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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 3 de marzo de 2010 414969 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY Otorgan beneficios tributarios relativos al pago de Arbitrios Municipales ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2010-MDCH Chancay, 24 de febrero del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY POR CUANTO: VISTO: En Sesión de Concejo de la fecha, el informe Nº 075-2010-MDCH/OAT, presentado por la Ofi cina de Administración Tributaria de esta Municipalidad, por el que solicita se apruebe otorgar como BENEFICIO TRIBUTARIO un descuento por el pago de las deudas acumuladas hasta el año 2009 por concepto de arbitrios municipales y por pronto pago de dichos concepto por el año 2010. CONSIDERANDO: Que el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y distritales y las delegadas conforme a ley, son órganos de gobierno local que tienen autonomía Política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, a su vez el artículo 195º numeral 3) de la norma constitucional señala que las municipalidades tienen competencia de administrar sus bienes, rentas; precisándose en el numeral 4) que de igual forma tienen competencia para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley; Que el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que las ordenanzas provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de los cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa, precisándose en su segundo párrafo que mediante Ordenanza se crean, modifi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 013-2009- MDCH modifi cada por Ordenanza Nº 014-2009-MDCH se reguló el Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el año 2010 en el distrito de Chancay; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 003- 2010-MDCH se aprobó la amnistía para el pago de deudas tributarias y administrativas que los contribuyentes mantengan con nuestra corporación edil, estableciéndose entre otros beneficios la condonación del 100% de los intereses moratorios de las deudas tributarias por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales; Que, mediante el Informe del Visto, la Ofi cina de Administración Tributaria, propone al Concejo Municipal se apruebe el otorgamiento del BENEFICIO TRIBUTARIO de descuento del 5% a las deudas acumuladas hasta el año 2009 por concepto de arbitrios municipales y del 10% por el pago integral de los arbitrios municipales del año 2010, proponiendo la vigencia de dicho benefi cio hasta el 30 de abril del presente año; Que, es política de la gestión municipal promocionar el pago de las obligaciones generadas por los tributos que la Municipalidad administra brindando a los contribuyentes las mayores facilidades para su cumplimiento; En uso de las atribuciones conferidas en el Art. 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto mayoritario de los miembros del Consejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Otorgar el BENEFICIO TRIBUTARIO de descuento del 5% del capital a las deudas acumuladas hasta el año 2009 por concepto de Arbitrios Municipales. Artículo Segundo.- Otorgar el BENEFICIO TRIBUTARIO de descuento del 10% del capital por el pago de la totalidad en una sola cuota de los Arbitrios Municipales del año 2010. Artículo Tercero.- Disponer que el beneficio concedido a través del artículo primero de la presente Ordenanza se aplique en forma conjunta y sin perjuicio del beneficio regulado por la Ordenanza Nº 003-2010- MDCH/A. Artículo Cuarto.- Disponer que la presente Ordenanza tenga vigencia desde el día siguiente de su publicación hasta el 30 de Abril del año en curso. Artículo Quinto.- Encargar a la Ofi cina de Secretaría General, Ofi cina de Administración Tributaria y Ofi cina de Imagen Institucional, la publicación, cumplimiento y difusión respectivamente de la presente norma municipal. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN A. ALVAREZ ANDRADE Alcalde 462720-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del “Acuerdo entre la República del Perú y el Reino de Bélgica sobre el Desempeño de Actividades de Carácter Lucrativo por Ciertos Miembros de la Familia del Personal Diplomático y Consular” Entrada en vigencia del “Acuerdo entre la República del Perú y el Reino de Bélgica sobre el Desempeño de Actividades de Carácter Lucrativo por Ciertos Miembros de la Familia del Personal Diplomático y Consular”, suscrito el 24 de junio de 2008, en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica y ratifi cado por Decreto Supremo Nº 008-2010-RE de fecha 23 de febrero de 2010, publicado el 24 de febrero de 2010. Entrará el vigencia el 1 de abril de 2010. 463560-1 Entrada en vigencia del “Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China” Entrada en vigencia del “Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China”, suscrito el 28 de abril de 2009, en la ciudad de Beijing, República Popular China y ratifi cado por Decreto Supremo Nº 092- 2009-RE de fecha 5 de diciembre de 2009, publicado el 6 de diciembre de 2009. Entró en vigencia el 1 de marzo de 2010. 463563-1