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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de julio de 2010 421782 funcionamiento de dicho comité tal como se acredita con el Informe N° 173-2010-LGAA/DNFPE/JNE, de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales; Que, también la OPLD, solicitante ha presentado un Acta de Fundación, que contiene la denominación, el domicilio legal, la designación del apoderado, representante legal, personeros legales y técnicos; el órgano directivo con mención de las personas que ocupan los cargos designados y la aprobación de un ideario con los principios, objetivos y la visión del distrito de Comas; Que, con fecha 30 de junio del 2010, se publicó en el Diario Ofi cial “El Peruano”, la síntesis de la solicitud de inscripción, a efectos de que cualquier persona natural o jurídica ejerciera su derecho de formular tacha contra la inscripción de la OPLD solicitante dentro del plazo de 05 días hábiles posteriores a la publicación, conforme lo señala el artículo 10º de la Ley Nº 28094; documentos que fueran remitidos a este Registro por los interesados el 29 de junio del presente, asimismo, de acuerdo a lo informado por la Ofi cina de Servicios al Ciudadano de nuestra institución y conforme es de verse en el Informe N° 131-2010-Asistente Registrador KMV/ROP/JNE/LIMA no se ha presentado tacha alguna contra la indicada solicitud de inscripción, dentro del plazo de ley; Que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores, y luego de cumplidos los requisitos establecidos en la ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley al Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones a la Organización Política Local Distrital “COMAS AL ENCUENTRO CON CRISTO”del distrito de Comas, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente, en el Libro de Organizaciones Políticas Locales, tomo 17, partida electrónica número 033 y regístrese la inscripción en el asiento número 1. Artículo Tercero.- Téngase acreditados como personero legal titular y alterno a las ciudadanas Luz María Villajuan Martínez y Yadira Onelly Pérez Villajuan, respectivamente. Regístrese y notifíquese. YURI FRANK ROMERO ROMERO Registrador Delegado del Registro de Organizaciones Políticas – Lima 515244-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Aprueban procedimientos para el sorteo de asignación de números a las Organizaciones Políticas Locales en las Elecciones Municipales 2010 y para el sorteo de ubicación de las organizaciones políticas y de fórmulas de candidatos en cédulas de sufragio de las Elecciones Regionales y Municipales 2010 y de la Segunda Elección de Presidentes y Vicepresidentes Regionales 2010 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 122-2010-J/ONPE Lima, 5 de julio de 2010 VISTOS: El Memorándum Nº 952-2010-OGPP/ONPE de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 019-2010-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral así como el Informe Nº 176-2010-OGAJ/ ONPE de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2010- PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 30 de enero de 2010, se convocó a Elecciones Regionales de Presidentes, Vicepresidentes y Consejeros del Consejo Regional de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de Alcaldes y Regidores de los Concejos Provinciales y Distritales de toda la República, para el día domingo 03 de octubre de 2010; Que, así también, de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Elecciones Regionales, Ley Nº 27683, modifi cado por la Ley Nº 29470, para la elección del Presidente y el Vicepresidente del Gobierno Regional, se requiere que la fórmula respectiva obtenga no menos del treinta por ciento (30%) de los votos válidos; y si ninguna fórmula supera dicho porcentaje, se procede a una segunda elección dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la proclamación de los cómputos ofi ciales, en todas las circunscripciones que así lo requieran, en la cual participan las fórmulas que alcanzaron las dos más altas votaciones; Que, de conformidad con los artículos 176º y 182º de la Constitución Política del Perú, respectivamente, los organismos electorales tienen por fi nalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos; y que los escrutinios sean refl ejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas, por votación directa; siendo competencia de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE, la organización de todos los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular; Que, de conformidad con el artículo 37º de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859, la ONPE tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares, y ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución y a su Ley Orgánica; asimismo, según el literal c) del artículo 5º de la Ley Orgánica de la ONPE, Ley Nº 26487, es función de este organismo electoral planifi car, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo; Que, de conformidad con la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 27734, que modifi ca la Ley de Elecciones Municipales, Ley Nº 26864, las organizaciones políticas locales que participen en las Elecciones Municipales, lo harán con los números asignados mediante sorteo público efectuado por la ONPE; Que, por otro lado, de conformidad con el artículo 165º de la Ley Orgánica de Elecciones, el procedimiento de ubicación de las candidaturas o símbolos debe publicarse y presentarse ante los personeros de partidos políticos, organizaciones políticas, agrupaciones independientes y candidatos dentro de los dos (2) días naturales después del cierre de la inscripción de candidaturas; debiendo efectuarse la ubicación de tales candidaturas o símbolos mediante sorteo público, en presencia de los personeros y de notario público; Que, en tal sentido, la Gerencia de Gestión Electoral, a través del informe de vistos, ha propuesto el procedimiento de sorteo de ubicación de las organizaciones políticas en sus bloques respectivos, el procedimiento del sorteo de asignación de números a las organizaciones políticas locales que participarán en las Elecciones Municipales, así como el procedimiento de sorteo de ubicación de las fórmulas de candidatos que pasarán a la Segunda Elección de Presidente y Vicepresidente Regional; los mismos que cuentan con la opinión favorable de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto expresada en el Memorando Nº 952-2010-OGPP/ONPE; por lo que resulta necesario aprobar tales procedimientos;