TEXTO PAGINA: 14
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de julio de 2010 421900 Los horarios del simulacro de acuerdo a los respectivos turnos de las instituciones educativas son: Mañana: 10:00 horas Tarde: 15:00 horas Noche: 20:00 horas Artículo 2º.- Encargar a las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local, Municipalidades comprendidas en el Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa e Instituciones Educativas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO MARTÍN BARRANTES MARTÍNEZ Director de Educación Comunitaria y Ambiental 516436-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban Solicitud de Ampliación del Sistema de Transporte de Gas Natural de Camisea al City Gate Lurín RESOLUCIÓN SUPREMA N° 045-2010-EM Lima, 8 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 101-2000- EM se otorgó a Transportadora de Gas del Perú S.A. (en adelante “TGP”), la concesión de transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate en Lima, la misma que va desde el punto de fi scalización de la producción, en la zona denominada Las Malvinas, provincia de La Convención, departamento de Cusco hasta el City Gate en el distrito de Lurín, provincia de Lima. En tal sentido, el Estado Peruano suscribió con TGP el “Contrato BOOT Concesión de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate” (en adelante “Contrato BOOT”); Que, de acuerdo con el señalado en la Cláusula 9.2 del Contrato BOOT, TGP tiene el derecho de efectuar las ampliaciones a la Red de Transporte de Gas, a efectos de incrementar la Capacidad de la misma por encima de la Capacidad Mínima; Que, mediante Carta Nº TGP/GELE/INT/03031-2010, de fecha 15 de enero de 2010, TGP presentó una solicitud para ampliar la capacidad del Sistema de Transporte de Gas Natural de Camisea al City Gate Lurín, de 450 MMPCD a 530 MMPCD, al amparo del Artículo 89º del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 081-2007-EM (en adelante “Reglamento”); Que, mediante Ofi cios N° 156-2010-EM/DGH, N° 342-2010-EM/DGH y Ofi cio Nº 716-2010-EM/DGH, la Dirección General de Hidrocarburos (DGH) realizó observaciones a la solicitud de TGP, los cuales fueron absueltos con las Cartas Nº TGP/GELE/INT/03157- 2010, Nº TGP/GELE/INT/03316-2010 y Carta Nº TGP/ GELE/INT/03842-2010; Que, con fecha 27 de mayo de 2010 se publicó la Resolución Suprema Nº 040-2010-EM, que aprobó el “Acuerdo para el incremento y Uso de la Capacidad de Transporte del Ducto Principal”, suscrito entre TGP y PLNG, al amparo del Artículo 81º del Reglamento; Que, con fecha 28 de mayo de 2010 se publicó la Resolución Suprema Nº 041-2010-EM, mediante la cual se aprobó la Adenda al Contrato BOOT de Concesión de Transporte de Gas Natural de Camisea al City Gate de TGP. La señalala Adenda agrega el numeral 9.30 al Contrato BOOT indicando, entre otros, que TGP deberá ofrecer al mercado interno, en forma inmediata, 80 MMPCD adicionales de capacidad de transporte de gas natural, es decir, ampliar la capacidad de 450 MMPCD a 530 MMPCD; Que, la solicitud de ampliación presentada por TGP ha sido analizada en el Informe Técnico Legal Nº 88-2010- MEM/DNH de la DGH del Ministerio de Energía y Minas, el cual concluye que cumple con todos los requisitos dispuestos en el Reglamento, por lo que corresponde su aprobación; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 89º del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 081-2007-EM; Con la opinión favorable del Director General de Hidrocarburos y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la solicitud de ampliación de Transportadora de Gas del Perú S.A., para la ampliación de la capacidad del Sistema de Transporte de Gas Natural de Camisea al City Gate Lurín , de 450 MMPCD a 530 MMPCD. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 516956-5 Aprueban relación de empresas que formarán parte de la Comisión Consultiva para la determinación de la Banda de Precios del Fondo para la Estabilización de los Combustibles RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 140-2010-EM/DGH Lima, 8 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto de Urgencia Nº 010-2004, se creó el “Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo”, como un fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios del petróleo crudo y sus derivados, se traslade a los consumidores del mercado interno; Que, por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF, se aprobaron las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004, asimismo se facultó a la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas para que dicte y establezca los aspectos operativos del Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 027-2010 se modifi có el Decreto de Urgencia N° 010-2004 y se dictaron medidas para la mejor aplicación del Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo, a fi n de atenuar su impacto sobre las cuentas fi scales, evitando la generación de desequilibrios en las fi nanzas del Estado y el incumplimiento de las reglas fi scales que podrían afectar signifi cativamente a la economía; Que, a través del Decreto de Urgencia N° 027-2010, se modifi có el Artículo 4° del Decreto de Urgencia N° 010- 2004, incluyéndose el numeral 4.1, el cual dispone que el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN) sea el encargado de publicar en el Diario Ofi cial El Peruano y actualizar la Banda de Precios Objetivo para cada uno de los Productos defi nidos en la norma que creó el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo; Que, adicionalmente, el numeral 4.1 incluido mediante el Decreto de Urgencia N° 027-2010 establece que la actualización de las Bandas de Precios Objetivo, se realizará en coordinación con una comisión consultiva, integrada por representantes del Ministerio de Energía