Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2010 (01/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de MORDAZA de 2010

Que, de acuerdo a los articulos 363° (literal r) y 369° (literal d) del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0142001-AG, el transporte de productos forestales sin los documentos oficiales que lo amparen es sancionado con multa y decomiso de dichos productos. Que, como se advierte en el Informe N° 040-20102010-AG-DGFFS-DPFFS, existe la posibilidad que las autoridades forestales competentes para imponer sanciones administrativas asuman criterios que difieran del real objetivo de la legislacion forestal vigente, por lo que se propone la emision de una MORDAZA que apruebe criterios para su adecuada implementacion. Que, mediante el articulo 57º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, se establece, que la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, es el organo tecnico encargado de proponer politicas, estrategias, normas, programas y proyectos nacionales relacionados al aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna MORDAZA, los recursos geneticos asociados en el ambito de su competencia, en concordancia con la politica nacional; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, el Decreto Supremo Nº 0312008-AG que aprueba el Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Agricultura y la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1º- Aprobar los criterios para la adecuada conduccion de los procedimientos administrativos sancionadores tendientes a imponer sancion por realizar un transporte de productos forestales sin los documentos oficiales que lo amparen, los mismos que en Anexo forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Publicar en el MORDAZA electronico institucional del Ministerio de Agricultura www.minag.gob. pe, el Anexo a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura

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Declaran concluido MORDAZA de transferencia de funcion especifica a los Gobiernos Regionales de MORDAZA, Huancavelica, Ica, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, San MORDAZA, Tumbes y Ucayali
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0304-2010-AG
MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 81º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales, el MORDAZA de transferencia de competencias, funciones, atribuciones, asi como de los recursos y presupuesto asignado al Gobierno Regional, es gradual y se realiza por etapas, conforme a lo establecido en la Ley de Bases de la Descentralizacion, la referida Ley Organica y las disposiciones que sobre el particular dicte el Poder Ejecutivo; Que por Decreto Supremo Nº 088-2008-PCM, se preciso que corresponde al Ministerio de Agricultura, conjuntamente con el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a traves del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, la transferencia a los Gobiernos Regionales de la funcion especifica prevista en el literal n) del articulo 51º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales asi como de la identificacion y cuantificacion de los recursos asociados con esa funcion y prorrogo hasta el 30 de junio del 2009

el plazo de culminacion de la transferencia establecido en el Decreto Supremo Nº 074-2007-PCM, plazo que tambien se amplio hasta el 31 de diciembre del 2009 mediante Decreto Supremo Nº 064-2009-PCM; Que, mediante Resoluciones Nos. 017-2009-PCM/SD, 028-2009-PCM/SD, 031-2009-PCM/SD y 038-2009-PCM/ SD, la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, certifico que los Gobiernos Regionales de los departamentos de MORDAZA, Huancavelica, Ica, La MORDAZA, Pasco, Ucayali; MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Tumbes, MORDAZA y San MORDAZA, cumplieron con los requisitos especificos minimos para la transferencia de funcion especifica del literal "n" del articulo 51º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales; y en tal razon se le acredito para la transferencia de la mencionada funcion; Que, de las actas de entrega y recepcion suscritos por los Ministros de Agricultura y de Vivienda, Construccion y Saneamiento y por el Presidente del Gobierno Regional respectivo, asi como los informes finales suscritos por los Presidentes de las Comisiones de Transferencia Sectorial de los referidos Ministerios y del respectivo Gobierno Regional, consta que se ha efectivizado la transferencia de la funcion del literal n) del articulo 51º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales a los Gobiernos Regionales de MORDAZA, Huancavelica, Ica, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, San MORDAZA, Tumbes y Ucayali; Que, por tanto, en virtud de lo establecido en el literal e) del numeral 5.1 de la Directiva Nº 003-2008-PCM/ SD "Directiva para la culminacion e implementacion de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales", aprobado por Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 044-2008-PCM/SD, debe dictarse la respectiva resolucion ministerial, dando a conocer a las entidades del sector publico y privado y a los ciudadanos en general, de la culminacion del MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales a los Gobiernos Regionales, debiendo tenerse en cuenta que los procedimientos administrativos a cargo de las Direcciones Regionales Agrarias derivados de la funcion materia de transferencia, es la senalada en la Resolucion Ministerial Nº 0811-2009-AG, en los que debe incluirse tambien el procedimiento de evaluacion de los contratos de otorgamiento de tierras eriazas con fines de irrigacion u otros usos agrarios otorgados en aplicacion de la legislacion anterior a la Ley Nº 26505; Que, de conformidad con la primera disposicion final del Reglamento de la Ley Nº 28273, aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM y Decreto Supremo Nº 0792007-PCM, corresponde a los Gobiernos Regionales incluir en sus correspondientes Textos Unicos de Procedimientos Administrativos los procedimientos directamente relacionados con las funciones sectoriales que les compete ejecutar en el MORDAZA de la efectivizacion de la transferencia, determinados por el Sector respectivo; De conformidad con la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobada por Decreto Legislativo Nº 997; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar concluido el MORDAZA de transferencia de la funcion especifica considerada en el literal n) del articulo 51º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, a los Gobiernos Regionales de los departamentos de MORDAZA, Huancavelica, Ica, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, San MORDAZA, Tumbes y Ucayali, que comprende la relacion de procedimientos administrativos a que se refiere la Resolucion Ministerial Nº 0811-2009-AG, incluyendose en MORDAZA el procedimiento de evaluacion de los contratos de otorgamiento de tierras eriazas con fines de irrigacion u otros usos agrarios otorgados en aplicacion de la legislacion anterior a la Ley Nº 26505. Articulo 2°.- Los Gobiernos Regionales de los departamentos de MORDAZA, Huancavelica, Ica, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, San MORDAZA, Tumbes y Ucayali; deberan adecuar sus instrumentos institucionales y de gestion, de conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposicion Final del Reglamento de la Ley Nº 28273, aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM y Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura

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