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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de febrero de 2010 413688 07.1.2. Sub Gerencia de Recaudación y Control 07.1.3. Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria 07.1.4. Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva 07.2. Gerencia de Servicios a la Ciudad 07.2.1. Sub Gerencia de Limpieza Pública 07.2.2. Sub Gerencia de Parques y Jardines 07.2.3. Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana 07.3. Gerencia de Desarrollo Económico 07.3.1. Sub Gerencia de Formalización y Promoción Empresarial 07.3.2. Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones 07.3.3. Sub Gerencia de Defensa Civil 07.3.4. Sub Gerencia de Transporte, Tránsito y Vialidad 07.4. Gerencia de Desarrollo Urbano 07.4.1. Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro 07.4.2. Sub Gerencia de Inversión Pública 07.4.3. Sub Gerencia de Obras Privadas 07.4.4. Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas 07.5. Gerencia de Desarrollo Social 07.5.1. Sub Gerencia de Desarrollo Humano 07.5.2. Sub Gerencia de Participación Vecinal 07.5.3. Sub Gerencia de Programas Sociales 08. Órganos Desconcentrados: 08.1. Agencia Municipal 08.2. Parques Zonales 09. Proyectos Especiales. La Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho se representa de manera gráfi ca en el Organigrama, el cual está contenido en hoja anexa, formando parte integrante de esta Ordenanza. Artículo Tercero.- MODIFICAR el Artículo 52º del reglamento de Organización y funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, el mismo que quedará como sigue: Artículo 52º.- Los Órganos de Línea son aquellos encargados de formular, ejecutar, evaluar políticas públicas y en general las actividades técnicas, normativas y de ejecución necesarias para cumplir con los objetivos de la entidad en el marco de las funciones que las normas sustantivas atribuyen a éste. La Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho cuenta con Órganos de Línea que son: 07. Órganos de Línea: 07.1. Gerencia de Rentas 07.1.1. Sub Gerencia de Administración Tributaria 07.1.2. Sub Gerencia de Recaudación y Control 07.1.3. Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria 07.1.4. Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva 07.2. Gerencia de Servicios a la Ciudad 07.2.1. Sub Gerencia de Limpieza Pública 07.2.2. Sub Gerencia de Parques y Jardines 07.2.3. Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana 07.3. Gerencia de Desarrollo Económico 07.3.1. Sub Gerencia de Formalización y Promoción Empresarial 07.3.2. Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones 07.3.3. Sub Gerencia de Defensa Civil 07.3.4. Sub Gerencia de Transporte, Tránsito y Vialidad 07.4. Gerencia de Desarrollo Urbano 07.4.1. Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro 07.4.2. Sub Gerencia de Inversión Pública 07.4.3. Sub Gerencia de Obras Privadas 07.4.4. Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas 07.5. Gerencia de Desarrollo Social 07.5.1. Sub Gerencia de Desarrollo Humano 07.5.2. Sub Gerencia de Participación Vecinal 07.5.3. Sub Gerencia de Programas Sociales Artículo Cuarto.- MODIFICAR el Artículo 53º del reglamento de Organización y funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, el mismo que quedará como sigue: Artículo 53º.- La Gerencia de Rentas es un órgano de línea que tiene como objetivo administrar los tributos y rentas municipales, así como planifi car, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades de administración, recaudación, fi scalización, determinación y supervisión de los ingresos tributarios de la Municipalidad; realizar las cobranzas regulares y coactivas y ejecuciones forzosas de acuerdo a las normas y dispositivos legales vigentes, así como proponer las medidas sobre políticas tributarias y de simplifi cación y reestructuración del sistema tributario municipal. Está a cargo de un Funcionario Público denominado Gerente de Rentas, quien depende del Gerente Municipal. Son órganos de línea de la Gerencia de Rentas: 07.1.1. Sub Gerencia de Administración Tributaria, 07.1.2. Sub Gerencia de Recaudación y Control, 07.1.3. Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, 07.1.4. Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva. Artículo Quinto.- MODIFICAR el Artículo 62º del reglamento de Organización y funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, el mismo que quedará como sigue: Artículo 62º.- La Gerencia de Desarrollo Económico es un órgano de línea que depende de la Gerencia Municipal, tiene por objeto promover el desarrollo económico local de la circunscripción territorial y la actividad empresarial local, con criterio de justicia local así como propiciar y crear las condiciones para promover la participación de la población y del sector privado en el desarrollo económico, turístico, para lograr un distrito productivo y un desarrollo local sostenible. Control y supervisión de los mercados y comercio informal de acuerdo a la legislación y normas municipales. Así mismo cautelar el cumplimiento de normas y de las disposiciones municipales administrativas, que contengan obligaciones y prohibiciones que son de cumplimiento obligatorio por particulares, empresas e instituciones en el ámbito de la jurisdicción de la Municipalidad del Distrito de San Juan de Lurigancho, dentro del marco de los dispositivos legales aplicables. Así como lograr que los administrados cumplan de forma voluntaria las normas y disposiciones municipales. Propiciar el ordenamiento del transporte, tránsito y vialidad en el distrito. Son órganos de la Gerencia de Desarrollo Económico: 07.3.1. Sub Gerencia de Formalización y Promoción Empresarial, 07.3.2. Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones, 07.3.3. Sub Gerencia de Defensa Civil, 07.3.4. Sub Gerencia de Transporte, Tránsito y Vialidad. Está a cargo de un Funcionario Público denominado Gerente de Desarrollo Económico quien depende del Gerente Municipal. Artículo Sexto.- MODIFICAR el Artículo 57º del reglamento de Organización y funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, el mismo que quedará como sigue: SUB GERENCIA DE EJECUTORIA COACTIVA Artículo 57º.- La Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva es un órgano de línea de la Gerencia de Rentas, tiene como objetivo ejercer los actos de ejecución coactiva a fi n de garantizar el cobro de las obligaciones tributarias y no tributarias de los contribuyentes, así como de hacer cumplir las disposiciones municipales conforme a Ley. Está a cargo del ejecutor Coactivo quien es titular del procedimiento de ejecución coactiva y ejerce a nombre de la entidad, las acciones de coerción para el cumplimiento de las obligaciones. Su función es asistida, conforme a Ley, por el Auxiliar Coactivo. FUNCIONES: Las funciones de la Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva son: 1. Planifi car, organizar, dirigir y controlar el cumplimiento del procedimiento de Cobranza Coactiva Municipal de las obligaciones de naturaleza tributaria y no tributaria.