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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2010 (01/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de mayo de 2010 418249 Aprueban criterios para la adecuada conducción de los procedimientos administrativos sancionadores tendientes a imponer sanción por realizar un transporte de productos forestales sin los documentos oficiales que lo amparen RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0302-2010-AG Lima, 30 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 997, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, la misma que determinó su competencia, atribuciones, estructura y funciones, entre las cuales se encuentra, la de dictar políticas nacionales para el aprovechamiento y desarrollo sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, mediante Ley Nº 29376, se precisa que las funciones otorgadas por la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, al que fuera el Instituto Nacional de Recursos Naturales –INRENA, son ejercidas por el Ministerio de Agricultura o los gobiernos regionales dentro del marco de sus competencias; Que, con el Decreto Supremo Nº 011-2007-AG se aprobó la transferencia a favor de los Gobiernos Regionales de las facultades que corresponden a las funciones específicas de los literales “e” y “q” del artículo 51º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, entre las que se encuentra la de imponer sanciones administrativas. Función Específi ca q) del artículo 51° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales: Otorgar permisos, autorizaciones y concesiones forestales, en áreas al interior de la región, así como ejercer labores de promoción y fi scalización en estricto cumplimiento de la política forestal nacional. FACULTADES Recibidas por el Gobierno Regional Retenidas por el Ministerio de Agricultura Otorgar licencias de caza comercial o deportiva, en el ámbito de su jurisdicción, de acuerdo a las normas nacionales. Realizar el seguimiento y evaluación sobre la aplicación de las políticas, lineamientos y normatividad para la conservación y el aprovechamiento sostenible de la fauna silvestre. Otorgar y supervisar las autorizaciones para la caza comercial/deportiva de ejemplares de fauna silvestre de acuerdo al calendario nacional de caza comercial/ deportiva aprobado por la autoridad nacional. Promover y aprobar los proyectos de zoocriadero, zoológico, centro de custodia temporal y de rescate y autorizar su funcionamiento, de acuerdo a la normatividad nacional vigente. Autorizar y realizar la fi scalización sobre la emisión y suscripción de guías de transporte fauna silvestre, en el ámbito de su jurisdicción, de acuerdo a la normatividad nacional establecida. Transferir y fi scalizar los productos de fauna silvestre decomisados, a centros de educación, investigación o difusión cultural, programas sociales, gobiernos locales y aquellas que brinden apoyo, en el ámbito de su jurisdicción, de acuerdo a la normatividad nacional vigente. Autorizar la caza sanitaria y disponer de su despojos para su incineración o para su uso por una institución científi ca, de acuerdo a la normatividad nacional vigente. Imponer sanciones a quienes infrinjan la legislación sobre la fauna silvestre y realizar el seguimiento hasta su efectivización. Proponer la lista de especies de fl ora y fauna silvestre amenazadas en el ámbito de su jurisdicción a ser incluidas en la lista nacional de categorización. Proponer y aprobar la actualización de la lista nacional de especies amenazadas de fl ora y fauna silvestre de acuerdo los lineamientos generales establecidos. Proponer la lista de los ecosistemas frágiles en el ámbito de su jurisdicción. Proponer y aprobar los lineamientos generales para la elaboración de la lista de ecosistemas frágiles. Proponer y coordinar con la autoridad nacional la realización de las evaluaciones poblacionales de fl ora y fauna silvestres en el ámbito de su jurisdicción, de acuerdo a los lineamientos establecidos por autoridad nacional. Promover, aprobar y apoyar la realización de evaluaciones o relevamientos sobre la situación de las especies de fl ora y fauna silvestres y sus hábitats. Apoyar y participar en la implementación del Plan de Supervisión a las concesiones forestales con fi nes maderables. Elaborar, aprobar y ejecutar el Plan de Supervisión de los contratos de concesión forestal con fi nes maderables y de los planes de manejo forestal correspondientes. Proveer de documentación e información a la autoridad encargada de la supervisión de las concesiones forestales con fi nes maderables que asegure el cumplimiento de sus funciones. Apoyar y participar en las supervisiones extraordinarias y acciones de control a los contratos de concesión forestal con fi nes maderables. Ejecutar supervisiones extraordinarias y acciones de control de los contratos de concesión forestal con fi nes maderable y sus respectivos planes de manejo. Verifi car la delimitación y linderamiento de las Concesiones Forestales Maderables, aprobadas por la autoridad nacional encargada de la supervisión de las concesiones forestales con fi nes maderables. Proponer y aprobar las características de la delimitación y linderamiento de las concesiones forestales. Brindar las facilidades a las personas jurídicas acreditadas por la autoridad nacional encargada de la supervisión de las concesiones forestales con fi nes maderables, para realizar la supervisión de los planes de manejo de concesiones forestales maderables. Mantener actualizada y conducir el registro de personas jurídicas para realizar la supervisión de los planes de manejo en concesiones forestales maderables. Mantener actualizado la base de datos sobre los titulares de los contratos de concesiones forestales y brindar la información a la autoridad nacional encargada de la supervisión de las concesiones forestales con fi nes maderables. Mantener el sistema de información de los titulares de los contratos de concesión forestal con fi nes maderables. Remitir información a la autoridad nacional encargada de la supervisión de las concesiones forestales con fi nes maderables referida al cumplimiento del contrato del Concesión Forestal Maderable por el lado del concedente. Supervisar las obligaciones contractuales asumidas por el Concedente. Proponer normatividad relativa a las obligaciones del concesionario y supervisar el cumplimiento en lo que competería. Elaborar normas y procedimientos complementarios que permitan regular las obligaciones del concesionario, así como para sancionar su incumplimiento. Presentar a la autoridad nacional encargado de la supervisión de las Concesiones Forestales con fines Maderables las denuncias generadas como producto de las actividades de administración y control. Conducir los procedimientos administrativos únicos cuando se advierta indicios de infracción a la legislación forestal y/o incumplimiento del contrato o los planes de manejo forestal de parte de los concesionarios forestales con fi nes maderables. Realizar el Plan de Cierre de los contratos de concesión forestal con fi nes maderables cuando las Resoluciones de la autoridad nacional encargada de la supervisión de las Concesiones Forestales con fi nes Maderables queden fi rmes y consentidas. Ejecutar las garantías de los contratos de concesión forestal con fi nes maderables. 488564-5