Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2010 (13/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de marzo de 2010

descritas en el articulo 28 del D. Leg. Nº 276, en los literales siguientes: a) El incumplimiento de las normas establecidas en la presente ley y su reglamento; (articulo 21 literal e); c) El incurrir en acto de violencia, grave indisciplina o faltamiento de palabra en agravio de su superior del personal jerarquico y de los companeros de labor; Que, las faltas tipificadas anteriormente se encuentran recogidas en el TUO de la Normatividad del Servicio Civil aprobado por D.S. Nº 007-2010, en sus articulos 45, inciso j), y articulo 79 incisos a) y c). Que, en opinion minoritaria del representante de los trabajadores se tiene que, considera que no se ha efectuado una notificacion valida por lo que se abstiene de emitir opinion, sin embargo el mismo representante de los trabajadores ha declarado en acta de reunion de la comision para deliberar el tema, que el ha intentado persuadir al procesado para que afronte el MORDAZA, para que tenga una defensa adecuada, de lo que se puede apreciar que el procesado tomo conocimiento no solo por las notificaciones efectuadas, sino tambien por el representante de los trabajadores ante la comision. De conformidad con lo dispuesto por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, esta Alcaldia RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer sancion administrativa disciplinaria de DESTITUCION al servidor procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por transgredir el articulo 28º del D. Leg. Nº 276, en los siguientes literales: a) El incumplimiento de las normas establecidas en la presente ley y su reglamento; (articulo 21 literal e); al haber incumplido las obligaciones de los servidores publicos de observar buen trato y lealtad hacia el publico en general, hacia los superiores y companeros de trabajo; y, c) El incurrir en acto de violencia, grave indisciplina o faltamiento de palabra en agravio de su superior del personal jerarquico y de los companeros de labor. Normatividad que se encuentra incluido en el D.S. Nº 007-2010-PCM en su articulo 79 literales a) y c). Articulo 2º.- Notificar con la presente resolucion en la forma de Ley. Registrese, comuniquese, hagase saber. MORDAZA BALBUENA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA 466530-1

expediente Nº 4674-09 de fecha 02/11/09 de la Municipalidad Centro Poblado Anexo 22 MORDAZA MORDAZA Grande, MORDAZA municipalidades solicitan reconocimiento de competencia para realizacion de procedimientos coactivos, expediente Nº 0594-10 de fecha 16/02/10 de la Comision Especial de Regidores, sobre Proyecto de Ordenanza que autoriza la implementacion de Oficinas de Ejecucion Coactiva en las Municipalidades de Centros Poblados de la Provincia de Huarochiri, Informe Nº 552-2009/MPH-OAJ-CMDS de fecha 23/11/09 de la Oficina de Asesoria Juridica, y la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 23 de febrero del 2010, vinculado a los documentos mencionados parrafos arriba; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordantes con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, el articulo 189 de la Constitucion Politica del Estado, senala que el territorio de la Republica esta integrado por regiones, departamentos, provincias y distritos, en cuyas circunscripciones se constituye y organiza el gobierno a nivel nacional, regional y local, precisando que el ambito del nivel regional de gobierno son las regiones y departamentos y en el ambito del nivel local de gobierno son las provincias, distritos y los centros poblados; Que, de acuerdo a lo establecido en la carta magna, las Municipalidades de centros poblados creados conforme a lo dispuesto en la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783 y la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 constituyen un nivel de gobierno local y ejercen actos de gobierno y de administracion dentro de las circunscripciones territoriales asignados, por consiguiente forman parte de las entidades de administracion publica nacional; Que, el articulo 1º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26979, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, establece el MORDAZA legal de los actos de ejecucion coactiva que corresponde a todas las entidades de la Administracion Publica, Asimismo, constituye el MORDAZA legal que garantiza a los obligados al desarrollo de un debido procedimiento coactivo; Que, el inciso a) del articulo 2º de la acotada MORDAZA, senala que se entendera por entidad o entidades, Aquellas de la Administracion Publica Nacional, Regional y Local, que estan facultadas por ley a exigir coactivamente el pago de una acreencia o la ejecucion de una obligacion de hacer o no hacer; Que, en la jurisdiccion de la provincia de Huarochiri existen Municipalidades de Centros Poblados debidamente creadas y adecuadas a los alcances de la Ley Nº 27972, a quienes nos corresponde reconoce y ratificar sus competencias; Que, la presente Ordenanza se expide de manera excepcional y es complementaria de la generada del procedimiento regulado en la Ordenanza Nº 006-2008/ CM-MPH-M de fecha 15/02/09; Que, respecto a los procedimientos de contratacion y/o designacion de los funcionarios, estas deberan ser realizadas por cuenta de las municipalidades de centros poblados, y conforme los procedimientos establecidos en la normativa vigente del procedimiento de Ejecucion Coactiva, pudiendo tambien suscribirse convenios con la municipalidad distrital o provincial para efecto del ejercicio de las cobranzas coactivas en caso se de el hecho; Que, los actos, procesos, acciones y similares que efectuen directamente los municipios de los centros poblados no son de responsabilidad funcional de la municipalidad provincial, deduciendose por lo tanto que las consecuencias de la aplicacion de normas son responsabilidad exclusiva de quienes la diligencian; Por lo expuesto y de conformidad con articulo 20º numeral 06) y 35) de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se aprobo por unanimidad la siguiente

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI
Autorizan implementacion de Oficinas de Ejecucion Coactiva en las Municipalidades de Centros Poblados de la provincia de Huarochiri
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2010-CM/MPH-M Matucana, 24 de febrero del 2010 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI - MATUCANA VISTO: Expediente Nº 4685-09 de fecha 02/11/09 de la Municipalidad Centro Poblado MORDAZA de Pierola,

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