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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de mayo de 2010 418243 Que, la medida a ser adoptada, es necesaria en razón a que las adquisiciones que vienen realizando los Núcleos Ejecutores contribuyen a la creación y sostenimiento de puestos de trabajo en las Micro y Pequeñas Empresas - MYPE, y al mismo tiempo, el Estado se provee de los bienes necesarios para la prestación de los servicios públicos vinculados al Sector Educación; De conformidad con lo establecido en el inciso 19) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Amplíese, excepcionalmente, la autorización establecida en el primer párrafo del artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 100-2009 al pliego Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES - Unidad Ejecutora 004 Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, hasta el 30 de setiembre de 2010, para la ejecución de los recursos asignados mediante Decreto Supremo Nº 065- 2010-EF, para las adquisiciones de uniformes, chompas y calzado para escolares ubicados en las zonas de pobreza a nivel nacional, a las Micro y Pequeñas Empresas - MYPE, a través de la modalidad de Núcleo Ejecutor. Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por la Ministra de Economía y Finanzas, por el Ministro de Educación, por el Ministro de la Producción y por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de abril del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación JOSÉ GONZALES QUIJANO Ministro de la Producción NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 488573-2 AGRICULTURA Designan representante del Ministerio ante la Mesa Técnica del Proyecto Tía María RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0295-2010-AG Lima, 30 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 133-2010-PCM, la Presidencia del Consejo de Ministros, ha constituido la Mesa Técnica del Proyecto Tía María, encargada del análisis y absolución de observaciones sobre el impacto ambiental que ocasionaría el desarrollo del Proyecto Minero Tía María, en base a lo previsto en el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros del Ministerio de Energía y Minas; Que, dicha Mesa Técnica está presidida por un representante del Ministerio del Ambiente, y conformada, entre otros, por un representante del Ministerio de Agricultura, por lo que es necesario proceder a su designación; Estando a lo acordado, y De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobada por Decreto Legislativo Nº 997; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al Ingeniero Oscar Alberto Ávalos Sanguinetti, Director de Conservación y Planeamiento de los Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, como represente del Ministerio de Agricultura ante la Mesa Técnica del Proyecto Tía María, constituida por Resolución Ministerial Nº 133-2010-PCM. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Ministerio del Ambiente el contenido de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ MInistro de Agricultura 488564-1 Aprueban valor del pago por derecho de aprovechamiento para la concesión con fines de ecoturismo otorgada a favor de Ecoturismo Amazónico y Andino del Perú S.A.C. mediante R.J. Nº 111-2008-INRENA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0297-2010-AG Lima, 30 de abril de 2010 VISTO: El Memorándum Nº 580-2010-AG-DGFFS(DGEFFS) de fecha 16 de marzo de 2010; por el cual la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre recomienda la aprobación del valor del pago por derecho de aprovechamiento; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Agricultura, es el órgano rector del Sector Agrario y establece la Política Nacional Agraria, la cual es de obligatorio cumplimiento en todos los niveles de gobierno y ejerce sus funciones en el marco del Decreto Legislativo Nº 997, teniendo como función específi ca dictar las políticas nacionales para el aprovechamiento y desarrollo sostenible de los recursos forestales y de la fauna silvestre, en concordancia con la Política Nacional del Ambiente; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0314-2002- AG, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 0412-2006- AG y Resolución Ministerial Nº 632-2006-AG, se aprueban las Disposiciones Complementarias para el Otorgamiento de Concesiones para Ecoturismo, encargándose al Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA), su difusión, aplicación y cumplimiento; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 111-2008- INRENA de fecha 22 de abril de 2008, se aprobó la propuesta técnica presentada por empresa Ecoturismo Amazónico y Andino del Perú S.A.C y se le otorgó en concesión para fi nes de ecoturismo bajo la modalidad de concesión directa, una superfi cie de 245.34 hectáreas ubicadas en el distrito y provincia de Chanchamayo, departamento de Junín, por el período de cuarenta años, disponiéndose la suscripción del contrato de concesión respectivo; Que, el artículo 20º de la Ley Nº 26821, Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, dispone que todo aprovechamiento de recursos naturales por parte de particulares da lugar a una retribución económica que se determina por criterios económicos, sociales y ambientales; Que, el artículo 19º de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre y sus modifi catorias, prescribe que todo aprovechamiento de productos forestales y de fauna silvestre está sujeto al pago de derechos a favor del Estado que no constituye impuesto; Que, asimismo el numeral 70.5 del artículo 70º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre,