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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de marzo de 2010 415421 Artículo 2º.- Creación y delimitación de las Administraciones Locales de Agua de la Autoridad Administrativa del Agua Pampas-Apurímac Aprobar la creación y delimitación de los ámbitos territoriales de las tres (03) Administraciones Locales de Agua de la Autoridad Administrativa del Agua Pampas- Apurímac, conforme al mapa anexo y el cuadro siguiente: Cod. Administración Local de Agua Área Km2 % (AAA) 53 Bajo Apurímac- Pampas 29,840.59 46 54 Medio Apurímac- Pachachaca 17,874.32 28 55 Alto Apurímac-Velille 16,658.26 26 Total 64,373.17 100 Artículo 3º.- Creación y delimitación de las Administraciones Locales de Agua de la Autoridad Administrativa del Agua Marañón Aprobar la creación y delimitación de los ámbitos territoriales de las nueve (09) Administraciones Locales de Agua de la Autoridad Administrativa del Agua Marañón, conforme al mapa anexo y el cuadro siguiente: Código Administración Local de Agua Área Km2 % (AAA) 28 Chinchipe-Chamaya 13,630.91 15.92 29 Utcubamba-Santiago 33,345.34 38.96 30 Chotano-Llaucano 7,960.57 9.30 31 Las Yangas-Suite 4,199.18 4.91 32 Cajamarca 1,469.48 1.72 33 Crisnejas 2,455.18 2.87 34 Huamachuco 5,824.46 6.80 Código Administración Local de Agua Área Km2 % (AAA) 35 Pomabamba 6,686.23 7.81 36 Alto Marañón 10,028.03 11.72 Total 85,599.38 100.00 Artículo 4º.- Publicación en el Portal Institucional Publíquese, en la página web de la Autoridad Nacional del Agua, las propuestas técnicas elaboradas por la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, que forman parte integrante de la presente resolución y sirven de sustento para la creación y delimitación de Administraciones Locales de Agua que se aprueba mediante los artículos precedentes. Artículo 5º.- Implementación y puesta en funcionamiento de las Administraciones Locales de Agua Encárguese a la Dirección de Administración de Recursos Hídricos y a la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, la ejecución de acciones necesarias para la implementación y puesta en funcionamiento, en un plazo no mayor de treinta días, de las Administraciones Locales de Agua a que se refi ere la presente resolución. Artículo 6º.- Procedimientos Administrativos en Trámite Una vez implementadas las Administraciones Locales de Agua a que se refi ere la presente resolución, asumirán los procedimientos administrativos en trámite, sin retrotraer etapas ni suspender plazos, de acuerdo a sus respectivos ámbitos territoriales de competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese, FRANCISCO PALOMINO GARCIA Jefe Autoridad Nacional del Agua