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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2010 (09/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de julio de 2010 421890 PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA DECRETO DE URGENCIA Nº 047-2010 AUTORIZAN TRANSFERENCIAS FINANCIERAS A FAVOR DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Y A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL ALTO, TALARA - PIURA PARA LA EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES Y PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, los hechos de violencia acontecidos el 05 de junio de 2009 en el kilómetro 200 al 202 de la carretera Fernando Belaúnde Terry, denominado “La Curva del Diablo”, sito en la provincia de Bagua, Departamento de Amazonas, así como en la Estación de Bombeo Nº 6 de Petroperú, trajeron como consecuencia enfrentamientos lamentables entre miembros de la Policía Nacional del Perú y el grupo de pobladores causante de dichos actos, dando como resultado el fallecimiento de veintitrés (23) efectivos policiales y un (01) efectivo policial desaparecido, lo cual ha dejado a sus familias resquebrajadas y en desamparo, habiéndose afectado severamente sus derechos básicos a la educación, salud, y vivienda; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 374-2009- IN/PNP, Resolución Directoral Nº 4775-DIRREHUM PNP, Resolución Directoral Nº 4776-DIRREHUM PNP y Resolución Directoral Nº 4777-DIRREHUM PNP, se dispuso el ascenso póstumo del personal policial fallecido y con Resolución Directoral Nº 562-2010-IN/PNP se dispuso el ascenso del efectivo policial desaparecido, por acción distinguida; Que, a fi n de cubrir la necesidad básica de vivienda de las citadas familias, el Estado se encuentra en capacidad de destinar el monto ascendente a DOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 000 000,00), para la ejecución de un complejo habitacional que permita proporcionar viviendas dignas a las familias de los policías antes citados, por lo que se requiere autorizar medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y fi nanciera a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, quien tendrá a su cargo la ejecución del mismo; Que, de otro lado, producto de las inspecciones realizadas dentro del Plan de Prevención por Sismos 2010, se han identifi cado quintas que requieren una intervención inmediata por parte del Estado en materia de mejoramiento y reforzamiento de sus estructuras, por lo que a través del componente “Mejorando Mi Quinta” del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, se requiere destinar un monto ascendente a TRES MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 000 000,00), para la ejecución de actividades en el marco del citado componente, incluyendo a aquellas intervenciones en propiedad privada para la ejecución de obras de refacción de áreas comunes y privadas deterioradas, ubicadas en zonas con poblaciones en extrema pobreza; Que, adicionalmente, a fi n ejecutar la Habilitación Urbana Ciudad Fraternidad Etapa I, la misma que está orientada a satisfacer las necesidades de vivienda de los sectores socioeconómicos de menores recursos, distrito de Ancón, provincia de Lima se requiere destinar el monto ascendente a CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 000 000,00) a la ejecución de tales acciones en predios de propiedad del Estado, en el marco del Programa Mi Lote, creado mediante Decreto Supremo Nº 003-2009-VIVIENDA; Que, a fin de garantizar la culminación de los proyectos de inversión pública “Instalación del Sistema de Agua Potable y alcantarillado en la Caleta Cabo Blanco, distrito de El Alto-Talara-Piura”, con código SNIP 127769, y “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la Ciudad de El Alto-Distrito de El Alto-Talara-Piura” con código SNIP 76931, se requiere otorgar a la Municipalidad Distrital de El Alto, ubicada en la provincia de Talara, departamento de Piura, recursos por el monto ascendente a TRESCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 300 000,00); Que, los pliegos Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones-OSIPTEL, Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería- OSINERGMIN y Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento-SUNASS han comunicado que cuentan con disponibilidad en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados para otorgar el fi nanciamiento requerido para la aplicación de las medidas mencionadas en los considerandos precedentes, las cuales permitirán que el Estado proporcione viviendas dignas a las familias de los policías acaecidos en los atentados ocurridos en la provincia de Bagua, así como efectuar actividades y proyectos de inversión pública vinculados a saneamiento y a habilitación urbana; Que, considerando las medidas económico fi nancieras a través del gasto recientemente implementadas, es necesario establecer disposiciones extraordinarias de carácter económico y fi nanciero, que por sus alcances resultan de interés nacional, orientadas a autorizar excepcionalmente la atención de la implementación de acciones y proyectos de inversión pública los que, de no realizarse, afectarán los derechos básicos de vivienda y saneamiento de la población benefi ciaria; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto 1.1 Autorizar transferencias fi nancieras a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para la ejecución del “Complejo Habitacional Héroes de Bagua”, la Habilitación Urbana Ciudad Fraternidad Etapa I y el componente “Mi Quinta” del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos. 1.2 Autorizar una transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de El Alto, ubicada en la provincia de Talara, departamento de Piura, para la ejecución de los proyectos de inversión pública “Instalación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado en la Caleta Cabo Blanco, distrito de El Alto-Talara-Piura”, con código SNIP 127769, y “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la Ciudad de El Alto-Distrito de El Alto-Talara-Piura” con código SNIP 76931. Artículo 2º.- De las transferencias fi nancieras a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 1.1 del artículo 1º del presente Decreto de Urgencia, que se aprueban por Resolución del Titular de los Pliegos Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones-OSIPTEL y Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería-OSINERGMIN, respectivamente, se efectuarán conforme a lo siguiente: a) La transferencia fi nanciera por la suma de DOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 000 000,00), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados de los pliegos Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones-OSIPTEL y Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería-OSINERGMIN, por UN MILLÓN Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 000 000,00) cada uno, orientados al fi nanciamiento del