciona que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por la Municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las Municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia. Que, el artículo 14º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que la actualización de valores de predio por las Municipalidades, sustituye la obligación de presentar la declaración jurada anualmente. Que, la Cuarta Disposición Final de la precitada norma del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004- EF, establece que las Municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no más del 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al primero de enero de cada ejercicio. Que, resulta necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes del Distrito de San Borja, por el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y distribución del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2010; fi jándose en S/. 4.00 (Cuatro y 00/100 Nuevos Soles), el monto que deben abonar los contribuyentes por dicho derecho, estableciéndose asimismo que los contribuyentes abonarán S/. 0.60 (Sesenta Céntimos de Nuevo Sol) por cada predio anexo o adicional al que tengan. Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del artículo 9º y por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad lo siguiente: ORDENANZA SOBRE DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION Y DISTRIBUCION A DOMICILIOS DE LA DECLARACION JURADA Y LIQUIDACION DEL IMPUESTO PREDIAL DEL EJERCICIO 2010 Artículo Primero.- Apruébese la estructura de costos por concepto del derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilios de la declaración jurada y liquidación del Impuesto Predial del año 2010 que como Anexo I forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Fíjese en S/ 4.00 (Cuatro y 00/100 Nuevos Soles) el monto anual que deberán abonar los contribuyentes por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución a domicilios de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial correspondiente al ejercicio 2010. Los contribuyentes deberán abonar, adicionalmente la suma de S/. 0.60 (Sesenta Céntimos de Nuevo Sol) por cada predio anexo o adicional al que tenga por el derecho mencionado. Artículo Tercero.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir de su publicación, conjuntamente con el Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que la ratifi ca. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Rentas y a la Gerencia de Tecnologías de la Información el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde ANEXO 1 ESTRUCTURA DE COSTOS - DERECHO DE COSTO DE EMISIÓN EJERCICIO 2010 CONCEPTO CANTID UNIDAD MEDIDA COSTO UNITARIO % DEDICAC COSTO TOTAL % COSTOS DIRECTOS 196,064.80 99.55 COSTO DE MANO DE OBRA DIRECTA (*) 5,500.00 Personal Contratado (CAS) Depurador de la base de datos 1 persona 1,600.00 50% 800.00 Analista de Registros 1 persona 1,600.00 100% 1,600.00 Verifi cador de registros 1 persona 1,600.00 100% 1,600.00 Analista de la Gerencia de Tecnologías de la Información 1 persona 3,000.00 50% 1,500.00 OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES 190,564.80 Materiales Tóner 1 unidad 280.00 60% 168.00