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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de marzo de 2010 415745 Ordenanza Nº 111/MVMT.- Fijan Tasa de Interés Moratorio aplicable a los tributos administrados por la Municipalidad 415795 D.A. Nº 004-2010/MVMT.- Conceden de oficio exoneración prevista en la Ordenanza N° 092/MVMT a propietarios de predios destinados al uso de casa habitación cuyo valor de la base imponible no supere las 2 UIT 415795 D.A. Nº 005-2010-MVMT.- Prorrogan plazo para el pago al contado o en forma fraccionada de la primera cuota del Impuesto Predial del Ejercicio 2010 415796 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AUCALLAMA Acuerdo Nº 005/2010-MDA.- Exoneran de proceso de selección la adquisición de vehículo pesado para uso de servicios públicos y distribución de materiales en infraestructura pública 415796 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del Acuerdo Complementario al Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científi ca con el Gobierno de Brasil para la Implementación del Proyecto “Fortalecimiento de Capacidades para el Mejoramiento de la Producción de Látex de Shiringa en la Región Madre de Dios” 415797 Entrada en vigencia del “Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República de Bolivia” 415798 Entrada en vigencia del Acuerdo Complementario al Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científi ca con el Gobierno de Brasil para la Implementación del “Proyecto Piloto de Escuela Pública Peruana-Brasileña” 415798 Entrada en vigencia del Acuerdo Complementario al Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científi ca con el Gobierno de Brasil para la Implementación del Proyecto “Intercambio de Experiencias y Tecnologías para Mejorar la Calidad en el Proceso de Transformación de la Castaña (Bertholletia excelsa) en la Región Fronteriza Perú - Brasil” 415798 Entrada en vigencia del “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de Malta para la Supresión de los Requisitos de Visa para Titulares de Pasaportes Diplomáticos y Especiales” 415798 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en las provincias de Acobamba, Huancavelica y Angaraes y declara el Estado de Emergencia en la provincia de Tayacaja, del departamento de Huancavelica DECRETO SUPREMO Nº 034-2010-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2010-PCM se declaró el Estado de Emergencia en las provincias de Acobamba, Huancavelica y Angaraes del departamento de Huancavelica, por la emergencia originada por las lluvias torrenciales, las cuales sumadas a la debilitación de los terrenos producto de lluvias anteriores o la propia actividad humana facilitaron el escenario de huaicos y desbordes que han afectado viviendas, vías de acceso, así como producido el fallecimiento de una persona, en el sector Yuraccrumi, ubicado en el barrio de Santa Bárbara, cerca de la ciudad de Huancavelica, y diseminado lodo por algunas calles de la ciudad; Que, mediante Informe Técnico Nº 013-2010-INDECI/ DNO (11.0) de fecha 15 de marzo de 2010, la Dirección Nacional de Operaciones del Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI, se pronuncia indicando que subsisten las condiciones de riesgo en la zona afectada, informando sobre las acciones que se ha venido realizando, las mismas que con las lluvias torrenciales que se vienen produciendo, determinan la existencia de peligro de ocurrencia de nuevos huaicos, deslizamientos, desbordes e inundaciones, por lo que es necesario la continuación de la ejecución de acciones inmediatas y acciones de prevención necesarias, por lo que ha recomendado la prórroga del Estado de Emergencia por desastre natural; Que, asimismo, en el mencionado Informe Técnico, la Dirección Nacional de Operaciones del INDECI informa que a la fecha se viene registrando la ocurrencia de lluvias torrenciales en la provincia de Tayacaja del mismo departamento de Huancavelica, afectando severamente al sector agrario, ocasionado interrupción de carreteras, destrucción de canales de riego, pérdidas de vida como la ocurrida en el distrito de San Marco de Rocchac, destrucción de viviendas ocurridos en los distritos de Colcabamba y Ñahunpuquio respectivamente, por lo que recomienda se declare el Estado de Emergencia en dicha provincia; Que, la magnitud de la situación descrita demanda la adopción de medidas inmediatas que permitan a los sectores comprometidos, al Gobierno Regional de Huancavelica, y los Gobiernos Locales involucrados, organizados en el Sistema Regional de Defensa Civil de Huancavelica, con el apoyo directo del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI y demás entidades públicas involucradas, continuar con la ejecución de las acciones inmediatas destinadas a la atención de la emergencia y rehabilitación correspondiente, así como la ejecución de medidas de prevención necesarias; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia, referido en los considerandos precedentes y subsistiendo aún las condiciones que determinaron su declaratoria, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI ha solicitado la prórroga del Estado de Emergencia en la zona afectada, así como la declaratoria de Estado de Emergencia en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; Que, subsistiendo las condiciones de emergencia en los lugares afectados por las lluvias torrenciales y por tanto el peligro de nuevos huaicos, deslizamientos, desbordes e inundaciones, es necesario prorrogar el Estado de Emergencia, a fi n que se continúen las acciones destinadas a la reducción y minimización de los riesgos existentes, a la atención de la emergencia y rehabilitación de las zonas afectadas. Asimismo, habiéndose identifi cado la ocurrencia de lluvias torrenciales también en la provincia de Tayacaja y que vienen produciendo similares consecuencias de emergencia, se hace necesario declarar el Estado de Emergencia en dicha provincia; En uso de las atribuciones que confi ere el inciso 1) del artículo 137º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Prórroga del estado de emergencia Prorrogar a partir del 23 de marzo de 2010, el Estado de Emergencia en las provincias de Acobamba, Huancavelica