Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2010 (12/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES
DE LA : SECCION PRIMERA PLIEGO

415427
En Nuevos Soles

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010 a favor del Pliego Instituto Geofisico del Peru - IGP
DECRETO SUPREMO N° 085-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013 que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, adscribe al Instituto Geofisico del Peru - IGP, como organismo publico ejecutor de ese Ministerio; el mismo que se rige por su MORDAZA de creacion y otras complementarias; Que, el Instituto Geofisico del Peru - IGP tiene por finalidad la investigacion cientifica, la ensenanza y la capacitacion, la prestacion de servicios, y la realizacion de estudios y proyectos; en las diversas areas de la geofisica; y tiene entre sus funciones, la de investigar el medio ambiente y estudiar los procedimientos que permitan prever y reducir el impacto destructor de los desastres naturales o inducidos por el hombre; Que, como consecuencia del movimiento telurico producido en la MORDAZA de Ica el 15 de agosto de 2007, el Instituto Geofisico del Peru - IGP comprobo la vulnerabilidad de los sistemas de comunicacion, que son utilizados por la Red Nacional Sismologica, lo que imposibilita su uso para dar una alerta de la posible generacion de tsunamis. Ante dicha problematica el IGP presento el proyecto SNIP 90722 "Implementacion de una Red Satelital para Alerta de Tsunamis en la Costa Peruana", como medida de alerta ante la inminente ocurrencia de desastres naturales; Que, actualmente, vienen ocurriendo diversos fenomenos naturales que estan originando desastres de gran magnitud en diversas zonas del MORDAZA y del MORDAZA, por ocurrencias de condiciones meteorologicas extremas, y alteracion del medio geofisico, que generan danos a la calidad de MORDAZA de los pobladores y perdida de infraestructura; Que, resulta necesario la ejecucion del proyecto "Implementacion de una Red Satelital para Alerta de Tsunamis en la Costa Peruana" toda vez que permitira al Instituto Geofisico del Peru - IGP fortalecer su capacidad tecnica y operativa para el registro y la deteccion de la actividad sismica extendiendola a todo el territorio nacional y la capacidad de realizar el pronostico temprano de la ocurrencia de Tsunamis, suministrando informacion oportuna a los organismos encargados de llevar a cabo las medidas de prevision y mitigacion de desastres, y de esa forma salvaguardar de manera inmediata la integridad de aproximadamente 1'600,000 habitantes de la costa peruana; Que, el requerimiento formulado por el Instituto Geofisico del Peru - IGP se atendera con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas, por lo que es necesario autorizar una transferencia de partidas, por la suma de DOS MILLONES CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 186 000,00); De conformidad con lo establecido por el articulo 45° de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, hasta por la suma de DOS MILLONES CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 186 000,00) a favor del Instituto Geofisico del Peru IGP para la ejecucion del proyecto "Implementacion de una Red Satelital para Alerta de Tsunamis en la Costa Peruana", de acuerdo al siguiente detalle:

: Gobierno Central 009 : Ministerio de Economia y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administracion General FUNCION 03 : Planeamiento, Gestion y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 000010 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS A LA : SECCION PRIMERA PLIEGO 112 UNIDAD EJECUTORA 001 FUNCION 17 PROGRAMA FUNCIONAL 009 SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0009 PROYECTO 100835 FUENTE DE FINANCIAMIENTO : : : : : : : 2 186 000,00 ------------------2 186 000,00 =========== En Nuevos Soles Gobierno Central Instituto Geofisico del Peru Instituto Geofisico del Peru Medio Ambiente Ciencia y Tecnologia Soporte Tecnologico Implementacion de una Red Satelital para Alerta de Tsunamis en la Costa Peruana 1 : Recursos Ordinarios 2 186 000,00 -------------------2 186 000,00 ===========

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS

Articulo 2º.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitaran a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1° del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos Articulo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de marzo del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas 467559-4

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