Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2010 (12/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de marzo de 2010 415426 Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, a los siguientes efectivos de las Fuerzas Armadas de la República de Colombia y de los Estados Unidos de América, para participar en la conferencia de planeamiento inicial del ejercicio denominado “Southern Exchange 2010”, que se llevará a cabo entre el 14 y el 20 de marzo de 2010: COLOMBIA 1. NUBLAR JOSE GALVIS LEGIZAMON, TENIENTE CORONEL DE INFANTERIA DE MARINA ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 1. LACEBY, REX CAPITÁN, INFANTERÍA DE MARINA 2. JAY, HUSTON CORONEL, INFANTERÍA DE MARINA 3. LOPEZ, JOHN CORONEL, INFANTERÍA DE MARINA 4. BOLANIO, AGUSTINE CORONEL, INFANTERÍA DE MARINA 5. PEREZ, ANTHONY TENIENTE CORONEL, INFANTERÍA DE MARINA 6. AMEIGIERAS, MIGUEL TENIENTE CORONEL, INFANTERÍA DE MARINA 7. REYES, FRANCISCO CAPITÁN, INFANTERÍA DE MARINA 8. CORDERO, RICARDO J. CAPITÁN, INFANTERÍA DE MARINA 9. EVANS, JEFFREY MAYOR, INFANTERÍA DE MARINA 10. OGLETREE, JAMES MAYOR, INFANTERÍA DE MARINA 11. JON CARLOS TRUJILLO MAYOR, INFANTERÍA DE MARINA 12. WARRING, MICHAEL MAYOR, INFANTERÍA DE MARINA 13. BAKION, SAMUEL MAYOR, INFANTERÍA DE MARINA 14. WINDEL, LANCE MAYOR, INFANTERÍA DE MARINA 15. WILLIAM, CARROLL TECNICO SUPERVISOR, INFANTERÍA 16. BRADY, GARRIN TÉCNICO SUPERVISOR, INFANTERÍA 17. O’ROURKE, RYAN TÉCNICO SUPERVISOR, INFANTERÍA 18. DE LOZA, JOSE TÉCNICO 2DO., INFANTERÍA DE MARINA 19. BUTTRY PATRICK TÉCNICO 2DO. INFANTERÍA DE MARINA 20. BRADALEY, JUSTIN SARGENTO 2º., INFANTERÍA DE MARINA 21. RODRIGUEZ, ROBERTO SARGENTO 3º., INFANTERÍA DE MARINA 22. LYNCH, ROBERT SARGENTO 3º., INFANTERÍA DE MARINA 23. JOHN, JASON SARGENTO 3º., INFANTERÍA DE MARINA 24. HERCHER, DAVID SARGENTO 3ª. , INFANTERÍA DE MARINA 25. BORNT FLOYD CAPITÁN DE FRAGATA 26. DEGNER, DANIEL CAPITÁN DE FRAGATA 27. PACHECO PEREZ, CONSTANTINO CAPITÁN DE FRAGATA 28. NELSON, OSCAR CAPITÁN DE CORBETA 29. KUTANSKY, BRET CAPITÁN DE CORBETA 30. REYNOSO DAVILA, JOSE CAPITÁN DE CORBETA 31. VILLALPANDO, ANNA TENIENTE PRIMERO 32. LINDEMOOD, MARK TÉCNICO 2DO. 33. LYLE R. JACKSON CORONEL 34. JOHN V. TEYHEN CORONEL 35. ROMAN I. CHYLA TECNICO Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 467351-3 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban el funcionamiento de nuevas Salas Especializadas en el Tribunal Fiscal DECRETO SUPREMO Nº 084-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 98º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135- 99-EF y modifi catorias, establece que el número de Salas Especializadas en el Tribunal Fiscal, de acuerdo con sus necesidades operativas, se aprueba mediante Decreto Supremo; Que, el actual número de Salas con que cuenta el Tribunal Fiscal no permite reducir la cantidad de expedientes pendientes de resolución, lo que se ve agravado por la tendencia creciente en el ingreso de apelaciones y quejas a dicho órgano colegiado; Que, en consecuencia, existe la necesidad operativa de aumentar el número de Salas Especializadas; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 98º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modifi catorias, y en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación de Salas Especializadas Apruébese el funcionamiento de dos (02) nuevas Salas Especializadas en el Tribunal Fiscal para garantizar la resolución oportuna de apelaciones y quejas. Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de marzo del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 467559-3