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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2010 (07/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de julio de 2010 421798 Organizadora Dr. FRANCISCO MARIO PISCOYA HERMOZA y del Secretario General de la Universidad: Abg. JESÚS MANUEL LORA CROVETTO, del 20 al 28 de enero de 2010, para participar en el Segundo Módulo del Curso denominado: “Dirección Estratégica de las Universidades -XIV Edición”, a realizarse en la ciudad de Barcelona, República de España, organizado por la Cátedra UNESCO de Dirección Universitaria de la Universidad Politécnica de Cataluña, así como realizar la Visita Ofi cial a la Fundación Privada Universitaria Escuela de Alta Dirección y Administración-EADA de Barcelona España; Que, con ocasión de dicho viaje en comisión de servicios, se dispuso la ampliación de la permanencia de los citados Funcionarios en territorio europeo, con la fi nalidad de explorar las posibilidades de establecer relaciones interinstitucionales conducentes a la suscripción de nuevos convenios con universidades e instituciones similares de Europa; razón por la cual es necesario autorizar formalmente en vía de regularización la ampliación de su permanencia entre los días 16 al 19 de enero y del 29 de enero al 02 de febrero de 2010, sin que ello implique efectuar gastos adicionales por concepto de viáticos ; Que, estando a lo establecido en la Ley Nº 26719 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, así como el D.S 047-2002-PCM- Normas Reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, así como a las atribuciones que la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto General de la Universidad confi eren al Presidente de la Comisión Organizadora; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar en vía de regularización la ampliación de la permanencia en territorio europeo del Sr. Presidente de la Comisión Organizadora Dr. FRANCISCO MARIO PISCOYA HERMOZA y del Past Secretario General de la Universidad: Abg. JESÚS MANUEL LORA CROVETTO, entre los días 16 al 19 de enero y del 29 de enero al 02 de febrero de 2010, los mismos que mediante Resolución Presidencial N° 602-2009-UNTECS, de fecha 04 de diciembre de 2009, fueron autorizados a viajar en comisión de servicios a la ciudad de Barcelona, Reino de España, entre el 20 y el 28 de enero de 2010. Artículo Segundo.- Disponer que la ampliación de la permanencia dispuesta en el resolutivo anterior no implique generar gastos adicionales por concepto de viáticos, a los autorizados mediante Resolución Presidencial N° 602- 2009-UNTECS. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. FRANCISCO MARIO PISCOYA HERMOZA Presidente de la Comisión Organizadora LUIS AUGUSTO MERCADO GRANADOS Secretario General 515299-1 Aprueban expedición de duplicado de diploma de Bachiller en Ciencias con mención en Minería de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 781 Lima, 16 de junio de 2010 Visto el expediente SIGA 2010-4803 del señor Avelino Quispe Aguilar, identifi cado con DNI Nº 06221052, egresado de esta Casa de Estudios, quien solicita la expedición del duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Minería, por pérdida de dicho documento, el mismo que se encuentra registrado en el Libro de Bachilleres Nro. 02, página 168, con el número 5808; teniéndose en cuenta la documentación que acompaña según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nro. 0122, del 18 de enero del 2008, el Ofi cio Nro. 472-2010-1er. VR, de fecha 7 de junio del 2010, del Primer Vicerrector, Geól. José S. Martínez Talledo y la recomendación de la Comisión Académica y de Investigación en su sesión Nº 18-2010 realizada el 04- 06-2010; y, Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su sesión extraordinaria Nº 19 del 9 de junio del 2010; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado del diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Minería, del señor AVELINO QUISPE AGUILAR, otorgado el 21 de marzo de 1980, anulándose el diploma otorgado anteriormente. Regístrese, comuníquese y archívese. AURELIO M. PADILLA RÍOS Rector 514786-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican Ordenanza que fijó monto por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios del ejercicio 2010 en el distrito del Rímac ACUERDO DE CONCEJO N° 240 Lima, 10 de junio de 2010 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de junio del 2010, el Informe N° 004-181-00000150 del 03 de junio del 2010 mediante el cual la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administración Tributaria, emite opinión técnico y legal favorable con relación a la solicitud de ratifi cación de la Ordenanza N° 218, que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2010 en el Distrito del Rímac. CONSIDERANDO: Que, el artículo 74° de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga la potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos municipales. Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, para la entrada en vigencia y exigibilidad de las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales, éstas deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción. Que asimismo, la Cuarta Disposición Final del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un monto no mayor al 0.4% de