Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2010 (09/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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PLIEGO FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Gobiernos Locales

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2010

: 1 Recursos Ordinarios 7 496 773,00 ____________ 7 496 773,00 ============ 27 831 231,00 ============

GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros SUBTOTAL TOTAL EGRESOS

La transferencia de partidas autorizada sera destinada exclusivamente para el financiamiento de los proyectos de salud senalados en el Anexo "Relacion de proyectos de inversion", que forman parte del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1. El Titular del Pliego habilitador y habilitados comprendidos en el presente dispositivo, aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1º de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidad de Metas y Unidades de Medida. 2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas de Modificacion Presupuestarias" que requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de las transferencias de partidas a que hace referencia el articulo 1º del presente dispositivo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Economia y Finanzas y el Ministro de Salud. Dado en MORDAZA, a los ocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud. 516956-2

el Ano Fiscal 2010, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento interno hasta por un monto que no exceda de S/. 2 921 500 000,00 (DOS MIL NOVECIENTOS VEINTIUN MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), que incluye dentro del inciso i) del literal d) del rubro Defensa Nacional el financiamiento para el VRAE hasta por la suma de S/. 250 000 000,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, el Ministerio de Economia y Finanzas acordara una operacion de endeudamiento interno con el Banco de la Nacion hasta por la suma de S/. 250 000 000,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), destinada a financiar la adquisicion de equipamiento militar para operaciones en la MORDAZA del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA y Ene (VRAE), a ser ejecutado por el Ministerio de Defensa; Que, la indicada operacion de endeudamiento interno ha cumplido con los requisitos establecidos en los numerales 20.1 y 20.2 del Articulo 20º de la Ley Nº 28563 y sus modificatorias, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento y la Ley Nº 29466; Que, de otro lado, mediante el numeral 36.1 del Articulo 36º de la Ley Nº 28563 y sus modificatorias, se autoriza al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, para realizar operaciones de administracion de deuda dirigidas a disminuir los riesgos de refinanciamiento y/o de MORDAZA, las cuales no se encuentran sujetas a los limites para las operaciones de endeudamiento que fija la Ley de Endeudamiento del Sector Publico para cada ano fiscal ni tienen implicancias presupuestales en el ano fiscal que se acuerden; Que, se ha considerado conveniente aprobar una operacion de administracion de deuda de las obligaciones que se deriven de la citada operacion de endeudamiento, la misma que sera bajo la modalidad de refinanciacion, a traves de la entrega del MORDAZA Soberano SB12AGO20; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento interno y la operacion de administracion de deuda, en aplicacion del literal l) del Articulo 22° de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28563, y sus modificatorias, la Ley Nº 29466, por la Resolucion Directoral N° 05-2006-EF/75.01, Directiva para la Concertacion de Operaciones de Endeudamiento; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1°.- Aprobacion y condiciones de la operacion de endeudamiento interno 1.1 Apruebese la operacion de endeudamiento interno a ser acordada entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, hasta por la suma de S/. 250 000 000,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), destinada a financiar la adquisicion de equipamiento militar para operaciones en la MORDAZA del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA y Ene (VRAE). 1.2 El monto correspondiente al principal de la citada operacion de endeudamiento interno sera integramente cancelado el 12 de febrero de 2012 y devengara una tasa de interes del 2,05% efectiva anual. Los intereses son pagados semestralmente a partir del 12 de febrero de 2011. Articulo 2°.- Operacion de administracion de deuda 2.1 Apruebese la operacion de administracion de deuda de las obligaciones que se generen de la operacion de endeudamiento que se aprueba en el articulo 1º de esta MORDAZA legal, y que sera bajo la modalidad de refinanciacion, a traves de la entrega del MORDAZA Soberano BS12AGO20, cuya emision se aprueba en el articulo siguiente.

Aprueban Operacion de Endeudamiento Interno y de Administracion de Deuda
DECRETO SUPREMO Nº 149-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 4.2 del Articulo 4° de la Ley N° 29466, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para

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