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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2010 (09/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de julio de 2010 421896 y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Argentina, sin armas de guerra; Que, nuestro país a través de la Marina de Guerra del Perú actuará como anfi trión del Ejercicio Multinacional Intercambio Sur (SOUTHERN EXCHANGE 2010) cuya ejecución resulta de interés institucional y, en el que personal militar de la República de Argentina participará entre el 05 al 24 de julio de 2010; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, al siguiente personal militar de la República de Argentina, sin armas de guerra, para participar Ejercicio Multinacional Intercambio Sur- SOUTHERN EXCHANGE, del 13 al 17 de julio de 2010: 1. CF Alejandro Daniel PEREYRA 2. CF Humberto Mario DOBLER 3. GU Luis Ángel DE LA IGLESIA 4. SI Hugo Alberto CHOQUE 5. SS Leonardo Joquín GOMEZ 6. SS Jorge Osvaldo GUTIERREZ 7. CP Jorge Luis PALACIOS 8. CP Juan Marcelo ARROYO 9. CP Leonardo Martín KISZKA 10. CP Victor Luis PALIZA 11. CP Walter Andrés VASQUEZ 12. CP Gabriel Alejandro CHULIVER 13. CI René Manuel FLORES 14. CI Bernardo Walter ALFONZO 15. CI José Rómulo Raúl VOLGGI 16. CI Héctor Fabián SALDAÑO 17. CI Alejandro Salvador FARFAN 18. CI Ramón Gabriel LUGO 19. Cs Carlos Javier VILTE 20. Cs Martín José LENCINA 21. Cs Dario Enrique GONZALEZ 22. Cs Carlos Roberto Orlando PARIGGI 23. Cs Cristian Alejandro GARCIA 24. Cs Enzo Daniel CRUZ 25. Cs Patricio Santiago NUÑEZ 26. Cs Jorge Marcelo ALVAREZ 27. Cs Jonatan Daniel CASE 28. Cs Roberto Carlos OYARZUN 29. Cs Fernando Isidoro RIVERO 30. Cs Damián Alberto CORDOBA 31. Cs Franco Gabriel RIVERO 32. Cs Maximiliano STRIKA 33. Cs Oscar Rafael VILLAGRA 34. Cs Ramiro Daniel ARREGUI 35. Cs Damián Ezequiel BRAVINO SUAREZ 36. Cs Enzo Damian PANARlTI 37. Cs Alexis Enamuel JOSE 38. CF Alejandro VERA 39. CC Carlos Alberto BOSQUE 40. TN Juan Pablo Rosato Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856- Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 516535-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 702-2010-DE/SG Lima, 6 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 707, de fecha 24 de junio de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa del Brasil sin armas de guerra; Que, durante la V Conferencia Bilateral entre Estados Mayores de los Ejércitos de la República Federativa del Brasil y del Perú, se acordó la participación de Ofi ciales Instructores brasileños en el Curso de Comunicaciones y Guerra Electrónica, a llevarse a cabo en la Escuela de Comunicaciones del Ejército del Perú, entre el 07 de julio al 31 de diciembre de 2010; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable del Ejército del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República al siguiente personal militar del Ejército de la República Federativa del Brasil sin armas, para desempeñarse como Instructores del Curso de Comunicaciones y Guerra Electrónica en la Escuela de Comunicaciones del Ejército del Perú, a partir del 08 de julio hasta el 31 de diciembre de 2010: 1.- MAYOR PEDRO EDUARDO DE SOUSA DIAS 2.- CAPITAN JULIO CESAR PORTO NASCIMENTO 3.- CAPITAN FLAVIO OLIVEIRA DA SILVA NETTO 4.- CAPITAN FABIO CUNHA CONCEIÇÂO Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 516535-3