Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2010 (09/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

421905

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa INFINITY E.I.R.L., concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru, estableciendose como servicio a prestar inicialmente, el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa INFINITY E.I.R.L., para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas y forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2° de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por el derecho de concesion. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 515901-1

Otorgan autorizacion a la Compania Peruana de Radiodifusion S.A. para prestar servicio de radiodifusion comercial por television en VHF en el distrito de Ancon, provincia de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 443-2010-MTC/03 MORDAZA, 14 de junio de 2010 VISTO, el Escrito con Registro Nº 974429, del 04 de agosto de 1997, presentado por la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A., sobre otorgamiento de autorizacion por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion comercial por Television en la banda de VHF en el distrito de Ancon, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Mediante Resolucion Ministerial Nº 387-95MTC/15.17 del 13 de setiembre de 1995, se autorizo a la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A., por el plazo improrrogable de doce (12) meses, en periodo de instalacion y prueba, el establecimiento de una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion comercial en television en el distrito de Ancon, provincia de MORDAZA, departamento de Lima; Que, mediante Escrito con Registro Nº 974429 del 04 de agosto de 1997 la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A., solicita la inspeccion tecnica de su estacion de radiodifusion comercial por Television en la banda de VHF en el distrito de Ancon, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, a fin que se le otorgue autorizacion definitiva; Que, el articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aplicable en virtud de lo dispuesto en la Primera Disposicion Final y Transitoria del

Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba, dentro del cual la titular instalara los equipos requeridos para la prestacion del servicio autorizado y realizara las pruebas de funcionamiento respectivas, que sera verificado por el organo competente del Ministerio; Que, con Informe Nº 0089-98-MTC/15.19.03.3 del 21 de MORDAZA de 1998 de la entonces Subdireccion de Control de Estaciones Radioelectricas de la Direccion de Administracion de Frecuencias concluye que la estacion retransmisora de television de la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A. reune las condiciones minimas necesarias de equipamiento y operacion. Dicha opinion es corroborada en los Informes Nºs 2970-2002MTC/15.19.03.3 y 1665-2005-MTC/18.01.1 de fechas 27 de setiembre de 2002 y 26 de agosto de 2005, emitidos por la Subdireccion de Control de Estaciones Radioelectricas de la Direccion de Administracion de Frecuencias y de la Subdireccion de Control MORDAZA de la Direccion de Monitoreo e Inspeccion de Telecomunicaciones, respectivamente; por lo tanto, la inspeccion tecnica es favorable; Que, el articulo 21º del Reglamento de la Ley de Radio y Television establece que las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se conceden por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, iniciandose con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogables; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 3302005-MTC/03, modificada mediante las Resoluciones Viceministeriales Nºs 525-2007-MTC/03 y 122-2009MTC/03, se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de VHF para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad denominada Ancon - MORDAZA MORDAZA, incluyendose en esta al distrito de Ancon, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, ubicacion consignada en la Resolucion Ministerial Nº 387-95-MTC/15.17; Que, mediante Informe Nº 159-2010-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que habiendo obtenido la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A., los informes tecnicos favorables de las inspecciones tecnicas realizadas a su estacion de radiodifusion, es procedente otorgarle autorizacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 387-95-MTC/15.17; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado con Decreto Supremo Nº 006-94-TCC, la Ley de Radio y Television Nº 28278 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, la Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion; y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establecen los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable del Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A., por el plazo de diez (10) anos, por periodos sucesivos, para prestar el servicio de radiodifusion comercial por television en la banda de VHF, en la localidad denominada Ancon ­ MORDAZA MORDAZA, departamento de Lima. Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion por diez (10) anos, a que se refiere el articulo precedente, comprende un periodo de instalacion y prueba computandose desde el dia siguiente de la publicacion de la Resolucion Ministerial Nº 387-95-MTC/15.17, y concluira el 23 de setiembre de 2015. Articulo 3º.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente Licencia de Operacion. Articulo 4º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones

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